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Pág. 181864 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de diciembre de 1999 Supremo Nº 01-99-SA, Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos del Ministerio de Salud. Que, mediante el Informe Nº 288-99-DISA-IV-LE/DG/ DESA, de fecha 16 de diciembre de 1999, la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental de esta Dirección de Salud recomienda el otorgamiento del Certificado de Habilitación para la Construcción, Habilitación, Conservación y Adminis- tración de Cementerios a favor de ETERNUM S.A.C., por cuanto dicho recurrente ha cumplido con demostrar la serie- dad, viabilidad y demás condiciones técnico-sanitarias para el Proyecto presentado, hechos también verificados por esta Dirección de Salud IV Lima Este. Al amparo de las funciones asignadas según el inciso f) del Artículo 20º de la R.M. Nº 805-92-SA/DM; Reglamento de Organización y Funciones de las hoy Direcciones de Salud de Lima y Callao. Estando a lo propuesto por la Dirección Ejecutiva de Salud Ambiental y con la opinión favorable de la Dirección Técnica Adjunta de la Dirección de Salud IV Lima Este. SE RESUELVE: Primero.- Conceder el Certificado de Habilitación para la Construcción, Habilitación, Conservación y Administra- ción del Cementerio "Padre Eterno" a ETERNUM SOCIE- DAD ANONIMA CERRADA (ETERNUM S.A.C.), que desa- rrollará su actividad sobre un área de 31,707.79 m2, ubicados en la Av. Plácido Jiménez; lote III, Ancieta Baja, distrito El Agustino, provincia y departamento Lima. Segundo.- El presente Certificado de Habilitación, no constituye la Autorización Sanitaria para el Funcionamiento del establecimiento y no exime al responsable de cumplir con las demás obligaciones que corresponden en otras entidades que involucre su actividad. Tercero.- El presente Certificado de Habilitación, cadu- cará automáticamente al año de su expedición si los recu- rrentes no hubieran obtenido la Licencia de Construcción por causas imputables al promotor, y queda sin efecto por cambio de propietario, razón social, actividad y lugar de funciona- miento. Regístrese y comuníquese. PABLO S. CORDOVA TICSE Director General Dirección de Salud IV Lima Este 15882 M T C Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 445-99-MTC/15.02 Lima, 23 de noviembre de 1999 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 13041004, 00435011, 00661011, 00794011, 9078004, 92155004, 28211004, 17153011, 13153011, 7600 y 3931, los Informes Técnicos Nºs. 072-97-MTC/15.15.pacv.lc, 329-97, 935, 937, 1010, 1011, 1012, 1017, 1025 y 1138-98-MTC/15.18.05.3 elaborados por la Subdirección de Otorgamiento de Licen- cias de Conducir y Memorandos Nºs. 161-97-MTC/15.15.pacv, 1602, 1404, 1405, 1471, 1472, 1473, 1474-98 y 897-99-MTC/ 15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial e Informe Legal Nº 399-99-MTC/15.18.01. CONSIDERANDO: Que, diversas Delegaciones de la Policía Nacional del Perú, Direcciones Regionales de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción de los Consejos Transitorios de Administración Regional, Ministerio de Relaciones Exte- riores y el Touring y Automóvil Club del Perú han remitido licencias de conducir a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, para la verificación correspondiente; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial ha procedido a revisar, a través de la Base de Datos del Centro de Cómputo, Antecedentes Registrales y PadrónGeneral a su cargo, la autenticidad de las licencias de conducir presentadas por las siguientes personas: APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIAS CAT. 1CANALES DEL AGUILA, Julio Eduardo Q-039297 A-II 2ROJAS ARIAS, Carlos Víctor G-341517 2-D 3SUAREZ ZEGARRA, Félix Rogelio G-364327 2-D 4POLO MARTINEZ, José Ernesto Q-019648 A-III 5ATOC SANCHEZ, Eusebio Q-089601 A-II 6ACUÑA FERNANDEZ, Dionicio G-321546 2-D 7SEGURA LOPEZ, Héctor Raúl G-345677 2-D 8SUCAPUCA BRAVO, Luis G. G-199865 2-E 9SALINAS VARA, Ricardo Fredy G-342084 2-D 10 DUANY ROJAS, Pedro Alfonso G-413918 2-B2 11 RASINAC RADOMIR G-402377 2-B2 12 AGUNI OYAFUSO, María Luisa G-367400 2-B1 Que, conforme se aprecia en los informes que sustentan esta resolución, la Subdirección de Otorgamiento de Licen- cias de Conducir y la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial han detectado que las numeraciones de las licencias de conducir presentadas por los sujetos antes men- cionados corresponden a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, por lo tanto se ha determinado que aquéllas son falsas; Que, los hechos descritos constituirían delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Ministe- rio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas referidas en el segundo considerando de esta resolución y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon- dientes contra las personas citadas en la parte considerativa de la presente resolución y los que resulten responsables, por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Dirección General de Circulación Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 15910 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 452-99-MTC/15.02 Lima, 26 de noviembre de 1999 VISTOS, el expediente de Registro Nº 22400011, Informe Nº 1555-99-MTC/15.18.05.3.smp elaborado por la Subdirec- ción de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Informe Legal Nº 433-99-MTC/15.18.05.AL; CONSIDERANDO: Que, la Dirección Regional de Transportes, Comunica- ciones, Vivienda y Construcción de Ayacucho mediante Ofi- cio Nº 408-99-CTAR-AYAC./DRTCV/DCT-LICON, ha remiti- do a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial, la Licencia de Conducir Nº G-231459, clase 2, categoría D a nombre del señor LAGOS ORE, Máximo, para su verificación correspondiente; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial ha procedido a revisar, a través de la Base de Datos de Conductores, Antecedentes Registrales y Padrón General a su cargo, la autenticidad de la licencia de conducir Nº G- 231459, clase 2, categoría D a nombre del señor LAGOS ORE, Máximo; Que, conforme se aprecia en el informe que sustenta esta resolución, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Auto- motor y Circulación Vial ha detectado que el número de la licencia de conducir presentada por el sujeto antes mencionado corresponde a otra persona que resulta ser el verdadero titular, por lo tanto se ha determinado que aquélla es falsa; Que, los hechos descritos constituirían delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando