Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 1999 (11/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
VISTO:

MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 1999

rales que integran el lote de planillones presentados por el citado partido al momento de solicitar su inscripcion, asi como de los nuevos lotes de planillones de firmas de adherentes que presento posteriormente, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 91º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, como resultado de la comprobacion dispuesta por la resolucion referida en el considerando precedente, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, mediante Oficio Nº 118599-J/ONPE recibido el 5 de agosto ultimo, ha informado que el Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru", ha obtenido un total de 497,804 firmas validas de adherentes; Que, el Articulo 88º inciso b) de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, dispone que las organizaciones politicas que solicitan su inscripcion en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones deben acompanar una relacion de adherentes en un numero no menor del 4% del total de electores inscritos en el Padron Electoral empleado en las ultimas elecciones de caracter nacional; Que, conforme ha quedado establecido por el Articulo Primero de la Resolucion Nº 594-99-JNE del 15 de MORDAZA de 1999, el 4% aludido, sobre un total de 12'421,164 electores habiles para votar, es igual a 496,847 firmas de adherentes, que es el numero minimo que requiere una organizacion politica para efectuar la inscripcion en el Registro del MORDAZA Nacional de Elecciones, lo cual ha sido cumplido por el Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru"; Que, el Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru" ha solicitado la aprobacion del simbolo que lo identifica, consistente en un pescado color plomo con las siglas del Frente Popular MORDAZA FIA del Peru (FREPAP) en color MORDAZA, dentro del pescado, adjuntando para ello un diseno, el cual no se encuentra comprendido dentro de las prohibiciones que dispone el MORDAZA parrafo del Articulo 164º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que, se ha cumplido asimismo con precisar la denominacion de la organizacion, la indicacion del domicilio en Avenida Morro Solar Nº 1234, Urbanizacion Las Gardenias - MORDAZA de MORDAZA, la designacion del personero ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, senor MORDAZA MORDAZA Moya; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 88º, 96º y 164º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones al Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru", con domicilio en Avenida Morro Solar Nº 1234, Urbanizacion Las Gardenias - MORDAZA de MORDAZA y como su personero al senor MORDAZA MORDAZA Moya. Articulo Segundo.- Aprobar la utilizacion por el Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru" del simbolo consistente en una figura de un pescado color plomo con las siglas del Frente Popular MORDAZA FIA del Peru (FREPAP) en color MORDAZA, dentro del pescado, conforme al diseno que forma parte de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Notifiquese al personero del Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru", senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la presente resolucion para su conocimiento y publiquese a los efectos a que se contrae el Articulo 96º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 10362

En la Junta de Fiscales Supremos, el Oficio Nº 3398-99MP-CEMP, de fecha 21 de MORDAZA de 1999, cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino, Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, mediante el cual se remite el Expediente Nº 542-98-C.I.LIMA, referido a la investigacion de oficio realizada por la Fiscalia Suprema de Control Interno contra la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de MORDAZA - suspendida temporalmente - por irregularidades en el ejercicio de sus funciones, video casete del operativo y micro casete de audio; y el Oficio Nº 3562-99MP-CEMP de fecha 2 de agosto de 1999 y casete de audio, cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino, Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, transcribiendo el Acuerdo Nº 4666 adoptado por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, en sesion de fecha 27 de MORDAZA ultimo; CONSIDERANDO: Que, en la investigacion realizada de oficio por la Fiscalia Suprema de Control Interno, analisis de los hechos, declaraciones indagatorias de la fiscal investigada de fojas 13/16, 21/22 y 26, informe de descargo de fojas 115/125, acta de audiencia de fojas 207/213, documentos adjuntos, video casete y micro casete de audio, y demas declaraciones indagatorias, se tiene que con fecha 29 de setiembre de 1998 la doctora Adalguiza MORDAZA de MORDAZA, abogada de MORDAZA Curich MORDAZA, cuya hermana Zorka MORDAZA Curich MORDAZA se encontraba procesada por el delito de Trafico Ilicito de Drogas en el Expediente Nº 519-97, a cargo de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Penal de MORDAZA Juzgado Especializado en Trafico Ilicito de Drogas, formulo denuncia verbal ante el Organo de Control del Ministerio Publico senalando que con fecha 1 de setiembre de 1998 entrego a la doctora MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA y su esposo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA la cantidad de US $ 2,000.00 dolares americanos, a cambio que el dictamen fiscal salga favorable a la procesada, Zorka MORDAZA Curich MORDAZA, y posteriormente a traves de su esposo MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le manifesto que para asegurar que todo salga a favor de dicha procesada la senora Juez, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA estaba solicitando la cantidad de US $ 8,000.00 dolares americanos, sosteniendo el conyuge de la Fiscal investigada que de no entregar dicha suma de dinero Zorka MORDAZA Curich "se quedaria ahi", refiriendo ademas que MORDAZA Curich MORDAZA poseia los telefonos de la doctora MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA (Fiscalia, MORDAZA y celular) y de su esposo; Que, recibida la denuncia, la Fiscalia Suprema de Control Interno luego de haber realizado las primeras acciones para corroborar los extremos de tales imputaciones, con fecha 1 de octubre de 1998, realizo una primera filmacion en video, donde el senor MORDAZA MORDAZA en MORDAZA de MORDAZA Curich ofrecio el apoyo de su esposa, la fiscal investigada, a cambio de US $ 8,000.00 dolares americanos; que el 2 de octubre del mismo ano siendo aproximadamente las 13.00 horas se efectuo un operativo contando para ello con dinero entregado por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, lograndose filmar y grabar la llegada de MORDAZA MORDAZA y la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA, al domicilio de MORDAZA Curich MORDAZA, quien posteriormente hace entrega del dinero al esposo de la Fiscal investigada, procediendo luego a retirarse; Que, los argumentos esgrimidos por la Fiscal investigada no desvirtuan las imputaciones formuladas, pues se puede advertir marcadas contradicciones entre lo manifestado por la Fiscal el mismo dia que se produjeron los hechos, conforme se desprende de su declaracion indagatoria de fojas 13/16, su ampliacion de fojas 21/26, informe de descargo fojas 115/125, acta de audiencia fojas 207/213, y demas declaraciones formuladas por el personal a su cargo, habiendo transgredido diversas prohibiciones contenidas en la Ley Organica del Ministerio Publico y disposiciones reglamentarias al haber faltado al secreto profesional y a la reserva propia de su cargo, asimismo al haber permitido que su conyuge tenga injerencia e interes particular en el expediente Nº 519-97, asi como al haber adelantado opinion en el citado proceso; hechos graves que comprometen la dignidad del cargo y la desmerecen en el concepto publico, afectando la credibilidad de la Institucion; Que, por Resolucion Nº 561, de fecha 5 de MORDAZA del presente ano, que obra a fojas 235/237, la Fiscalia Suprema de Control Interno, resolvio declarar fundada la investigacion de oficio seguida contra la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de los MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de MORDAZA, solici-

MINISTERIO PUBLICO
Solicitan al Consejo Nacional de la Magistratura la destitucion de fiscal provincial titular de MORDAZA
RESOLUCION DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 002-99-MP-JFS MORDAZA, 9 de agosto de 1999

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