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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1999 (22/12/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 181740 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de diciembre de 1999 vación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Las Salinas, ubicada en el distrito de Virú, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. -ETECEN con carácter permanente de acuerdo a la documentación técnica y los planos propor- cionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Exp./ NOMBRE Y UBICACION DE LA PROPIETARIO DATOS DE LA Código ESTACION SERVIDUMBRE 41105999 Estación de Telecomunicaciones ESTADO SERVIDUMBRE DE Cerro Las Salinas. TRANSITO: implica el Ubicación: derecho de transitar por Cota: 420 m.s.n.m. las rutas necesarias Distrito: Virú, provincia de Trujillo y aledañas a la Estación, departamento de La Libertad con el fin de custodiar, mantener y reparar las Area de Servidumbre del Sistema: instalaciones. 424,16 m2 (incluye la torre metálica y área adyacente). Coordenadas UTM ESTE NORTE -Centro de Torre: 17L 0749880 9039580 -Vértice A: 17L 0749887 9039589 -Vértice B: 17L 0749887 9039557 -Vértice C: 17L 0749878 9039557 -Vértice D: 17L 0749878 9039589 Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ETECEN, deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ETECEN, deberá velar permanente- mente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 15096 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 655-99-EM/VME Lima, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 41105899, que incluye los docu- mentos con Registro Nº 1256096, presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la imposición de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Nueva La Milla, ubicada en el distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmisión de energía eléctrica, en mérito de las Resoluciones Supremas Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposición de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de obras e instalaciones de la Estación Repetidora Nueva La Milla; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por los incisos d) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 279-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, conser- vación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Nueva La Milla, ubicada en el distri- to de San Martín de Porres, provincia y departamento deLima; a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica Cen- tro Norte S.A. -ETECEN con carácter permanente de acuerdo a la documentación técnica y los planos propor- cionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Exp./ NOMBRE Y UBICACION DE LA PROPIETARIO DATOS DE LA Código ESTACION SERVIDUMBRE 41105899 Estación de Telecomunicaciones ESTADO SERVIDUMBRE DE Nueva La Milla. TRANSITO: implica el Ubicación: derecho de transitar por Cota: 225 m.s.n.m. las rutas necesarias Distrito: San Martín de Porres, provincia aledañas a la Estación, y departamento de Lima con el fin de custodiar, mantener y reparar las Area de Servidumbre del Sistema: instalaciones. 210,00 m2 (incluye la torre metálica y área adyacente). Coordenadas UTM ESTE NORTE - Centro de Torre: 18L 0274925 8670558 - Vértice A: 18L 0274931 8670573 - Vértice B: 18L 0274931 8670552 - Vértice C: 18L 0274919 8670552 - Vértice D: 18L 0274919 8670573 Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvien- tes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ETECEN, deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ETECEN, deberá velar permanente- mente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 15097 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 656-99-EM/VME Lima, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 41106099, que incluye los docu- mentos con Registro Nº 1256099, presentado por la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la imposición de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Campana, ubicada en el distrito de Trujillo, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmisión de energía eléctrica, en mérito de las Resoluciones Supremas Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposición de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de obras e instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Campana; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por los incisos d) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 281-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, conser- vación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora Cerro Campana, ubicada en el distri- to de Trujillo, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad; a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. -ETECEN con carácter permanente de