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Pág. 172330 NORMAS LEGALES Lima, martes 20 de abril de 1999 3. El contenido de los citados campos así como los procedi- mientos para su conformación se describen a continuación: 3.1 Banco/plaza Este código se utilizará para individualizar las instituciones autorizadas y sus respectivas plazas. Cada institución autorizada dispondrá de tantos códigos identificatorios diferentes como plazas tenga registradas para operar por el Convenio (bancos/plaza). 3.2 Tipo de instrumento Este campo estará compuesto por un solo dígito, que identi- ficará cada uno de los instrumentos, conforme a la siguiente asignación numérica: Instrumento Número Identificador -Carta de Crédito (CC) 1 -Crédito Documentario (CD) 1 -Letras correspondientes a operaciones comerciales avaladas por instituciones autorizadas (LA) 2 -Pagarés derivados de operaciones comerciales, emitidos o avalados por instituciones autorizadas (PA) 3 - Orden de Pago (OP) 4 - Orden de Pago Divisible (OD) 5 - Giro Nominativo (GN) 6 Las actuales referencias de comisiones y gastos (CG) y de intereses devengados por cartas de crédito (CCI), créditos documen- tarios (CDI), letras correspondientes a operaciones comerciales avaladas por instituciones autorizadas (LAI), y los pagarés deriva- dos de operaciones comerciales, emitidos o avalados por institucio- nes autorizadas (PAI), se presentarán con el mismo número identi- ficador del instrumento que las originó, incluyendo, en todos los casos, el código literal de las mencionadas referencias. 3.3 Año de emisión Este campo consta de un solo dígito y se refiere al año en que se genera el Código de Reembolso. Se utilizará el último dígito del número del año que corresponda (por ejemplo, para 1999, se utilizará el 9). 3.4 Número de secuencia Este campo consta de seis (6) dígitos. Su generación corre por cuenta de la institución autorizada (banco/plaza) en el momento de emitir un instrumento. 3.5 Dígito de chequeo Este campo consta de un solo dígito que será generado por el método del Módulo 10, del modo siguiente: se calculará sobre los primeros doce dígitos del Código de Reembolso y ocupará la posición 13. Los cuatro dígitos de secuencia eventual, que se indican en el campo que sigue a éste, no forman parte del cálculo para el dígito de chequeo. Cálculo del dígito de chequeo - Multiplique por los factores 1,2,1,2,1,2,1,2,1,2,1,2, respec- tivamente, cada posición del número del Código de Reembolso, empezando desde el primer dígito del extremo izquierdo. - Sume los dígitos de los productos. - Reste la suma del siguiente número más alto que termine en cero. Cuando la suma termine en cero, el dígito de chequeo será cero. La diferencia es el dígito de chequeo. Ejemplo Banco/plaza 1206 Tipo de instrumento 1 Año de emisión (1998) 8 Número de secuencia 013457 Cálculo Número básico 120618013457 Factores 121212121212 Multiplicación 1,4,0,12,1,16,0,2,3,8,5,14 Acumulación de dígitos 1,4,0,3,1,7,0,2,3,8,5,5 Suma 1+4+0+3+1+7+0+2+3+8+5+5 = 39 Siguiente número más alto terminado en cero 40 Resta 40 – 39 = 1 DIGITO DE CHEQUEO 1 3.6 Secuencia eventual de reembolso Este campo constará de cuatro (4) dígitos y será utilizado para pagos parciales vinculados, identificados por el mismo Código de Reembolso. La responsabilidad de asignación de estasecuencia corresponderá a la institución autorizada emisora, cuando el instrumento prevea el pago fraccionado del monto en él indicado o, en su caso, a la institución autorizada reembolsan- te, cuando a través de ella se realice el fraccionamiento del pago de una operación. Si un instrumento se paga en fracciones a través de diversas instituciones autorizadas, aquellas que ya hayan efectuado pagos sobre el mismo, comunicarán a las que asuman los siguientes reembolsos, los números de secuencia eventual de reembolso ya utilizados. 4. No se podrá repetir los números de un Código de Reembol- so. 5. La responsabilidad de verificar la validez del Código de Reembolso quedará a cargo de las instituciones autorizadas receptoras. 6. Los instrumentos que no estipulen este Código o que lo contengan con error, no deberán ser aceptados por las institucio- nes autorizadas receptoras. Si éstas les dieran curso, los bancos centrales no reembolsarán dichas operaciones. ANEXO 2 ESPECIFICACIONES PARA LA PRESENTACION DEL CALENDARIO DE OBLIGACIONES PENDIENTES DE SER DEBITADAS POR EL CONVENIO 1. Aspectos generales Las entidades del sistema financiero autorizadas a cursar operaciones por el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), segui- rán informando al Departamento ALADI de este Banco Cen- tral, su Calendario de Obligaciones Pendientes de ser debitadas por el convenio en mención. Dicha información deberá ser actualizada todos los días martes de cada semana, incluyendo las nuevas obligaciones que se emitan y descontando aquellas que se cancelen. Para el efecto deberán observar lo siguiente: 1.1 El Calendario de Obligaciones Pendientes será presentado en disquetes conteniendo información de acuerdo con las especificaciones que a continuación se indican, acompa- ñado de su respectivo listado. 1.2 La devolución de los disquetes se hará al día siguiente hábil de su entrega a partir de las 15.00 horas, previa presenta- ción del cargo respectivo. 2. Aspectos técnicos 2.1 La etiqueta externa del disquete indicará: - Nombre del banco - Fecha del reporte 2.2 El disquete magnético será de 3,5 pulgadas de doble densidad y doble lado. 2.3 Formato del archivo: TEXTO (ASCII) 2.4 Longitud de registro: 47 caracteres 2.5 Nombre o etiqueta del archivo: ALADI.BB - ALADI =Constante - BB =Código del banco local (dos dígitos) 3. Diseño del registro CAMPOS CARACTERES DEL AL - Código del tipo de operación 1 1 (1)numérico - Fecha de emisión (AAAAMMDD) 2 9 (8) numérico - Fecha de pago (AAAAMMDD) 10 17 (8) numérico - Código de reembolso SICAP/ALADI 18 34 (17) numérico - Monto en US$ 35 45 (11) numérico (*) - Código del país receptor 46 47 (2) numérico (*) 9 enteros y 2 decimales. 4. Descripción de los campos 4.1 Código del tipo de operación (1) = Importaciones pendientes de negociación. (2) = Importaciones con fecha de pago (aceptaciones u otros). (3) = No se utiliza (4) = No se utiliza (5) = Otras operaciones que no están comprendidas en las anteriores.