Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 1999 (18/08/1999)


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La resolucion de Adjudicacion contendra:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de agosto de 1999

A) La individualizacion del Concesionario; B) La descripcion de la obra que se obliga a ejecutar el concesionario o los servicios que se obliga a explotar durante el plazo de vigencia de la concesion; C) La individualizacion del bien o bienes objeto de la Concesion, indicando su superficie, linderos u otros datos que permitan identificarlo; los que son materia de la Concesion; y, D) El plazo de vigencia de la Concesion. Articulo 29º.- Los Postores podran interponer recurso de Apelacion contra la Resolucion de adjudicacion dentro de cinco (5) dias siguientes de su publicacion, que sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa por el MORDAZA del Organismo Municipal Concedente. El recurso de apelacion sera resuelto en un plazo de quince (15) dias contados a partir de la interposicion del Recurso y la Resolucion notificara por escrito a los postores al domicilio designado por estos en sus propuestas. El recurso estara acompanado de una carta fianza o un cheque de gerencia a nombre del Organismo Municipal Concedente por un monto equivalente al 1% del monto de inversion o costo aproximado del proyecto indicado en la propuesta impugnada. Si se declara infundado o improcedente el recurso de apelacion, los fondos afianzados seran ejecutados a favor del Organismo Municipal Concedente. Si se declara fundado, se devolvera la fianza o el cheque al recurrente. Articulo 30º.- Consentida la resolucion de Adjudicacion los postores no ganadores podran retirar los documentos y antecedentes exigidos por las bases, quedando en poder del Organismo Municipal Concedente las propuestas recibidas. Dentro de los quince (15) dias siguientes a la fecha en que MORDAZA quedado consentida la resolucion de adjudicacion, la municipalidad procedera a devolver a los postores no ganadores la garantia de presentacion. Articulo 31º.- El contrato de concesion se suscribira dentro del plazo indicado en el ultimo parrafo del articulo anterior, conforme a la proforma que obre en el expediente. El concesionario podra exigir que el contrato sea elevado a Escritura Publica, asumiendo los costos correspondientes. Si dentro del indicado plazo, el concesionario no suscribe el contrato, perdera su derecho a la adjudicacion de la concesion. En ese caso, la Municipalidad ejecutara la garantia de MORDAZA y adjudicara la concesion al postor que ocupo el MORDAZA lugar. Si el postor que ocupo el MORDAZA lugar no suscribe el contrato dentro de los cinco (5) dias siguientes de la fecha de la notificacion de la nueva resolucion de adjudicacion, la municipalidad ejecutara la garantia de MORDAZA y convocara a nueva licitacion. Articulo 32º.- Si efectuada la convocatoria a Licitacion Publica Especial no se presentaran postores o, si las propuestas fueran desestimadas por el Organismo Municipal Concedente, conforme al MORDAZA parrafo del Art. 22º del presente Reglamento, este declarara desierta la Licitacion. La Municipalidad debera realizar una nueva convocatoria transcurridos no menos de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que se declaro desierta la Licitacion, pudiendo elaborar nuevas bases si asi fuera necesario. CAPITULO IV DEL CONCURSO DE PROYECTOS INTEGRALES Articulo 33º.- La Municipalidad promovera el Concurso de Proyectos Integrales mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de amplia circulacion del lugar donde se efectue la convocatoria que contendra: A) La denominacion oficial de la Municipalidad; B) Las caracteristicas generales del Proyecto; C) La exigencia de presentar el Proyecto, asi como el estudio de factibilidad tecnica y economica correspondiente;

D) El lugar, la oportunidad y el precio al que pueden ser adquiridas las bases. E) El lugar donde pueden presentarse las propuestas; y, F) El plazo dentro del cual deben presentarse las propuestas, el cual no podra ser menor a treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que se realizo la MORDAZA publicacion de la convocatoria. Cuando se trate de un Concurso Internacional, se aplicara lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 17º del presente Reglamento. Articulo 34º.- Las bases del Concurso de Proyectos Integrales contendran los lineamientos generales del proyecto y el sistema de evaluacion para determinar la propuesta mas conveniente y, en caso que el Organismo Municipal Concedente la considere necesario, podra requerir informacion sobre los niveles tarifarios, los plazos de ejecucion de la obra y la explotacion del servicio, el plazo estimado de vigencia de la concesion, asi como los datos establecidos en el Art. 26º del presente Reglamento, en cuanto fueran aplicables. Cuando se trate de un Concurso Internacional, se aplicara lo dispuesto en el ultimo parrafo del Articulo 18º del presente Reglamento. Articulo 35º.- Vencido el plazo para la MORDAZA de las Propuestas Integrales, el Comite Especial de Concesiones procedera a evaluarlas y calificarlas conforme al sistema de evaluacion previsto en las bases, dentro del plazo establecido en estas ultimas, el cual se fijara teniendo en cuenta la complejidad, magnitud o costo del proyecto. Durante la etapa de evaluacion y calificacion de las propuestas el representante acreditado del Organo de Control Interno del organismo concedente podra asistir a las sesiones del Comite Especial de Concesiones. El Comite Especial de Concesiones debera pronunciarse sobre los resultados de la evaluacion de las propuestas dentro de un plazo que no excedera de quince (15) dias. Articulo 36º.- La concesion se otorgara al titular de la propuesta mas conveniente por acuerdo del Comite Especial, mediante Resolucion del Comite Especial de Concesiones que se expedira dentro del plazo establecido en las bases. La decision sera comunicada a los postores en la fecha establecida en las bases o en aquella determinada por el Comite Especial. Dicho acto contara con la presencia de un Notario Publico. La resolucion debera estar debidamente sustentada y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Organismo Municipal Concedente podra desestimar todas las propuestas presentadas cuando no resultaren convenientes, sin derecho a indemnizacion alguna en favor de los postores. La Resolucion de Adjudicacion contendra los datos establecidos en el Art. 28º de este Reglamento. Articulo 37º.- Seran de aplicacion al procedimiento de Concurso de Proyectos Integrales los Articulos 7º, 8º, 9º y 10º del presente Reglamento. CAPITULO V LOS CONTRATOS DE CONCESION Articulo 38º.- El contrato de concesion es el acuerdo celebrado entre la Municipalidad y el Concesionario, por el cual el primero otorga al MORDAZA la ejecucion de determinadas obras de infraestructura o de servicios publicos aceptados o fijados previamente por el Organismo Concedente por un plazo establecido, recibiendo a cambio el concesionario su explotacion. Articulo 39º.- Son derechos del concesionario los siguientes: A) Percibir como retribucion por los servicios que explota la tarifa u otros cobros pactados en el contrato de concesion, asi como los beneficios adicionales por la prestacion de servicios complementarios, tales como servicios turisticos, autoservicios, publicidad y otros; B) Percibir las sumas establecidas en el contrato, en el caso de concesiones cofinanciadas por el organismo concedente. C) Transferir la concesion a otra persona juridica, previa autorizacion del organismo concedente;

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