Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (18/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 176968 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de agosto de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 049-99-MDR se concedió a los contribuyentes del distrito del Rímac, la facultad de acogerse al fraccionamiento del pago de los tributos municipales correspondientes al Impuesto Pre- dial, Licencia de Construcción, Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines, Serenaz- go, Anuncios y Propaganda, Terrenos sin construir y Licencias Especiales; asimismo, deudas no tributarias, como adeudos por merced conductiva, liquidaciones de obras, derechos administrativos, ocupación de vía pública y otras deudas de carácter administrativo, incluyendo el monto total de las multas administrativas vencidas al 31 de diciembre de 1998; Que, el numeral segundo del Acuerdo antes men- cionado autoriza a la Alcaldesa para que expida el corres- pondiente Decreto de Alcaldía que reglamente el fraccio- namiento; Que, conforme lo establece el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 es facultad del alcalde en materia tributaria, controlar la recaudación de ingresos municipales; Que, conforme a las disposiciones contenidas en el Código Tributario, Decreto Legislativo Nº 816, Art. 36º se contempla el aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades que le confiere los Arts. 109º y 111º, de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Concédase a los contribuyen- tes y/o responsables de obligaciones tributarias en el distrito del Rímac un plazo que se inicia el 1 de enero de 1999 hasta el 31 de diciembre de 1999 para que puedan acogerse al fraccionamiento del pago de los tributos municipales correspondientes al Impuesto Predial, Licencias de Construcción, Arbitrios de Lim- pieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines, Serenazgo, Anuncios y Propaganda, Terrenos sin cons- truir y Licencias Especiales; así mismo deudas no tributarias como adeudos por merced conductiva, li- quidaciones de obras, derechos administrativos, ocu- pación de vía pública y otras deudas de carácter admi- nistrativo incluyendo el monto total de las multas administrativas, vencidas al 31 de diciembre de 1998. Los contribuyentes y/o responsables de estas deudas tributarias que se encuentren en situación de cobran- za coactiva previo pago de las costas procesales que serán liquidadas por la Ejecutora Coactiva, y se acojan a este fraccionamiento se les suspenderá dicha Ejecu- ción Coactiva. Artículo Segundo.- Las multas administrativas serán condonadas en 50% de su valor, las mismas que fueron impuestas por la Municipalidad del Rímac has- ta el 31 de diciembre de 1998. Para acogerse al presen- te beneficio deberán desistirse del reclamo planteado en caso de haberlo hecho. Los contribuyentes podrán acogerse a este beneficio aun cuando estén en proceso de cobranza coactiva en cuyo caso deberán previamen- te cancelarse las costas procesales y gastos adminis- trativos. Artículo Tercero.- Para el pago fraccionado de las deudas, fíjese una cuota mínima inicial del 10% de la deuda y el saldo pagadero hasta en 12 cuotas. El incumplimiento de parte de los deudores con el pago de (una) cuota de los convenios de fraccionamiento así como cuando el deudor no cumpla con renovar o sustituir las garantías otorgadas, la División de Con- trol y Recaudación emitirá una Resolución de pérdida de beneficio, la que luego de notificada de acuerdo a ley, se procederá a iniciar el procedimiento de Ejecu- ción Coactiva, conforme a la Ley Nº 26979 por las cuotas pendientes de amortización, procediéndose a la ejecución de todas las garantías otorgadas a favor de la administración. Artículo Cuarto.- La Dirección de Administración Tributaria de la Municipalidad del Rímac a través de laDivisión de Control y Recaudación está facultada a solicitar a los contribuyentes que se acojan a este fraccionamiento y que sus deudas tributarias sean mayores a una (1) UIT, a garantizar el pago de éstas, conjuntamente con un fiador solidario quien firmará el convenio por el cual se obligará frente a la Munici- palidad del Rímac a cumplir con el pago de referida deuda, si ésta no es efectuada por el contribuyente- deudor a quien garantiza. Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración Tributaria y a la Unidad de Ejecución Coactiva, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 10594 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Munici- palidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-99-MDCH Chancay, 30 de junio de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Chancay, en sesión ordinaria de fecha 26 de junio de 1999; visto el proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos presen- tado por la Dirección Municipal. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757, Ley marco para el crecimiento de la Inversión Privada, establece en su Título IV disposiciones orientadas a otorgar seguridad jurídica en materia administrativa. Dichas disposiciones están fundamentalmente referidas a las obligaciones, para todas las entidades de la Administración Pública de elaborar su correspondiente TUPA. Para tal efecto se contempla normar sobre simplificación administrativa y eliminación de trámites y requisitos, a las que deben sujetarse dichas entidades; Que, el Decreto Supremo Nº 094-98-PCM establece las disposiciones reglamentarias, requeridas para la modifi- cación y actualización del TUPA; Que, con Ordenanza Municipal Nº 001-MDCH-96 de fecha 16 de marzo de 1996, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 inciso 4) del Artículo 10º e inciso 1) del Artículo 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades con el voto aprobatorio de los señores Regidores se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Artículo Primero.- Aprobar el nuevo Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipa-