Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 1999 (22/12/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 1999

Articulo 8º.- Atribuciones Son atribuciones de la Policia Nacional del Peru las siguientes: 1. Intervenir en toda circunstancia, cuando el ejercicio de la funcion policial asi lo requiera, por considerarse permanentemente en servicio. 2. Requerir la MORDAZA de documentos de identidad personal cuando el caso lo amerite. 3. Registrar y centralizar los antecedentes policiales de las personas, asi como las requisitorias judiciales. 4. Expedir certificados de antecedentes policiales, domiciliarios, de supervivencia y otros derivados del cumplimiento de sus funciones. 5. Realizar peritajes criminalisticos, tecnico-vehiculares y otros relacionados con sus funciones. 6. Obtener, custodiar, asegurar y procesar indicios, evidencias y elementos probatorios relacionados con la investigacion policial, poniendolos oportunamente a disposicion de la autoridad competente. 7. Coordinar y cooperar con los organismos internacionales e instituciones de policia en la prevencion y represion de la delincuencia, de conformidad con los convenios suscritos. 8. Ejercer las demas atribuciones que le senalen la Constitucion y las leyes. Articulo 9º.- Facultades Son facultades de la Policia Nacional del Peru las siguientes: 1. Realizar registros de personas e inspecciones de domicilios, instalaciones y vehiculos, naves, aeronaves y objetos, de acuerdo a la Constitucion y la ley. 2. Ingresar gratuitamente a los espectaculos publicos y tener pase libre en vehiculos de transporte publico masivo, cuando sea necesario para el cumplimiento de sus funciones. 3. Poseer, portar y usar MORDAZA de fuego de conformidad con la Constitucion y la ley. 4. Intervenir, citar y detener a las personas de conformidad con la Constitucion y la ley. 5. Intervenir como conciliador en los casos de conflicto que no constituyan delitos o faltas que alteren el orden y la tranquilidad publica. 6. Ejercer las demas facultades que le senalen la Constitucion y las leyes. Articulo 10º.- Observancia del Codigo de Conducta El personal de la Policia Nacional del Peru en el ejercicio de sus funciones observara y se sujetara a los principios del Codigo de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. TITULO III DE LA ORGANIZACION CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 11º.- Estructura organica 11.1 La Policia Nacional del Peru tiene la siguiente estructura organica: 1 Organo de Direccion Direccion General 2 Organo de Asesoramiento Estado Mayor General 3 Organo de Control Inspectoria General 4 Organos Consultivos Comision Consultiva Consejo Superior Consejo Economico Consejo de Calificacion Consejos de Investigacion 5 Organos de Apoyo 6 Organo de Instruccion y Doctrina Direccion de Instruccion y Doctrina Policial 7 Organos de Ejecucion Direcciones Especializadas Regiones Policiales

11.2 La organizacion interna de los diferentes organos que integran la estructura de la Policia Nacional del Peru sera establecida en el correspondiente Reglamento de Organizacion y Funciones que sera aprobado por Resolucion Ministerial. CAPITULO II ORGANO DE DIRECCION Articulo 12º.- Direccion General 12.1 La Direccion General es el organo de mas alto nivel en la Policia Nacional del Peru, encargado de la organizacion, preparacion, administracion, supervision, el desarrollo, la disciplina y el empleo de los recursos. 12.2 Esta al mando de un Director General designado por el Presidente de la Republica entre uno de los Tenientes Generales de la Policia Nacional en Situacion de Actividad. Depende del Ministro del Interior. El tiempo de permanencia en el empleo es determinado por el Presidente de la Republica en calidad de Jefe Supremo de la Policia Nacional del Peru. 12.3 Al MORDAZA General designado como Director General de la Policia Nacional se le otorgara, solo mientras desempene dicho cargo, la denominacion de General de Policia y ostentara los distintivos correspondientes. Esta disposicion solo tiene aplicacion para efectos de la jerarquia policial y de su representatividad; no constituye un ascenso y, consecuentemente, no conlleva mayor remuneracion ni beneficio adicional de ningun MORDAZA con respecto a las remuneraciones y beneficios que gozan los Tenientes Generales. CAPITULO III ORGANO DE ASESORAMIENTO Articulo 13º.- Estado Mayor General 13.1 El Estado Mayor General es el organo encargado de asesorar al Director General en todas las areas de la administracion de la institucion, asi como de supervisar el cumplimiento de la accion planeada. 13.2 El Estado Mayor General esta a cargo de un Oficial General de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad. CAPITULO IV ORGANO DE CONTROL Articulo 14º.- Inspectoria General La Inspectoria General es el organo de control de la Policia Nacional del Peru, de caracter sistemico, encargado de fiscalizar y evaluar la correcta aplicacion y observancia de las leyes y reglamentos; la eficacia funcional, la moral y disciplina del personal; el empleo adecuado de sus recursos, asi como el control de calidad y costo-beneficio de los servicios que presta la institucion. Esta a cargo de un Oficial General de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad. CAPITULO V ORGANOS CONSULTIVOS Articulo 15º.- Organos Consultivos 15.1 Los organos consultivos son presididos por el Director General de la Policia Nacional del Peru y tienen por finalidad brindarle asesoria en los asuntos que por su naturaleza MORDAZA sometidos a su consideracion, emitiendo la respectiva opinion o recomendacion. 15.2 Los integrantes de los organos consultivos son designados y convocados por el Director General de la Policia Nacional del Peru. Articulo 16º.- Consejo Superior El Consejo Superior de la Policia Nacional del Peru es el organo que tiene por funcion asesorar al Director General en asuntos que por su importancia institucional deben ser tratados al mas alto nivel. Se encuentra integrado por Oficiales Generales en Situacion de Actividad. Articulo 17º.- Comision Consultiva 17.1 La Comision Consultiva es la encargada de pronunciarse sobre asuntos relacionados con el funcionamiento y desarrollo institucional. Esta integrada por Oficiales Generales en Situacion de Actividad y en Situacion de Retiro.

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