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Pág. 181854 NORMAS LEGALES Lima, viernes 24 de diciembre de 1999 Regístrese, comuníque se y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 15088 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 657-99-EM/VME Lima, 23 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 11105299, que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1254565 y 1258729, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., soli- citando la imposición de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custo- dia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Tipicocha, ubicada en el distrito de Apata, provin- cia de Jauja, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generación de energía eléctrica, en mérito de las Resolu- ciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado la imposición de las servidum- bres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Tipicocha; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Artí- culo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 276-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas y de tránsito para la custo- dia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Tipicocha, ubicada en el distrito de Apata, provin- cia de Jauja, departamento de Junín, a favor de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A.; con carácter perma- nente de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cua- dro: Exp./ Descripción de la Area de Propietario Código Servidumbre Servidumbre 11105299 Laguna Tipicocha COMUNIDAD 1)Obras Hidroeléctricas. Area: 2 920 m2 CAMPESINA DE (presa y obras de Coordenadas UTM: CHICCHE afianzamiento hídrico) Este: 476 405.70 Norte: 8 701 490.90 AUQUICANCHA Este: 476 566.90 Norte: 8 701 524.70 Este: 476 771.30 Norte: 8 701 716.20 2)Embalses Area: 103,880 m2 (mayor área inundable) Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTROPERU S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTROPERU S.A., deberá velar perma- nentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 15089RESOLUCION MINISTERIAL Nº 658-99-EM/VME Lima, 23 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 11105399, que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1254567 y 1258729, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., soli- citando la imposición de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custo- dia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Tranca Grande, ubicada en el distrito de Apata, provincia de Jauja, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generación de energía eléctrica, en mérito de las Resolu- ciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado la imposición de las servidum- bres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Tranca Grande; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Artí- culo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 295-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas y de tránsito para la custo- dia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Tranca Grande, ubicada en el distrito de Apata, provincia de Jauja, departamento de Junín, a favor de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A.; con carác- ter permanente de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Exp./ Descripción de la Area de Propietario Código Servidumbre Servidumbre 11105399 Laguna Tranca Grande COMUNIDAD 1)Obras Hidroeléctricas. Area: 1 256,00 m2 CAMPESINA DE (presa y obras de Coordenadas UTM: CHICCHE afianzamiento hídrico) Este: 475 672.50 Norte: 8 702 670.00 AUQUICANCHA Este: 475 854.70 Norte: 8 702 785.50 2)Embalses Area: 222,165 m2 (mayor área inundable) Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTROPERU S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTROPERU S.A., deberá velar perma- nentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 15090 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 659-99-EM/VME Lima, 23 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 11105499, que incluye los docu- mentos con Registros Nºs. 1254568 y 1258729, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., soli- citando la imposición de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custo-