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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 1999 (24/04/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 172460 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de abril de 1999 VISTO; el expediente que contiene la Queja Distrital núme- ro mil treintitrés guión noventiocho, interpuesta ante la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes, contra Manuel Takamura Mateo, por su actuación como Secretario del Primer Juzgado Especia- lizado en lo Civil de Piura; de conformidad con la propuesta de destitución formulada por el señor Vocal Supremo - Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del cinco de febrero de mil novecientos noventinueve, y CONSI- DERANDO; que está debidamente acreditado que el auxiliar de justicia procesado al ser rotado del Primer Juzgado Especia- lizado en lo Civil de Piura al Juzgado Mixto de Huancabamba, no hizo entrega del inventario físico de expedientes, lo cual originó que se realice una inspección en sus oficinas, encontrán- dose en tres ambientes distintos, un total de seis mil setecientos sesenticuatro expedientes, mil seiscientos ochentinueve de los cuales se encontraron en un ambiente que era desconocido por la Judicatura, los que prácticamente habían sido ocultados por el referido auxiliar, lo cual no da lugar a dudas respecto del actuar completamente irregular del referido auxiliar de justicia, que por su gravedad compromete la dignidad del cargo y lo desmerece ante el concepto público; por tal motivo, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley número veintiséis mil quinientos cuaren- tiséis, sus modificatorias y ampliatorias, en concordancia con el inciso décimo del Artículo ochentidós de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE; imponer la medida disciplina- ria de destitución a Manuel Takamura Mateo, por su actuación como Secretario del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Piura, comprensión del Distrito Judicial de Piura y Tumbes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 5397 QUEJA DISTRITAL Nº 1034-98 Lima, catorce de abril de mil novecientos noventinueve. VISTO; el expediente que contiene la Queja Distrital núme- ro mil treinticuatro guión noventiocho, referida a la visita judicial efectuada por la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, al Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de esa ciudad; de conformidad con la propuesta de destitución formulada, por el señor Vocal Supremo - Jefe de la referida Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, del cinco de febrero de mil novecientos noventinueve, contra Julio Aguilar Charres, por su actuación como Secretario de la Judicatura visitada, y CONSIDERANDO; que en la visita judicial efectuada al Quin- to Juzgado Civil de Arequipa, además de constatarse el retraso y el descuido en la tramitación de varios procesos, se ubicó en uno de los escritorios del auxiliar procesado varias carpetas conteniendo documentos referidos a procesos judiciales que se tramitaban en otras judicaturas distintas a la suya, así como copias de resoluciones y cédulas de notificación, conforme se observa de fojas veintisiete a cuatrocientos sesentinueve, lo cual acredita que el mismo se dedicaba a litigar y prestar asesora- miento legal a los justiciables, conforme a la propia declaración de éste corriente a fojas catorce, todo lo cual constituye una grave irregularidad, que atenta contra la respetabilidad de este Poder del Estado; por tal motivo, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley número veintiséis mil quinientos cuarentiséis, sus modificatorias y ampliatorias, en concordancia con el inciso décimo del Artículo ochentidós de la Ley Orgánica del Poder Judicial, RESUELVE; imponer la medida disciplinaria de des- titución a Julio Aguilar Charres, por su actuación como Secreta- rio adscrito al Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, comprensión del Distrito Judicial del mismo nombre. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 5396QUEJA DISTRITAL Nº 1066-98 Lima, catorce de abril de mil novecientos noventinueve. VISTOS: por los fundamentos de la propuesta de destitu- ción de fojas ciento treinticuatro y siguientes, su fecha dos de febrero del año en curso; y, CONSIDERANDO además: que de lo actuado en la presente queja distrital se encuentra acreditado los cargos atribuidos al auxiliar procesado, referidos a suscribir y entregar certificados de antecedentes penales a personas que lo requerían, en formatos para uso exclusivo de las salas y juzgados penales, sin tener la rúbrica del Presidente de la Corte Superior de Piura y Tumbes, recibiendo dinero a cambio de ello; atentando gravemente con esta conducta la respetabilidad del Poder Judicial, resultando de aplicación lo previsto en el Artícu- lo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; que este Organo de Gobierno y Gestión haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley número veintiséis mil quinientos cuarentiséis, sus modificatorias y am- pliatorias; RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de Destitución a Ricardo Valdivia Barasorda, Técnico Judicial, por su actuación como Jefe del Registro de Condenas de la Corte Superior de Justicia de Piura y Tumbes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 5394 QUEJA DISTRITAL Nº 1102-98 Lima, catorce de abril de mil novecientos noventinueve. VISTOS: Por los fundamentos de la propuesta de destitu- ción de Jefatura de Control de la Magistratura del Poder Judi- cial de fojas noventiséis y siguientes, su fecha veintinueve de enero del año en curso; y, CONSIDERANDO además: que de lo actuado en la presente queja distrital está acreditado que el auxiliar quejado confeccionó un oficio falsificando la firma de la doctora Victoria Niquén Peralta, magistrada del juzgado en donde prestaba servicios, mediante el cual se disponía el cobro de un certificado de depósito judicial; así como no comunicar oportunamente el extravío de un folio del Expediente de alimen- tos número trescientos cincuentiuno guión ochentinueve, que contenía el poder por acta otorgado por la parte accionante, pretendiendo ocultar tal hecho; y no justificar la inasistencia a sus labores, resultando de aplicación lo previsto en el Artículo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; que este Organo de Gobierno y Gestión haciendo uso de las facultades conferidas por la Ley número veintiséis mil quinientos cuarentiséis, sus modificatorias y ampliatorias; RESUELVE: imponer la medida disciplinaria de Destitución a don Arturo Vergara Uriarte, por su actuación como Secretario del Juzgado Mixto de Lambayeque. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SS. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO ALIPIO MONTES DE OCA BEGAZO JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 5400 QUEJA DISTRITAL Nº 62-99 Lima, catorce de abril de mil novecientos noventinueve. VISTOS: Por los fundamentos de la propuesta de destitución de Jefatura de Control de la Magistratura del Poder Judicial de fojas ciento setentitrés y siguientes, su fecha ocho de febrero del año en curso; y, CONSIDERANDO además: que del operativo realizado en contra de Luis Miguel Rojas Aquije, se encuentra acreditado el cargo que se le atribuye referido al cobro de veinte nuevos soles a un justiciable, conducta que atenta gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, resultando de aplica- ción lo previsto en el Artículo doscientos once del Texto Unico