Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 1999 (22/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 1999

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., por Acuerdo Nº D/094-99 de fecha 18 de noviembre de 1999, aprobo el Proyecto de Modificacion en el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, mediante el cual se establece la inclusion de razones economicas en el acapite 3.4 del mencionado Contrato, manteniendose el mismo texto, plazo y condiciones; elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; De conformidad con los incisos 8) y 24) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, aprobado por Decreto Supremo Nº 37-94-EM, modificado por Decretos Supremos Nºs. 01096-EM, 027-97-EM, 033-98-EM y 020-99-EM, para los fines a que se refiere la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. con MORDAZA Peru Oil Co., Sucursal del Peru y Pangaea (Peru) Energy Ltd., Sucursal del Peru. Articulo 2º.- Autorizase a PERUPETRO S.A., a suscribir con MORDAZA Peru Oil Co., Sucursal del Peru y Pangaea (Peru) Energy Ltd., Sucursal del Peru, la modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 71, que se aprueba en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 15891

Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro MORDAZA, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque; a favor de Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN con caracter permanente de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Exp./ NOMBRE Y UBICACION DE LA Codigo ESTACION 41104099 Estacion de Telecomunicaciones Cerro Reque. Ubicacion: Cota: 460 m.s.n.m. Distrito: MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de MORDAZA Area de Servidumbre del Sistema: 131,40 m2 (incluye la MORDAZA metalica y area adyacente).
Coordenadas UTM ESTE - Centro de Torre: 17M 0635908 - Vertice A: 17M 0635914 - Vertice B: 17M 0635914 - Vertice C: 17M 0635902 - Vertice D: 17M 0635902 NORTE 9240501 9240513 9240494 9240494 9240513

PROPIETARIO

DATOS DE LA SERVIDUMBRE SERVIDUMBRE DE TRANSITO: implica el derecho de transitar por las rutas necesarias aledanas a la Estacion, con el fin de custodiar, mantener y reparar las instalaciones.

ESTADO

Imponen servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA a favor de ETECEN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 651-99-EM/VME MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 41104099, que incluye los documentos con Registro Nº 1251869, presentado por la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro MORDAZA, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Reque; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos d) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 289-99-EM/DGE;

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ETECEN, debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ETECEN, debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 15093 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 652-99-EM/VME MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 41105799, que incluye los documentos con Registro Nº 1256095, presentado por la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, solicitando la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Bayovar, ubicada en el distrito de Sechura, provincia de MORDAZA y departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, empresa concesionaria de transmision de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nº 081-94-EM de fecha 17 de noviembre de 1994 y Nº 071-96-EM de fecha 23 de agosto de 1996, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de obras e instalaciones de la Estacion Repetidora Cerro Bayovar; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos d) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 278-99-EM/DGE;

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