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Exp./Código SalidaLlegada del camino de acceso Propietario Tipo Longitud (kWAncho de la faja (m.) Artículo 2”.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3”.- ELECTROPERU S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, que- dando suieta ala resoonsabilidad civil nertinente en caso de incumpli;niento. ’ Artículo 4”.- ELECTR0PERUS.A.. deberávelar perma- nentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5”.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 1522711074998 Carretera existente - Laguna TUNSHU da en el distrito de San José de Acobambilla, provincia y departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generación de energía eléctrica, en mérito de las Resolu- ciones Supremas N’k. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado imposición de servidumbres de ;mglses y de obras hidroeléctricas en la laguna ANGASCO- Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el inciso a) del Artículo 110” y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley N” 25844) y el Artículo 220” y siguientes de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N” 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable N” 199-9%EIWDGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; RESOLUCION MINISTERIAL SE RESUELVE: W 6259%EMA’ME Lima, 21 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente N” 11074098, que incluye los docu- mentos con Registros N”s. 1203226, 1203228 y 1210281, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., solicitando imposición de servidumbres de embalses y de obras hidroeléctricas en la laguna ANGASCOCHA, ubica-Artículo lo.- IMPONER las servidumbres de embal- ses y de obras hidroeléctricas en la laguna ANGASCO- CH+, ubicada en el distrito de San José de Acobambilla, provmcia y departamento de Huancavelica, a favor de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A.; con carácter permanente de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: ExpKódigo 11074098Descripción de la Servidumbre LagunaANGASCOCHA 1) OBRAS HIDROELECTRICAS (instalaciones y obras de afianzamiento hidricoi 2) EMBALSES (mayor área inundable)Area de Servidumbre AREA: 8 160,352 m2 COORDENADAS UTM: Al : Este: 453 931,444 Norte: 8601043,876 A2 : Este: 453 676,170 Norte: 8601009,443 A3 : Este: 453834,914 Norte: 8601077.884 Al7 : Este: 453 909,519 Norte: 8601 166,772 AREA: 200 282,352 m2 Artículo 2”.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno eiercicio de las servidumbres coñstituidas._ ” Artículo 3”.- ELECTROPERU S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, que- dando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo4”.-ELECTR0PERUS.A.. deberávelaroerma- nentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5”.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 15228 RESOLUCION MINISTERIAL No 626-98-E- Lima, 21 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente N” 11071798, que incluye los docu- mentos con Registros Ws. 1201695, 1203760 y 1209227, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERUPropietario Comunidad CamSpAeNina MARTINTipos de Terreno Tierras aptas para pastoreo S.A., solicitando la imposición de las servidumbres de embal- ses, de obras hidroeléctricas y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la laguna NORMA, ubicada en el distrito de Canchayllo, pro- vincia de Jauja, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generación de energía eléctrica, en mérito de las Resolu- ciones Supremas NOs. 058-94.EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado imposición de las servidum- bres de embalses, de obras hidroeléctricas y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instala- ciones en la laguna NORMA, Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a) y D del Artículo 110” y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley N” 25844) y el Artí- culo 220” y siguientes de su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N” 009-93-EM; Que, la Dirección Genera1 de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable N” 173-98-EhWDGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo lo.- IMPONER las servidumbres de embalses, de obras hidroeléctricas y de tránsito para la custodia, conserva-