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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 1999 (18/08/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 176960 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 18 de agosto de 1999 Autorizan a institución bancaria la aper- tura de oficina especial temporal en la VI Feria Internacional de Arequipa RESOLUCION SBS Nº 0728-99 Lima, 9 de agosto de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, del 99.8.12 al 99.8.22, en la VI Feria Internacional de Arequipa, ubicada en el Centro de Eventos y Exposiciones Cerro Juli Zona "E" Stand Nº 503, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici- tada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº ASIF "A" 125-OT/99; y a lo opinado por el Superintendente Adjunto de Banca; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolución SBS Nº 003-98. RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, del 99.8.12 al 99.8.22, en la VI Feria Interna- cional de Arequipa, ubicada en el Centro de Eventos y Exposiciones Cerro Juli Zona "E" Stand Nº 503, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYZEN ZEGARRA Superintendenta Adjunta de Banca 10595 UNIVERSIDADES Sancionan con destitución a ex fun- cionario de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA RESOLUCION RECTORAL Nº 347-99-UNSCH-R Ayacucho, 7 de julio de 1999 Visto el expediente sobre proceso administrativo disciplinario seguido contra el ex funcionario Cristóbal Alberto Cruzado Lavado; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 264-99-UNS- CH-R, de fecha 25 de mayo de 1999, se instauró proceso administrativo disciplinario al ex funcionario Cristóbal Alberto Cruzado Lavado, Director de Administración I, nivel F-3, por la presunta comisión de la falta de carácter disciplinario tipificada en el inciso k) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276;Que habiendo transcurrido más de cinco días hábiles, el ex funcionario Cristóbal Alberto Cruzado Lavado no efectuó descargo alguno que desvirtúe las imputaciones efectuadas en su contra; Que ha quedado acreditado que el ex funcionario Cristóbal Alberto Cruzado Lavado ha dejado de asistir a su centro de labores desde el 13 de julio de 1993 hasta la fecha sin justificación, con el agravante de haber hecho abandono de cargo, por lo que resulta pasible de ser sancionado administrativamente; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para Funcionarios; de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40º de la Constitución Política del Perú, los Artículos 25º, 26º, 27º y 28º del Decreto Legislativo Nº 276, el Artículo 150º y siguientes del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Su- premo Nº 005-90-PCM, el Artículo 258º del Estatuto Reformado de la Universidad de Huamanga y la Reso- lución Rectoral Nº 1395-96; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER, a partir de la fecha, la sanción disciplinaria de DESTITUCION al ex funciona- rio CRISTOBAL ALBERTO CRUZADO LAVADO, Di- rector de Administración I, nivel F-3, por los funda- mentos expuestos en la parte considerativa de la presen- te resolución. Artículo 2º.- DISPONER al Vicerrector Adminis- trativo gestione la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JESUS ENRIQUE GONZALEZ CARRE Rector MAURO VARGAS CAMARENA Secretario General 10597 ADUANAS Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra presunto respon- sable de delito de contrabando RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA EJECUTIVA DE ADUANAS Nº 001503 Callao, 13 de agosto de 1999 Vistos, el Atestado Nº 022-99-ADUANAS-PP/UIE del 30.JUL.99; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación remitida por la Intendencia de la Aduana Aérea del Callao mediante Memorándum Nº 1339-98-ADUANAS/02.03 del 27.MAY.98, se tomó conocimiento de la intervención efectuada por personal Aduanero del Aeropuerto Inter- nacional "Jorge Chávez" a la persona de José Luis Ríos Sánchez, incautándosele mercancía de procedencia extranjera que pretendió ingresar subrepticialmente al país valiéndose del beneficio que establece el Reglamento de Equipaje y Menaje de Casa, habiéndose derivado dichos actuados a la Unidad de Investigaciones Especia- les Adscrita a la Superintendencia Nacional de Adua- nas, para su indagación técnico-policial correspondien- te; Que, practicadas las investigaciones por dicha Uni- dad, con intervención de la Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Tributarios y Aduaneros de Lima, se ha formulado el Atestado de Vistos en el cual se evidencia presunta responsabilidad penal por parte de JOSE LUIS RIOS SANCHEZ en el internamiento ilegal al