Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 1999 (11/08/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 11 de agosto de 1999

NORMAS LEGALES

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tada, pues si bien es MORDAZA que el citado concejo acordo que las sesiones se llevarian a cabo los 15 y 30 de cada mes, para estos efectos era necesario notificar a Walther MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y presentar las constancias de notificacion de las citaciones a sesiones de concejo, suscritas por el regidor en senal de haberlas recibido, u otro medio permitido por el Codigo Procesal Civil que acredite que el afectado conocio de la convocatoria y realizacion de sesiones, debiendo mediar entre la convocatoria y la sesion cuando menos dos dias habiles, formalidad prevista en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853; Que, asimismo en autos no se acredita que Walther MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tomado conocimiento de la declaratoria de vacancia de su cargo de regidor, vulnerandose de esta manera su derecho de defensa y contradiccion que le asiste, previsto en el Articulo 27º de la Ley Nº 23853; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de designacion de MORDAZA regidor presentada por Mabilon MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidor de Walther MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de cubrir el cargo vacante, al no haberse cumplido con remitir la documentacion completa. Articulo Segundo.- Declarar que Walther MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua ejerciendo el cargo de regidor en el Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, conforme a ley, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 10360 RESOLUCION Nº 1328-99-JNE MORDAZA, 10 de agosto de 1999

que no surte efecto alguno cuando se han incumplido las formalidades que exige el Codigo Procesal Civil; Que, para acreditar las causales de vacancia invocadas, es imperativo que el referido concejo remita a este organo electoral: a) constancias de notificacion de las citaciones a sesiones de concejo, suscritas por la regidora en senal de haberlas recibido, u otro medio permitido por el Codigo Procesal Civil que acredite que la afectada conocio de la convocatoria y realizacion de sesiones, debiendo mediar entre la convocatoria y la sesion cuando menos dos dias habiles, formalidad prevista en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853; b) copias autenticadas de las actas de sesiones ordinarias o extraordinarias a las cuales no habria concurrido la regidora; c) certificado domiciliario o MORDAZA emitida por autoridad competente que certifique el cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad; d) MORDAZA de habersele notificado dicho acuerdo por cualquier forma permitida por el Codigo Procesal Civil, a fin de no vulnerar el derecho de defensa y contradiccion que le asiste; y, e) MORDAZA del concejo que la declaratoria de vacancia ha quedado consentida o ejecutoriada; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Chinchihuasi, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de reemplazar el cargo vacante con el candidato correspondiente; al no haberse cumplido con remitir la documentacion completa. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA continua ejerciendo el cargo de regidora en el Concejo Distrital de Chinchihuasi, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, conforme a ley, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 10361

VISTO: El Oficio Nº 030-99-MD/CH/A recibido con fecha 15 de MORDAZA de 1999, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Chinchihuasi, provincia de Churcampa, departamento de Huancavelica, quien eleva el expediente administrativo referente a la declaratoria de vacancia del cargo de regidora que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por causales de cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; a fin de que se proceda a convocar al candidato correspondiente para ocupar el cargo vacante; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Chinchihuasi en sesion extraordinaria de concejo de fecha 8 de marzo de 1999, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de regidora que ejerce MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tal como consta de la MORDAZA certificada del acta corriente a fojas 9 y vuelta; Que, la declaratoria de vacancia se fundamenta en las causales de cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la municipalidad y por inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, previstas en los numerales 4) y 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, sin embargo, no se ha remitido la documentacion sustentatoria que acredite que la citada regidora MORDAZA incurrido en dichas causales, conforme lo disponen los Articulos 27º, 43º y 113º de la ley MORDAZA citada; Que, en autos no esta acreditado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tomado conocimiento de las citaciones a sesiones de concejo, que obran de fojas 5 a 7, como tampoco del Acuerdo de Concejo Nº 006-99-MD/CH que declara la vacancia de su cargo de regidora, pues el mismo Juez de Paz del distrito de Chinchihuasi en su oficio de fojas 8, afirma que no se le ha ubicado, dejando dicho acuerdo debajo de la MORDAZA, el mismo

Inscriben provisionalmente partido politico en el Registro de Organizaciones Politicas del JNE
RESOLUCION Nº 1329-99-JNE MORDAZA, 10 de agosto de 1999 VISTOS: En sesion de la fecha el expediente organizado a solicitud de don MORDAZA Ataucusi MORDAZA, presidente del Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru", para que se inscriba a su representado en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; El escrito de fecha 14 de MORDAZA de 1999, presentado por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero del Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru", solicitando se apruebe el simbolo que identifica a su representada cuya figura es un pescado en color plomo, con las siglas del Frente Popular MORDAZA FIA del Peru (FREPAP) en color MORDAZA, dentro del pescado, conforme al diseno que adjunta; CONSIDERANDO: Que, con fecha 30 de marzo de 1998, el representante del Partido Politico "Frente Popular MORDAZA FIA del Peru", solicito la inscripcion de su representado en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, mediante Resolucion Nº 127-98-JNE del 31 de marzo de 1998, se dispuso que la Oficina Nacional de Procesos Electorales realice la comprobacion de la autenticidad de las firmas y la numeracion de las Libretas Electo-

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