Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 1999 (24/04/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Anexo Nº 1 EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 1999

A. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA POTABLE CUENTA CON MEDIDOR 1. Determinacion del Consumo Medido

Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Moyobamba A.- Tarifas por el servicio de agua potable
Categorias Domestico A Domestico B Comercial A Comercial B Industrial Consumo Asignacion 1er. Rango 2do. Rango Tarifa Tarifa Minimo de Consumo de Consumo de Consumo 1er. Rango 2do. Rango m3/mes m3/mes m3/mes m3/mes S/. / m3 S/. / m3 16 20 0 ­ 20 21 a mas 32 40 0 ­ 40 41 a mas 24 30 48 60 80 100 0 ­ 100 101 a mas 0,81 1.62

El Consumo Medido se obtendra considerando las siguientes opciones: a) Por Diferencia de Lecturas, a los usuarios cuya conexion cuenta con medidor operativo. b) Por Promedio de Consumos de por lo menos seis diferencias de lecturas validas anteriores, en el caso de aquellas conexiones que cuentan con medidor, pero este no MORDAZA podido ser leido por causas no imputables a la EPS, o no se encuentre operativo 2. Determinacion del Volumen a Facturar El VAF se determinara con base en la comparacion del Consumo Medido con el Consumo Minimo, de la forma siguiente: a) Cuando el Consumo Medido es menor o igual al Consumo Minimo: Se utilizara el Volumen de Consumo Minimo autorizado de la Categoria correspondiente, independientemente de la diferencia de lecturas del medidor. b) Cuando el Consumo Medido es mayor al Consumo Minimo: Se utilizara el correspondiente Consumo Medido. Debera tenerse presente que el concepto de Consumo Minimo solo sera valido para aquellas conexiones que cuentan con medidor. B. USUARIOS CUYA CONEXION DE AGUA POTABLE NO CUENTA CON MEDIDOR En este caso, se aplicaran las Asignaciones de Consumo, de la Categoria correspondiente, estableciendolas como los respectivos Volumenes a Facturar. II. Determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable Determinado el VAF por el Servicio de Agua Potable, se aplicara a este las tarifas que corresponden a cada Categoria de Usuarios, utilizando el siguiente procedimiento: 1. Cuando el VAF esta dentro del Primer Rango de Consumo de la Categoria de Usuarios correspondiente. Se multiplicara el VAF por la tarifa (por metro cubico) del Primer Rango de Consumo de la Categoria correspondiente. 2. Cuando el VAF esta dentro del MORDAZA Rango de Consumo de la Categoria correspondiente Se multiplicara el volumen correspondiente al limite superior al Primer Rango de Consumo por la tarifa (por metro cubico) que corresponde a dicho rango. A esto se le sumara el resultado de multiplicar la diferencia de volumen, que completa el consumo total, por la tarifa (por metro cubico) que corresponde al MORDAZA Rango. III. Determinacion del Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado A. USUARIOS A QUIENES SE PRESTA EL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO EN FORMA SIMULTANEA En este caso, el Importe a Facturar por el Servicio de Alcantarillado sera equivalente al 30% del importe correspondiente al Servicio de Agua Potable, tanto para localidad de Moyobamba como para la de Soritor. B. USUARIOS A QUIENES SOLO SE PRESTA EL SERVICIO DE ALCANTARILLADO En este caso, la facturacion solo podra hacerse por el servicio de alcantarillado. Para tal efecto, la EPS debera determinar previamente el volumen de consumo de agua, a partir del cual pueda imputarse el correspondiente cargo por el servicio de alcantarillado. En el caso de los usuarios que cuentan con fuente propia para el abastecimiento de agua, la EPS instalara un medidor de consumo en la fuente de agua, para determinar los volumenes consumidos. Cuando esto no sea posible, el volumen sera determinado segun el aforo respectivo. Al volumen de consumo determinado se le aplicara el procedimiento de calculo del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable, descrito en el presente anexo. Dicho importe servira de base para aplicar el porcentaje por el servicio de alcantarillado, aprobado

B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 30% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Localidad de Soritor A.- Tarifas por el servicio de agua potable
Categorias Domestico I Domestico II Consumo Asignacion 1er. Rango 2do. Rango Tarifa Tarifa Minimo de Consumo de Consumo de Consumo 1er. Rango 2do. Rango m3/mes m3/mes m3/mes m3/mes S/. / m3 S/. / m3 16 20 0 ­ 20 21 a mas 10 13 0 ­ 13 14 a mas

B. Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 30% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Anexo Nº 2 EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumo por Categoria de Usuarios
Localidad de Moyobamba
Clasificacion Anterior Nueva Clasificacion Diametro Consumo Consumo Asignacion Codigo Categoria Conexion A.P. Minimo Codigo Categoria Minimo de Consumo Tarifa (Pulg.) (m3/mes) Tarifa (m3/mes) (m3/mes) Domestico Domestico 012 1/2 5/8 20 012 Domestico A 16 20 022 3/4 40 032 1 80 Comercial Comercial 152 1/2 5/8 30 152 Comercial A 24 30 162 3/4 60 172 1 120 162 Comercial B 48 60 192 2 300 Industrial Industrial 222 1/2 5/8 100 222 Industrial 80 100

Localidad de Soritor
Clasificacion Anterior Nueva Clasificacion
Consumo Asignacion Minimo de Consumo (m3/mes) (m3/mes) 16 10 20 13 Diametro Consumo Codigo Categoria Conexion A.P. Minimo Codigo Categoria Tarifa (Pulg.) (m3/mes) Tarifa 011 021 Domestico Domestico 1/2 5/8 Domestico 1/2 5/8 20 13 011 021 Domestico Domestico I Domestico II

Anexo Nº 3 EPS MOYOBAMBA S.R.LTDA. Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado I. Determinacion del Volumen a Facturar por el Servicio de Agua Potable El calculo del Volumen a Facturar (VAF) por el Servicio de Agua Potable, seguira los siguientes procedimientos:

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