Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 1999 (24/12/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 181869

VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 00634011, 02084011, 03675011 y 03479011, organizados en torno a la infraccion al Reglamento de MORDAZA por manejar vehiculos automotores sin licencia de conducir, Informes Tecnicos Nºs. 2053, 2026, 2040 y 2046-99-MTC/15.18.05.3.smp elaborados por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencia de Conducir y Memorandos Nºs. 2904, 2857, 2903 y 2902-99-MTC/ 15.18.05 de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Delegaciones de la Policia Nacional del Peru han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial oficios donde ponen en conocimiento haber intervenido a conductores de vehiculos motorizados en los operativos de control de MORDAZA, quienes carecian de licencia de conducir, siendo las personas involucradas las siguientes:
APELLIDOS Y NOMBRES LIC. COND. INFRACCION F. INICIO

VISTOS, el Expediente de Registro Nº 04930010 organizado por la empresa de transportes EXPRESO TURISMO LOS MORDAZA S.R.L., sobre concesion de ruta: MORDAZA - PUQUINA y viceversa e Informe Nº 927-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA - PUQUINA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 927-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del Reglamento y lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRESO TURISMO LOS MORDAZA S.R.L. la concesion de ruta: MORDAZA - PUQUINA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA FLOTA VEHICULAR : MORDAZA - PUQUINA y viceversa : MORDAZA : PUQUINA : POCSI-POLOBAYA-TALAMOLLE-ORLAQUE-SANTA ROSA-CHACAHUAYOCHUNUHUAYO : Una semanal : Dos omnibus

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Ray

No Tiene No Tiene No Tiene No Tiene

F-1 F-1 F-1 F-1

19.2.99 26.4.99 2.9.99 20.8.99

Que, los conductores indicados en el considerando anterior, han infringido lo dispuesto en el literal F-1 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al CONDUCIR VEHICULOS MOTORIZADOS SIN HABER OBTENIDO LA CORRESPONDIENTE LICENCIA DE CONDUCIR, siendo por lo tanto pasibles a la sancion administrativa de inhabilitacion por el termino de tres (3) anos para obtener licencia de conducir establecida en el literal e) del Articulo 6º del Reglamento acotado, por lo tanto es necesario dictar el acto administrativo correspondiente; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandos Nºs. 2904, 2857, 2903 y 2902-99-MTC/15.18.05. y de Asesoria Legal en Informe Nº 488-99-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26322, modificatoria del Articulo 111º del Decreto Legislativo Nº 420, Reglamento para obtener Licencia de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta Resolucion, con INHABILITACION por el termino de tres (3) anos, para obtener nueva licencia de conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o la fecha de remision de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion y control de esta Resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15904

FLOTA OPERATIVA : Un omnibus: UH-4563 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: UH-2211 (1980) HORARIOS : Salidas de Arequipa: Lunes a las 5.30 a.m. Salidas de Puquina: Miercoles a las 5.00 a.m.

La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 15952 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3048-99-MTC/15.18 MORDAZA, 6 de diciembre de 1999 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05350010 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES CISNES EXPRESS E.I.R.LTDA. - "EMPRECISNES E.I.R.LTDA." sobre Concesion de Ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa e Informe Nº 948-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;

Otorgan concesion a empresas para prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 3043-99-MTC/15.18 MORDAZA, 6 de diciembre de 1999

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.