Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 1999 (20/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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no se encuentra presente; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Trigesimo Novena Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 054-95-MP-FN de fecha 20 de enero de 1995 y su destaque materia de la Resolucion de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico Nº 222-97-MP-FN-CEMP de fecha 10 de marzo de 1997. Articulo Segundo.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional Antidrogas en la Division de Operaciones Tacticas Antidrogas - MORDAZA MORDAZA DINANDRO PNP. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente de la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema Especializada en Delito de Trafico de Drogas, al senor Ministro del Interior, Director Nacional Antidrogas de la Policia Nacional del Peru (DINANDRO), Fiscal Supremo Provisional de la MORDAZA Fiscalia Suprema en lo Penal Especializada en Delito de Trafico Ilicito de Drogas, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno y Fiscal Superior encargado de la Gestion de Gobierno delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 5162

base de referencia tanto para las Declaraciones de Aduanas como para las Declaraciones Simplificadas de dolares americanos a su equivalencia en UIT; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 26020, Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 00002197; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Monto de la Tasa por Servicio de Despacho Aduanero aplicable en las Declaraciones de Aduanas - Liquidacion de Adeudo, sera equivalente a un porcentaje de la UIT, de acuerdo a los montos siguientes:
a) Para las Declaraciones de Importacion, Exportacion y demas Regimenes Aduaneros b) Para las Declaraciones Simplificadas 0.6668 % de la UIT 0.3334 % de la UIT

La tasa por Servicio de Despacho Aduanero sera consignada por el declarante en el formato C de la Declaracion Unica de Importacion - DUI, para los Regimenes de Importacion Definitiva, Importacion Temporal, Admision Temporal, Deposito, MORDAZA, Reembarque, Ingreso a MORDAZA MORDAZA, y se cancelara en moneda nacional; para los demas regimenes y operaciones aduaneras se continuara cobrando de acuerdo al procedimiento usual. Dicha tasa se aplicara por Declaracion presentada, sin tener en cuenta el numero de ejemplares que lo conforman. Articulo 2º.- La Oficina de Sistemas y Estadistica, realizara los cambios necesarios en los modulos del SIGAD a fin de implementar lo establecido en el articulo anterior. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000070-96 y demas dispositivos que se opongan a la presente resolucion. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del 1 de MORDAZA de 1999. Registrese y comuniquese. MORDAZA HIGAONNA DE MORDAZA Superintendente Nacional de Aduanas 5142

ADUANAS
Aprueban monto de Tasa por Servicio de Despacho Aduanero aplicable en las Declaraciones de Aduanas - Liquidacion de Adeudo
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000410 Callao, 15 de MORDAZA de 1999 Visto, la Hoja Informativa Nº 09-99-ADUANAS-INA-GPFDPP, de fecha 8.4.99, mediante el cual la Division de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Presupuesto y Finanzas de la Intendencia Nacional de Administracion propone el cambio de unidad de referencia para el calculo de la Tasa por Servicio de Despacho Aduanero. CONSIDERANDO: Que, en el Articulo 31º del Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, del 28.Dic.92 "Reglamento de las Disposiciones sobre Seguridad Juridica en Materia Administrativa", se estipula que el monto de los derechos no podra exceder del costo real del servicio, y que en ningun caso podra ser mayor a una Unidad Impositiva Tributaria, vigente al 1 de enero del mismo ejercicio gravable; Que, por Resolucion de Superintendencia Nº 1606-93, del 3.Dic.93, se aprobo el Cuadro de Derechos de los Servicios y Documentos de Aduanas, el mismo que incluye entre otros el Servicio de Despacho Aduanero cuyo monto de derecho esta expresado en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras a cargo de los usuarios, por Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000070, del 15.Feb.96, se incluyo el cobro del servicio de despacho aduanero en las Declaraciones de Aduanas - Liquidacion de Adeudo y se modifico el monto de dicha tasa a US$ 5.54 para las Declaraciones de Aduanas y US$ 2.77 para las Declaraciones Simplificadas; Que, es necesario uniformizar el cobro por los servicios de Despacho que presta ADUANAS, modificando para el efecto la

INEI
Aprueban lineamientos para la evaluacion de planes operativos institucionales, departamentales y municipales del Sistema Nacional de Informatica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 141-99-INEI MORDAZA, 19 de MORDAZA de 1999 Visto el Proyecto de Directiva "Lineamientos para la Evaluacion de Planes Operativos Institucionales, Departamentales y Municipales del Sistema Nacional de Informatica", propuesto por la Oficina Tecnica de Presupuesto y Planeamiento del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, en calidad de ente Rector de los Sistemas Nacionales de Estadistica e Informatica, formula y evalua la Politica y el Plan Nacional de Informatica. Asimismo, emite la normatividad para la formulacion y evaluacion de los Planes Informaticos Institucionales Departamentales y Municipales, conforme a la normatividad tecnica y legal vigente; Que la evaluacion de los Planes Informaticos, constituyen documentos de medicion del cumplimiento de las actividades programadas y ejecutadas por los Organos integrantes del Sistema Nacional de Informatica, por lo que es conveniente emitir las normas tecnicas que posibiliten su evaluacion; Que la propuesta normativa fue expuesta en el MORDAZA de las reuniones del Comite de Coordinacion Interinstitucional de Informatica, atendiendo a las recomendaciones y sugerencias alcanzadas por sus representantes; Con la opinion favorable de la Subjefatura de Informatica y la visacion de la Oficina Tecnica de Presupuesto y Planeamiento en calidad de Secretaria Tecnica del citado Comite, y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; y,

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