Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 1999 (24/12/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 129-98-EF; Que, sobre el particular la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas han opinado favorablemente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Articulo 5º del Decreto Supremo Nº 129-98-EF de acuerdo al siguiente texto: "Las cuotas semestrales e intereses que se mencionan en el articulo precedente seran cancelados por la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas". Articulo 2º.- Autorizase al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la modificacion que se establece en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 16047

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas 15969

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA a favor de ELECTROPERU S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 648-99-EM/VME MORDAZA, 19 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 11105199, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1254566 y 1258729, presentado por Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Habascocha, ubicada en el distrito de Apata, provincia de Jauja, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generacion de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Habascocha; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 275-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Habascocha, ubicada en el distrito de Apata, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, a favor de Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A.; con caracter permanente de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Exp./ Codigo Descripcion de la Servidumbre Area de Servidumbre Propietario

Precios FOB de referencia para la aplicacion de los derechos especificos correspondientes a la importacion de productos agropecuarios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 252-99-EF/15 MORDAZA, 22 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016-91AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importacion de ciertos productos agropecuarios esta sujeta a la aplicacion de derechos especificos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referencia para la semana comprendida entre el 13 y el 19 de diciembre de 1999; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios FOB de referencia para la aplicacion del derecho especifico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz BDTE 89 Arroz BDTK 218 Azucar SUGRCSCS 128

11105199 MORDAZA Habascocha COMUNIDAD 1) Obras Hidroelectricas. Area: 3 760 m2 CAMPESINA DE (presa y obras de Coordenadas UTM: CHICCHE afianzamiento hidrico) Este: 478 485,00 Norte: 8 698 747.20 AUQUICANCHA Este: 487 406.20 Norte: 8 698 537.50 Este: 478 401.65 Norte: 8 698 260.85 2) Embalses (mayor area inundable) Area: 142 700 m2

Del 13/12 al 19/12

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROPERU S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion.

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