Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 1999 (22/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Exp./ NOMBRE Y UBICACION DE LA Codigo ESTACION 41106099 Estacion de Telecomunicaciones Cerro Campana. Ubicacion: Cota: 545 m.s.n.m. Distrito: MORDAZA, provincia de MORDAZA y departamento de La MORDAZA Area de Servidumbre del Sistema: 305,00 m2 (incluye la MORDAZA metalica y area adyacente).
Coordenadas UTM ESTE - Centro de Torre: 17M0709378 - Vertice A: 17M0709390 - Vertice B: 17M0709390 - Vertice C: 17M0709384 - Vertice D: 17M0709372 - Vertice E: 17M0709372 - Vertice F: 17M0709381 - Vertice G: 17M0709381 NORTE 9119237 9119250 9119243 9119231 9119231 9119243 9119243 9119250

PROPIETARIO ESTADO

DATOS DE LA SERVIDUMBRE SERVIDUMBRE DE TRANSITO: implica el derecho de transitar por las rutas necesarias aledanas a la Estacion, con el fin de custodiar, mantener y reparar las instalaciones.

Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 296-99EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptese la renuncia formulada por la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. y, en consecuencia, cancelase la autorizacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 042-96-EM/VME, de fecha 25 de enero de 1996. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 15067

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ETECEN, debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ETECEN, debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 15098

Aprueban solicitud de empresa para reducir capacidad instalada en central termica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 682-99-EM/VME MORDAZA, 3 de diciembre de 1999 VISTO: El Expediente Nº 33005493, organizado por ELECTRO SUR ESTE S.A.A., sobre Autorizacion para desarrollar la actividad de Generacion en la Central Termica de Puerto MORDAZA, y la solicitud de reduccion de capacidad instalada formulada el 3 de noviembre de 1999, ingresada con Registro Nº 1259157; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 365-93-EM/ DGE, de fecha 31 de diciembre de 1993, se otorgo Autorizacion a favor de ELECTRO SUR ESTE S.A.A., para desarrollar la actividad de generacion termoelectrica, con una capacidad instalada de 5.13 MW, en las instalaciones de la Central Termica de Puerto MORDAZA, ubicada en el distrito de Puerto MORDAZA, de la provincia de Tambopata, del departamento de MORDAZA de Dios; Que, mediante documento presentado el 3 de noviembre de 1999, ingresado con Registro Nº 1259157, la empresa autorizada solicita la reduccion de la capacidad instalada, de 5.13 MW a 4.95 MW, manifestando como sustento que la composicion de la mencionada Central Termica ha variado por haber dado de baja a algunos grupos electrogenos y haber adquirido otros, conforme ha informado a la Direccion General de Electricidad mediante el documento presentado el 12 de octubre de 1999, ingresado con Registro Nº 1256749; Que, la empresa autorizada ha cumplido con las obligaciones a que se refiere el Articulo 6º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y la reduccion de la capacidad instalada materia de la presente Resolucion no perjudica el Servicio Publico de Electricidad; Estando a lo expuesto, y con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la reduccion de la capacidad instalada, de 5.13 MW a 4.95 MW, solicitada por la empresa autorizada ELECTRO SUR ESTE S.A.A. en la Central Termica de Puerto Maldonado. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT MORDAZA Ministro de Energia y Minas 15385

Cancelan autorizacion otorgada a empresa para desarrollar actividades de generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 660-99-EM/VME MORDAZA, 23 de noviembre de 1999 Visto el Expediente Nº 33061796 que incluye los documentos con Registro Nº 1259589, sobre renuncia de autorizacion para generacion de energia electrica en la central termica Chalhuanca; y la solicitud presentada por Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A.A. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energia y Minas expidio la Resolucion Ministerial Nº 042-96-EM/VME de fecha 25 de enero de 1996, otorgando autorizacion por tiempo indefinido a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A., para desarrollar actividades de generacion de energia electrica, en la central termica Chalhuanca, de 0,75 MW de capacidad instalada, de acuerdo al Articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, ubicada en el distrito de Chalhuanca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurimac; Que, la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electro Sur Este S.A. - ELECTRO SUR ESTE S.A.A., con Oficio G.950.99 y Registro Nº 1259589 de fecha 8 de noviembre de 1999, solicita renuncia a la autorizacion de generacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 042-96-EM/VME de fecha 25 de enero de 1996, de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del Articulo 69º del Reglamento del Decreto Ley Nº 25844 aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, de los Articulos 23º y 89º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS;

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