Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 1999 (22/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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17.2 En caso de considerarlo conveniente, el Director General podra convocar a profesionales y especialistas de reconocida capacidad y experiencia en materias relacionadas con la consulta. Articulo 18º.- Consejo Economico El Consejo Economico esta encargado de estudiar y presentar recomendaciones sobre asuntos economicos y financieros. Esta integrado por Oficiales Generales en Situacion de Actividad. Articulo 19º.- Consejo de Calificacion El Consejo de Calificacion tiene por finalidad evaluar y proponer las invitaciones a la Situacion de Retiro de Oficiales Generales y Superiores. Esta integrado por Oficiales Generales en Situacion de Actividad. Articulo 20º.- Consejos de Investigacion 20.1 Los Consejos de Investigacion son organos encargados de estudiar y determinar las acciones meritorias del personal o su responsabilidad administrativo-disciplinaria en casos de infraccion de las leyes y los reglamentos. 20.2 La composicion, el funcionamiento y las atribuciones de los Consejos de Investigacion seran establecidos por el reglamento respectivo. CAPITULO VI ORGANOS DE APOYO Articulo 21º.- Organos de Apoyo Los Organos de Apoyo estan encargados de administrar los recursos humanos, economico-financieros y logisticos, asi como los programas de bienestar y salud integral, el soporte tecnico y cientifico, las relaciones internacionales y otros que se establezcan, con el objeto de facilitar la actividad operativa y administrativa. Estan a cargo de Oficiales Generales o Coroneles de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad. CAPITULO VII ORGANO DE INSTRUCCION Y DOCTRINA Articulo 22º.- Direccion de Instruccion y Doctrina 22.1 La Direccion de Instruccion y Doctrina Policial es el organo encargado de planear, dirigir, organizar, coordinar, controlar y evaluar el sistema de instruccion policial en los niveles de formacion, capacitacion, especializacion, perfeccionamiento e investigacion cientifica, que debera ser integral. 22.2 Le corresponde formular, desarrollar, consolidar y difundir la doctrina policial para el cumplimiento de la Constitucion, el respeto a los derechos humanos y brindar un eficaz y eficiente servicio a la comunidad. Esta a cargo de un Oficial General de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad. CAPITULO VIII ORGANOS DE EJECUCION Articulo 23º.- Direcciones Especializadas 23.1 Las Direcciones Especializadas son organos de caracter sistemico, tecnico-normativo-ejecutivos. En asuntos de su competencia, intervienen de oficio o a requerimiento de las Jefaturas de Region, con conocimiento y autorizacion de la Direccion General, en todo el territorio nacional. Estan a cargo de Oficiales Generales o Coroneles de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad. 23.2 Las Direcciones Especializadas mantienen permanente coordinacion con las Jefaturas Especializadas que funcionen en los niveles regional, departamental y provincial. 23.3 El numero de las Direcciones Especializadas sera establecido por Resolucion Ministerial a propuesta del Director General. Articulo 24º.- Regiones Policiales 24.1 Las Regiones Policiales son organos que ejercen las funciones, atribuciones y competencias de la Policia Nacional del Peru en un determinado espacio geografico

del territorio nacional. Estan a cargo de Oficiales Generales o Coroneles de la Policia Nacional del Peru en Situacion de Actividad. 24.2 El numero y ambito territorial de las Regiones Policiales seran establecidos por Resolucion Ministerial a propuesta del Director General. TITULO IV REGIMENES ESPECIALES CAPITULO I REGIMEN DE PERSONAL Articulo 25º.- Ingreso a la Policia Nacional del Peru 25.1 El ingreso a la Policia Nacional del Peru se efectua por concurso. Se requiere ser peruano de nacimiento y cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento correspondiente. 25.2 La Policia Nacional del Peru esta constituida por personal policial, de servicios, personal con estatus de oficial y personal civil. Articulo 26º.- Categorias, jerarquias y MORDAZA El personal policial comprende las categorias, jerarquias y MORDAZA siguientes: 1. Oficiales Policias 1.1 Oficiales Generales - MORDAZA General - General 1.2 Oficiales Superiores - MORDAZA - Comandante - Mayor 1.3 Oficiales Subalternos - Capitan - MORDAZA - MORDAZA 1.4 Cadetes de la Escuela de Oficiales 2. Oficiales de Servicios 2.1 Oficiales Generales - General 2.2 Oficiales Superiores - MORDAZA - Comandante - Mayor 2.3 Oficiales Subalternos - Capitan - MORDAZA - MORDAZA 3. Personal con Estatus de Oficial 3.1 Oficiales Superiores - Comandante Maestro Armero - Mayor Maestro Armero 3.2 Oficiales Subalternos - Capitan Maestro Armero - MORDAZA Maestro Armero - MORDAZA Maestro Armero 4. Suboficiales Policias 4.1 Suboficiales - Suboficial Superior - Suboficial Brigadier - Suboficial Tecnico de 1ra. - Suboficial Tecnico de 2da. - Suboficial Tecnico de 3ra. - Suboficial de Primera - Suboficial de MORDAZA - Suboficial de Tercera 4.2 Alumnos de las Escuelas de Suboficiales 5. Especialistas de Servicios - Especialista Superior - Especialista Brigadier

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