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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (24/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 172474 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de abril de 1999 ACUERDO Primero.- Aprobar la remuneración del señor Alcalde, que asciende a la suma de S/. 2,000.00 (Dos mil nuevos soles). Así como la dieta de los señores Regidores en S/. 300.00 (Trescientos nuevos soles) de dieta por sesión, hasta un máximo de cuatro (4) sesiones al mes. Segundo.- El egreso que origine el presente gasto se afecta- rá a la partida correspondiente del presupuesto aprobado para 1999. Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano en aplicación de la normatividad vigente. Cuarto.- Encargar al Director Municipal y Director de Administración su fiel cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PIO SALAZAR VILLARAN Alcalde 5332 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI Aprueban ubicación de paraderos oficiales de las empresas de transpor- te que tienen acceso a la ciudad de Matucana ORDENANZA Nº 003-99/CM-MPH-M Matucana, 8 de febrero de 1999 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUAROCHIRI POR CUANTO: En sesión extraordinaria de fecha 8 de febrero del año en curso, se debatió la propuesta de la Dirección de Transporte sobre Paraderos Oficiales en la provincia de Huarochirí; CONSIDERANDO: Que, por Ordenanza Nº 003-98/CM-MPH-M de 31 de marzo de 1998, se ha establecido de acuerdo a las disposiciones con- templadas en el D.S. Nº 012-95/MTC, los paraderos de las Empresas de Transporte de Servicio Público que ingresan a la ciudad de Matucana; Que, es conveniente elaborar un estudio integral correspon- diente a la ubicación de nuevos paraderos de transporte, seña- lización horizontal y vertical, asimismo el embellecimiento de la ciudad de Matucana; De conformidad con el Inc. 4) del Art. 192º de la Constitu- ción Política del Estado; Art. 10º Inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Art. 1º Inc. d) y Segunda Disposi- ción Complementaria del D.S. Nº 012-95-MTC, Reglamento Nacional del Servicio Público de Transporte Urbano e Inter- urbano de Pasajeros y otras normas legales vigentes afines. Con el voto UNANIME de los regidores y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, el Concejo Municipal APRO- BO la siguiente: ORDENANZA PARADEROS OFICIALES DE LAS EMPRESAS DE TRANSPORTE QUE TIENEN ACCESO A LA CIUDAD DE MATUCANA Artículo Primero.- APROBAR la ubicación de Paraderos Oficiales de Transporte, de la ciudad de Matucana, provincia de Huarochirí, que forma parte anexa de esta norma. Artículo Segundo.- DECLARAR zona restringida las vías principales de acceso a las plazas "Independencia" y "Miguel Grau" al estacionamiento de Transporte Público. Artículo Tercero.- DISPONER la aplicación de la presen- te ordenanza a todas las empresas de transporte en general en la ciudad de Matucana, provincia de Huarochirí.Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Transportes de la Municipalidad Provincial de Huarochirí la señalización respectiva así como la ejecución y el fiel cumplimiento de la presente ordenanza, en coordinación con la Policía Nacional del Perú. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VICTOR PALOMINO CHINCHAY Alcalde Provincial 5334 Establecen fecha de vencimiento de tarjetas de circulación emitidas a favor de unidades vehiculares de empresas de transporte DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-99/ALC-MPH-M Matucana, 31 de marzo de 1999 VISTOS: La Resolución Directoral Nº 002-99/DT-MPH-M del 10 de marzo de 1999, y el Informe Técnico Nº 080/99-AT/DT-MPH-M, de fecha 27 de marzo de 1999 de la Dirección de Transporte, por el cual se determina la vigencia y se confirma la existencia de Tarjetas de Circulación falsas que habilitan a los vehículos de las Empresas de Transporte Público con resolución emitidas por la Municipalidad Provincial de Huarochirí, en las rutas asigna- das; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial de Huarochirí ha otorgado concesiones y autorizaciones a diversas empresas de transporte en rutas urbanas e interurbanas, por lo que se habilitó a sus unidades vehiculares para prestar el Servicio de Transporte Público de pasajeros en las rutas autorizadas, de acuerdo al Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 012-95-MTC, que aprobó el Reglamento Nacional del Servicio Público de Transporte Urba- no e Interurbano de Pasajeros; Que, la Dirección de Transporte, luego de haber efectuado las evaluaciones correspondientes dentro del proceso dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 002/99-CM-MPH-M, del 7 de enero de 1999, ha determinado la vigencia de las Tarjetas de Circula- ción según Resolución Directoral Nº 002-99/DMTUI-MPH-M, por la necesidad de tomar medidas preventivas referente al mencionado documento emitidas hasta el 31 de diciembre de 1998; De conformidad a la Resolución Directoral Nº 002-99/DM- TUI-MPH-M; el Informe Técnico Nº 080-99/AT/DT-MPH-M; la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; el Decreto Legisla- tivo Nº 651, ratificado por el Decreto Ley Nº 25457; las faculta- des conferidas en el Decreto Supremo Nº 012-95-MTC; y la Constitución Política del Estado; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL VENCIMIENTO DE VIGENCIA DE TODAS LAS TARJETAS DE CIRCULACION A PARTIR DEL 28 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO, emitidas por la Municipalidad Provincial de Huarochirí a favor de las unidades de la flota vehicular de las empresas de transporte autorizadas hasta el 31 de diciembre de 1998. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Segundo, último párrafo de la Resolución Directoral Nº 002-99/DMTUI- MPH-M, ampliando la fecha de vencimiento de las Tarjetas de Circulación, a lo establecido en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DISPONER que la autorización para el servicio público que brindan las unidades vehiculares de las empresas concesionarias, serán autorizadas y habilitadas ex- clusivamente por las nuevas Tarjetas de Circulación, tal como dispone el Reglamento Nacional de Servicio Público de Trans- porte Urbano e Interurbano de Pasajeros. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Dirección de Trans- porte la ejecución, supervisión y el fiel cumplimiento del presen- te decreto, en coordinación con la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR PALOMINO CHINCHAY Alcalde Provincial 5336