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Pág. 172483 NORMAS LEGALES Lima, domingo 25 de abril de 1999 la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 25 al 27 de abril de 1999. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolución, por concepto de pasajes US$ 411.82, viáticos US$ 800.00 y tarifa por uso de aeropuertos en Perú y Colombia US$ 50.00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 5436 SALUD Delegan facultades para la aprobación de bases de licitaciones, concursos públicos y adjudicaciones directas con- vocadas en el marco de la Ley Nº 26850 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 198-99-SA/DM Lima, 23 de abril de 1999 CONSIDERANDO: Que el Artículo 25º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - establece que, las bases de los procesos de selección serán aprobadas por el Titular del Pliego que lo convoca o por el funcionario designado; Que es necesario agilizar la contratación para la adquisición de bienes y servicios que requiere el Ministerio de Salud, para el cumplimiento de sus metas y fines; Que es conveniente delegar la facultad de aprobación de bases de los procesos de selección que se convoquen en el Minis- terio de Salud, en el marco de la acotada ley y su reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el literal h) del Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, la Ley Nº 26850 y su reglamento; SE RESUELVE: 1º.- Delegar la facultad de aprobar las bases de las licitacio- nes, y concursos públicos que se convoquen en el marco de la Ley Nº 26850, a los siguientes funcionarios: a. En el Director General de Administración, de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central; b. En el Coordinador General de la Unidad Ejecutora 035 Administradora de Acuerdos de Gestión; y, c. En el funcionario de más alto nivel de cada una de las Unidades Ejecutoras del Pliego 011, Ministerio de Salud, no comprendidas en los literales a. y b. que anteceden. 2º.- Delegar la facultad de aprobar las bases de las adjudica- ciones directas que sean convocadas al amparo de la ley en mención, en la forma siguiente: a. En el Director General de Administración, de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central; b. En el Director de Administración de la Unidad Ejecutora 035 Administradora de Acuerdos de Gestión; y, c. En el Director de Administración o funcionario que haga sus veces, en las otras Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 5402 Sancionan con destitución a técnico en enfermería de los Servicios Bási- cos de Salud Comas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 078-99-DE-SBS-C-UP-L/N Comas, 20 de abril de 1999Visto, el Oficio Nº 003-SBS.C-CPPAD-99 de fecha 12 de abril de 1999, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinario de los Servicios Básicos de Salud Comas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 059-99-DE-SBS-C- UP-L/N de fecha 16 de marzo de 1999 se instauró proceso administrativo disciplinario a la servidora, doña Consuelo Enma FORONDA VILCA, por la comisión de grave falta disciplinaria en el desempeño de la función pública por abandono de servicio, contemplada en el Art. 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, efectuada la notificación de la Resolución Directoral acotada mediante la publicación en el Diario Oficial El Peruano y transcurrido el plazo establecido, la procesada no ha presentado su descargo correspondiente; Que, la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios de los Servicios Básicos de Salud Comas ha estudiado y analizado todos los actuados inherentes seguidos contra la referida servido- ra y en su informe final con Oficio Nº 003-SBS.C-CPPAD-99 de fecha 12 de abril de 1999 recomienda se aplique la sanción establecida en el inciso d) del Artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, en concordancia con el inciso d) del Artículo 155º y Artículo 159º del reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrati- va, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM; En uso de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 0141-87-SA/P y su ampliatoria Resolución Minis- terial Nº 0239-90-SA/P que delegan funciones sobre acciones de personal; Estando a lo informado por el Jefe de la Unidad de Personal; y, Con la opinión favorable del Director Adjunto de los Servicios Básicos de Salud Comas; SE RESUELVE: 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de DESTITUCION, a la servidora doña Consuelo Enma FORONDA VILCA, cargo técnico en Enfermería, Nivel Remunerativo STA, Cadena Fun- cional: 14-064-0121-00533-1477-00359 SIAF: 035, del Centro de Salud "Húsares de Junín" de los Servicios Básicos de Salud Comas, de la Dirección de Salud III Lima Norte, Pliego Ministerio de Salud, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. 2º.- El citado servidor no podrá reingresar a la Administra- ción Pública durante el término de cinco (5) años como mínimo, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 1º de la Ley Nº 26488. 3º.- Disponer se remita copia de la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Regístrese y comuníquese. REBECA PEREZ ALLPOC Directora Ejecutiva Dirección de Salud III Lima Norte Serv. Básicos de Salud - Comas 5410 M T C Autorizan a empresa de transportes la ampliación de la ruta Lima-Piura hasta la ciudad de Sullana RESOLUCION DIRECTORAL Nº 392-99-MTC/15.18 Lima, 9 de marzo de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 00445010 organizado por la Empresa de Transportes OLANO S.A., sobre ampliación de ruta y escalas comerciales e Informe Técnico Nº 172-99-MTC/ 15.18.04.1.atr, de la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Transportes OLANO S.A., mediante el expediente indicado en vistos y al amparo de lo establecido en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Inter- provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, ha solicitado ampliación de ruta: Lima-Piura hasta la ciudad de Sullana, concesión otorgada mediante Resolución Directoral Nº 211-92-TCC/15.15 del 24 de noviembre de 1992, modificada por Resolución Directoral Nº 300- 99-MTC/15.18 de fecha 25 de febrero de 1999, así como el estable- cimiento de escalas comerciales, en las ciudades de Chimbote, Trujillo, Chiclayo y Piura; Que, en el Informe Nº 172-99-MTC/15.18.04.1.atr, se conclu- ye que la referida empresa cumple con los requisitos señalados en