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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (02/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 180870 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 1999 Visto, el Informe Nº 005-99-CTAR-L-CEPAD/GGA/ MFRF/MVV, de fecha 10 de noviembre de 1999, emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios del CTAR-Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia Regional de Control Interno, en base a las investigaciones efectuadas, ha señalado en su Informe Nº 008-99-CTAR-L-GRCI, que existe responsabilidad ad- ministrativa que recae en el Lic. Jorge Hugo DAVILA GARCIA e Ing. Romel RODRIGUEZ NAVARRO, ex Direc- tores Regionales; así como, del Ing. Héctor ABREU MU- ÑOZ, Sr. Milton AREVALO PINEDO, Sr. Angel DELGADO PEREYRA e Ing. Manuel ORE PACHECO, ex y actual Director Ejecutivo de Circulación Terrestre, de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, por cuanto, en el cumplimiento de sus funciones han desarrollado una gestión deficiente y carente de trans- parencia, pues permitieron que se emitan licencias de conducir de manera irregular en base a suplantaciones y enmendaduras de datos, perjudicando al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; asimismo, por no haber supervisado ni adoptado las accio- nes necesarias para preservar los bienes y recursos de la Entidad; Que, el expediente organizado ha sido puesto en consideración de la antes mencionada Comisión Espe- cial, quienes luego de su evaluación y análisis han cali- ficado los hechos investigados, pronunciándose por la existencia de mérito suficiente para que se instaure el debido proceso a los funcionarios comprendidos en el citado Informe Nº 008-99-CTAR-L-GRCI, por haber incu- rrido en faltas de carácter disciplinarias, previstas en los incisos a), d), f) y h) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec- tor Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, tipificados como el incumplimiento de las Normas esta- blecidas en dicha Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la negligencia en el desempeño de sus funciones; la utilización o disposición de los bienes de la Entidad en beneficio propio o de terceros; y la prevaricación; Que, el Artículo 175º del Reglamento acotado, prevé que, están comprendidos en el Capítulo XIII del Proceso Administrativo Disciplinario los funcionarios y servido- res públicos contratados, en lo que sea aplicable, aún en el caso que haya concluido su vínculo laboral con el Estado y dentro de los términos señalados en el Artículo 173º de dicho reglamento, el cual prescribe que, el debido proceso deberá iniciarse en el plazo no mayor de un (1) año contado a partir del momento en que la autoridad competente tenga conocimiento de la comisión de la falta disciplinaria; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y a las visaciones de la Secretaría Técnica, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia Regional de Administración del CTAR - Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Transitorio de Administración Regional de Loreto, aprobado por Resolu- ción Ejecutiva Regional Nº 289-99-CTAR-L-P, de fecha 14 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR, Proceso Administrativo Disciplinario al Lic. Jorge Hugo DAVILA GARCIA e Ing. Romel RODRIGUEZ NAVARRO, ex Directores Regionales; así como al Ing. Héctor ABREU MUÑOZ, Sr. Milton ARE- VALO PINEDO, Sr. Angel DELGADO PEREYRA e Ing. Manuel Francisco ORE PACHECO, ex y actuales Directo- res Ejecutivos de Circulación Terrestre de la Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción, por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- CONCEDER, cinco (5) días hábiles a partir del día siguiente de la notificación, para que los ex y actuales servidores presenten sus descargos con las prue- bas que crean conveniente en sus defensas, para lo cual tomarán conocimiento de los antecedentes que dan lugar al proceso. Artículo 3º.- DERIVAR, a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para que en uso de sus facultades se avoquen a la conducción del proceso.Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO M. ROJAS RUIZ Presidente Consejo Transitorio de Administración Regional Región Loreto 14941 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban tablas de factores para ac- tualizar deudas de contribuyentes y deudores que se acojan a los BERTRI- MUN de La Victoria, Ate y la MML SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 053-99-SAT-MML Lima, 1 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 111 , de fecha 7 de abril de 1997, se estableció el Beneficio de Regularización Tributa- ria Municipal – BERTRIMUN, aplicable a los contribuyen- tes y deudores de la Municipalidad Metropolitana de Lima, por deudas generadas hasta el 31 de diciembre de 1995, que en la actualidad sean administradas por el Servicio de Administración Tributaria – SAT; Que, asimismo, mediante Ordenanzas Nºs. 011-MDLV y 010-MDA, se creó el Beneficio de Regularización Tribu- taria Municipal de La Victoria – BERTRIMUN LA VIC- TORIA y el Beneficio de Regularización Tributaria Mu- nicipal de Ate – BERTRIMUN ATE, respectivamente, aplicables a los deudores de las referidas municipalida- des distritales; Que, conforme al Artículo 2º de la Ordenanza Metropo- litana Nº 123, de fecha 26 de agosto de 1997, se facultó al SAT a reajustar mensualmente los factores de actualiza- ción de la Tabla aprobada mediante Ordenanza Nº 111 y ampliada por la Ordenanza Nº 123, aplicando el Indice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (IPC), publi- cado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI; Que, asimismo, la Primera Disposición Final de las Ordenanzas Nºs. 011- MDLV y 010-MDA facultan al SAT a reajustar mensualmente los factores de actualización de las Tablas aprobadas en el Artículo 4º de las referidas normas, aplicando el Indice referido en el considerando anterior; Que, se requieren aprobar las Tablas de Factores, reajustadas al 30 de noviembre de 1999, para actualizar las deudas de los contribuyentes y deudores que se acojan a los citados BERTRIMUN, en el mes de diciembre de 1999; De conformidad con lo expuesto; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las Tablas de Factores, re- ajustadas al 30 de noviembre, las mismas que se utilizarán para actualizar las deudas de los contribuyentes y deudores que se acojan al BERTRIMUN de la Municipalidad Metro- politana de Lima, BERTRIMUN LA VICTORIA y BERTRI- MUN ATE, en el mes de diciembre de 1999. Las Tablas de Factores reajustadas se publican como Anexo de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE ARISTA ARBILDO Jefe (e) del Servicio de Administración Tributaria Municipalidad Metropolitana de Lima