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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (01/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

Pág. 171573 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de abril de 1999 Artículo 7º.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General de la Universidad Nacional de Educación "Enrique Guzmán y Valle", la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. MOISES QUITO VIDAL Presidente JOSE REATEGUI DIAZ Secretario General 4305 ADUANAS Autorizan viaje de profesionales de ADUANAS en el marco de l convenio de cooperación y asistencia mutua con la Dirección Nacional de Aduanas del Uruguay RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000290 Callao, 24 de marzo de 1999 Visto el Informe Nº 002-99-ADUANAS/OSE, de la Oficina de Sistemas y Estadística; CONSIDERANDO: Que, en el marco del Convenio Multilateral sobre Coopera- ción y Asistencia Mutua entre las Administraciones de Aduanas de América Latina, España y Portugal, el que tiene como finali- dad el acercamiento entre las Administraciones Aduaneras de los países que lo integran, en aras a establecer lazos de cooperación que faciliten la misión asignada a las mismas; con fecha 23 de enero de 1998, se suscribió el Convenio de Cooperación Aduanera entre la Dirección Nacional de Aduanas de la República Oriental del Uruguay y la Superintendencia Nacional de Aduanas de la República del Perú (ADUANAS); Que, entre los objetivos del precitado convenio, está el de facilitar la adecuación del soporte lógico (software) que conforma el Sistema Integrado de Gestión Aduanera (SIGAD), creado y desarrollado por ADUANAS, a las características y necesidades de la Dirección Nacional de Aduanas del Uruguay, previo estudio y adecuación de sus procedimientos aduaneros, para lo cual, ADUANAS prestará la asistencia técnica y asesoramiento necesa- rios, requeridos por su similar de Uruguay; Que, en ejecución de dicho convenio, con Resolución de Superintendencia Nº 000480, de fecha 20 de abril de 1998, se designó a los integrantes de la misión técnica que diera inicio a las actividades previstas en el cronograma establecido, las mismas que estuvieron relacionadas con el subsistema de importación del SIGAD, las que a la fecha han sido completadas; Que, es necesario continuar con la ejecución de las actividades programadas para los meses de febrero a mayo de 1999, las que se comprenden al subsistema de exportación del SIGAD, por lo que se requiere designar a los señores ingenieros, ALBINO NICOLAS RAMIREZ RODRIGUEZ, Profesional Especialista II, y EMILIA- NO ELIAS MARROQUIN BELLIDO, Profesional Especialista I, para proseguir con las labores que se vienen desarrollando, dentro del marco del mencionado Convenio de Cooperación; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de los citados servidores en Comisión de Servicios, del 3 de febrero al 16 de abril y del 12 de abril al 26 de mayo del año en curso, respectivamente, cuyos gastos serán cubiertos por la Dirección Nacional de Aduanas de la República Oriental del Uruguay; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ámbito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 26020 y Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 000021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueba la Ley Orgánica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, el viaje en comisión de servicio a la Dirección Nacional de Aduanas de la República Oriental del Uruguay, de los señores ingenieros, ALBI- NO NICOLAS RAMIREZ RODRIGUEZ, Profesional Especialista II y EMILIANO ELIAS MARROQUIN BELLIDO, Profesional Especialista I, ambos de la Oficina de Sistemas y Estadística de la Superintendencia Nacional de Aduanas, del 3 de febrero al 16 de abril y del 12 de abril al 26 de mayo del año en curso, respectivamente, a la República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, correrán a cargo de la Dirección Nacional de Aduanas de la República Oriental del Uruguay. Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los servidores cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN HIGAONNA DE GUERRA Superintendenta Nacional de Aduanas 4303 I N E I Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de marzo de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 116-99-INEI Lima, 31 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 10º del Decreto Legisla- tivo Nº 502, el Instituto Nacional de Estadística e Informática publicará en el Diario Oficial El Peruano, con carácter de norma legal, el primer día útil del mes siguiente al que corresponda, la variación mensual que haya experimentado el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana; Que, asimismo, la Primera Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 510, expresa que el INEI, deberá publicar men- sualmente con carácter de norma legal, la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor, con respecto al índice del mes de diciembre del año anterior; Que, por consiguiente, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, correspondiente al mes de marzo de 1999 y la Variación Acumulada del Indice de Precios al Consumidor con respecto al mes de diciembre de 1998 y aprobar la publicación del Boletín Mensual que contiene la información oficial de precios al consumidor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación de la Variación Porcen- tual Mensual y Acumulada del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, (Base: Año 1994 = 100,0) correspondien- te al mes de marzo de 1999: AÑO 1999 NUMERO VARIACION PORCENTUAL MES INDICE MENSUAL ACUMULADA ENERO 146,27 0,01 0,01 FEBRERO 146,73 0,31 0,33 MARZO 147,63 0,61 0,94 Artículo 2.- Aprobar la publicación del Boletín Mensual del Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana, corres- pondiente al mes de marzo de 1999, documento que contiene la Información Oficial de Precios al Consumidor. Regístrese y comuníquese. FELIX MURILLO ALFARO Jefe 4341 Indice de Precios Promedio Mensual al por Mayor a Nivel Nacional correspon- diente al mes de marzo de 1999 RESOLUCION JEFATURAL Nº 117-99-INEI Lima, 31 de marzo de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Normas de Ajuste por Inflación del Balance General con Incidencia Tributa- ria, usando para tal caso de corrección, el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática