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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (02/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 180862 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el citado Seminario ha sido organizado con el objetivo principal de elaborar las bases de un sistema de autocontrol y supervisión prudencial para PEFs, reco- giendo las recomendaciones y experiencias de otros paí- ses de la región, para buscar a mediano plazo una regu- lación oficial de la Superintendencia de Bancos del Ecua- dor, por lo que es conveniente designar a la señorita Patricia Ritter Burga, funcionaria del Departamento de Estadística y Estudios de Coyuntura de la Gerencia de Estudios Económicos, para que participe en el referido evento; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, cuyos gastos serán cubiertos por la Fundación Suiza de Cooperación para el Desarrollo Técnico SWISSCONTACT, no irrogando gasto alguno para el Estado; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98- EF/15; y, En uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 0655-99 de fecha 15 de julio de 1999; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Patricia Ritter Burga, funcionaria del Departamento de Estadística y Estudios de Coyuntura de la Gerencia de Estudios Económicos, a la ciudad de Quito, Ecuador, del 27 de noviembre al 30 de noviembre de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento del presente dispositivo legal, serán asumidos ínte- gramente por la Fundación Suiza de Cooperación para el Desarrollo Técnico SWISSCONTACT, no significando gas- to alguno para el Estado. Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO MANDRIOTTI HURTADO Superintendente Adjunto de Administración General 14912 Autorizan a empresa financiera la apertura de oficina especial en el distrito de San Isidro, provincia de Lima RESOLUCION SBS Nº 1033-99 Lima, 23 de noviembre de 1999 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La comunicación de fecha 11 de noviembre de 1999 de Financiera Daewoo S.A., mediante la cual solicita autoriza- ción para la apertura de una oficina especial ubicada en el 9no. piso del edificio, ubicado en Av. Canaval y Moreyra Nº 452, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de di- cha oficina especial;Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"-209- OT/99; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a Financiera Daewoo S.A. la apertura de una oficina especial en el 9no. piso del edificio, ubicado en Av. Canaval y Moreyra Nº 452, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 14994 ADUANAS Modifican Procedimiento de "Manifies- to de Carga" INTA-PG.09 (V.2) RESOLUCION DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 000 ADT/1999-001758 Callao, 30 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Intendencia Nacional Nº 00984 publicada el 12.SET.99 se aprueba entre otros el Procedi- miento Adecuado al Sistema de la Calidad de Manifiesto de Carga (INTA-PG.09); Que, de conformidad a lo manifestado por la Intendencia de la Aduana Marítima del Callao mediante Memorándum Nº 4907-99-ADUANAS-MAR a fin de cumplir con los obje- tivos de calidad de ADUANAS es necesario se formalice el procedimiento a seguir para registrar el código del Terminal de Almacenamiento de las mercancías, en los casos que corresponda; En uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas aprobados por Decreto Ley Nº 26020 y Resolu- ción de Superintendencia Nº 01223-99 respectivamente, y estando a la delegación de facultades contenidas en la Resolución de Superintendencia de Aduanas Nº 01029 del 18.MAR.97; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Adiciónese un segundo párrafo al numeral 11 de la Sección VII.A del Procedimiento de "Ma- nifiesto de Carga" INTA-PG.09 (V.2) cuya aprobación fue formalizada mediante R.I.N. Nº 00984-99 con el texto si- guiente: "En aquellas Intendencias de Aduana que tengan inter- conectadas las Areas de Manifiestos y de Oficiales de Aduana, los Terminales de Almacenamiento bajo responsa- bilidad presentarán ante el Area de Oficiales de Aduanas la relación detallada de contenedores o mercancías sueltas a descargarse. Concluida la salida de las mercancías del recinto portuario, el Oficial de Aduanas encargado procede a registrar en el Módulo de Manifiestos el código del Termi- nal de Almacenamiento al cual han sido trasladadas las mercancías". Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ARRIOLA LUYO Intendente Nacional de Técnica Aduanera 14928