Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 1999 (02/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

cj Manifestar expresamente la intencion de inscribirse o permanecer en el Sistema Sacional de Pensiones - SNP, dentro de los 10 dias habiles de haber iniciado sus actividades labOrales. Articulo 2".- Aprobar el formato de Declaracion de I n s c r i p c i o n y P e r m a n e n c i a a l S i s t e m a Sacional d e Pensiones F-200, el mismo que tiene caracter de Declaracion Jurada y que como Anexo 2 forma par:e integrante de la presente revolucion. Articulo :Y.- El procedimiento y el formato aprobados por la presente resolucion entraran en vigencia a partir del 1 de febrero de 1999, siendo de aplicaclon para todos los trabajadores que cumplan simultaneamente con los. requisitos establecidos en el .4rticulo 1" de la presente resolucion. Las aportacione- que realicen las entidades empleadoras al SNP por los trabajadores MORDAZA aludidos, que no cumplan previamente con el procedimiento establecido en la presente resolucion, no tendran x-ahdez para efectlJs pensionarios en el SNP. considerandose estos como aportes indebidos de la entidad empleadora. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA AMEZAGA *Jefa MORDAZA

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2. En caso que el trabajador no este inscrito en ningun sistema de pensiones, la entidad empleadora comunica al trabajador los requisitos legales para la inscripcion en los sistemas de pensiones vigentes. 3. Si el trabajador no desea afiliarse a una AFP y desea inscribirse o manten~trse en el SNP, debera comunicarlo a la entidad empleadora e iniciar su tramite de inscripcion ante la ONP. LI. El trabajador solicita MORDAZA de trabajo a su entidad empleadora la que debera contener la siguiente informacion:
l Datos de entidad empleadora: RUC. nombre o razon social, direccion. nombre y firma del representante autorizado y fecha de emision de la MORDAZA y el departamento donde se encuentra ubicado el domicilio fiscal de la entidad empleadora. l Datos del trabajador : Nombres y apellidos, MORDAZA y numero de documento de identidad y fecha de inicio de labores.

ANEXO 1 DE LA RESOLUCION JEFATURAL N" 1 1%9%dEFATURA' ONP PKOCEDIMIENTO DE INSCRIPCION Y PERMANENCLA EN EL SISTEMA NACIONAL
DE PENSIONES

5. El trabajador se presenta a la ONP para proceder a la inscripcion o ratificacion de permanencia en el Sistema Nacional de Pensiones y solicita el Formato F.200. 6. El trabajador se identificara ante la ONP mediante la MORDAZA de algun documento de identidad, cuyo numero sera registrado por la ONP en el Formato F.200y procediendo a entregar el formato al trabajador. i'. El trabajador consigna la informacion solicitada en el F.200, a excepcion de los MORDAZA "Firma del trabajador" y "Huella digital del trabajador". 8. El trabajador presentara a la ONP lo siguiente:
l El F.200 llenado correctamente y los siguientes documentos sustentatorios: l Fotocopia simple de su documento de identidad, y l La MORDAZA de trabajo en original emitida por la entidad empleadora.

Definiciones
relacion de depend..wcw hajo el regimen de planilla, con alguna entidad c~ml~lradorn.

Trabajador: Empleado II obrero con vinculo laboral en

Entidad Empleadora: Entidad, empresa o institucion con la cual el trabajador establece un vinculo laboral en relacion de dependrncia. SNP SPP
ONP II'SS : Sistenm Nacional de Pensiones : Sistema Privado de Pensiones : Oficina de Normalizacion Previsional : Instituto Peruano de Seguridad Social : Administradora de Fondos Ile Pensiones : Formaro dc Inscripcion y Permanencia al Sistema Nacional de Pensiones.

9. La ONP recibe el F.200, los documentos sustentatorios y solicita al trabajador que registre `a la vista' su firma y huella digital en el F.200. 10. La ONP realiza la verificacion de todos los datos del Formato F.200 confrontando con la informacion que contiene el documento de identidad y la MORDAZA de la entidad empleadora. 11. La ONP aprobara automaticamente la inscripcion al SNP. mediante el MORDAZA delF.200 en original y sus 2 copias:
l Si los datos del formato se encuentran correctamente consignados y corresponden a los documentos sustentatorios del trabajador (dociimrnto de identidad y MORDAZA de trabajo). l Si no han transcurrido mas de diez dias habiles de iniciadas las labores del trabajador.

AFP F.200

12. No se aprobara las inscripciones al SNP en los siguientes casos:
l Si el F.200 tiene enmendaduras o tachaduras o se encuentra deteriorado, l Si el trabajador omite consignar alguno de los datos solicitados en el F.200, o l Si han transcurrido mas de 10 dias de la fecha de inicio de labores en la nueva entidad empleadora, comparando con la fecha senalada en el F.200 y en la MORDAZA de trabajo.

Instrucciones Generales
1. El siguiente procedimiento es de aplicacion para los
slgulentes casos:
l Cuando un trabajador inicie por primera vez suvinculo laboral con alguna entidad empleadora en relacion de dependencia. l Cada vez que un trabajador afiliado al Sistema Nacional de Pensiones Inicie un vinculo laboral con una nueva entidad empleadora en relacion de dependencia.

13. El F.200 consta de un original y dos copias los cuales seran distribuidos posteriormente a la aprobacion por parte de la ONP de la siguiente forma: Original: ONP MORDAZA 1: Trabajador, servira como MORDAZA de su inscripcion al SNP l MORDAZA 2: Entidad empleadora
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2. Con la tinalid:id que la inscripcion dtamuestre la voluntad expresa del trab;i)ador. el tramite senalado en el presente procedimiento eS personal y debera ser realizado ~exclusivamente por el trabajador. 3. La inscripcion deber5 realizarse en un plazo improrrogable de diez dias h;ihiles a partir del inicuo de labores en la entidad empleadora

14. La entidad empleadora recibira la MORDAZA F.200 del trabajador, solo si ha sido visada rsellada) por la ONP. 15. La entidad empleadora podra realizar los pagos al SNP y presentar el Formato IPSS N" 2001- Declaracion JuradadeTrabajadores,indicandoal trabajadorcomoinscrito en el SNP, solo si el trabajador ha seguido con el tramite Instrucciones Especificas detallado en el presente procedimiento y le ha proporcionado el Formato F.200. 1 El trabajador, al ingresar a laborar hrinda ala entidad 16. La ONP no considerara validas las declaraciones y empleadora sus datos personales y antecedentes previsionapagos realizados al SNP por parte de las entidades empleales; si se encuentra afiliado a una AFP, no le es aplicable el doras de trabajadores que no se inscribieron al SNP medianpresente procedimiento ~te el tramite senalado en el presente procedimiento.

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