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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 1999 (05/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

ta, para lo cual el Gobierno de los Estados Unidos de América otorga, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID) una donación de alimentos, para ser distribuida a través de CARITAS del Perú, ADRA/OFASA del Perú, CARE/Perú, la Asociación Benética PRISMA y TechnoServe, Organizaciones Privadas sin Fines de Lucro que ejecutan en el país Programas del Título II de la Ley Pública N” 480 promulgada por el IGobierno de los Estados Unidos de América; Que, el inciso k) del Artículo 2” del Decreto Legislativo N” 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 821 y el Decreto Supremo N” 099-96-EF y normas modifica- torias; y, Estando a 10 acordado; SE RESUELVE: Artículo I”.- Aprobar la donación efectuada por el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de la Agencia para el Desarrollo Internacional (USAID), en favor del Gobierno Perua- no, consistente en alimentos, con un valor aproximado de US$54 602 973,OO (Cincuenta y Cuatro Millones Seiscientos Dos Mil Novecientos Setenta y Tres y OO/100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 100 649 TM. Dicha dona- ción será distribuida entre CARITAS del Perú, ADRAJOFASA del Perú, CAREIPerú, la Asociación Benéfica PRISMA y TechnoSer- ve en el marco del Convenio de Donación de Ayuda Ahmentaria del Título II para Monetización y Distribución Directa. Artículo 2”.- Compréndase ala donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inci*o k) del Artículo 2” del Decreto Legislativo N” 821. Artículo 3”.- El Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano a través del Proerama Nacional de Asisten- cia Alimentaria - PRONAA, a efe& de cumplir con el segui- miento y evaluación de las actividades de desarrollo y apoyo alimentario en el ámbito del Convenio suscrito entre el Gobierno del Perú y cl Gobierno de los Estados Unidos de América, requerirá a las Organizaciones Privadas sin Fines de Lucro, la remisión de información relacionada con los Programas y con los beneficiosa su cargo, así como también, aquella que a su eonside- ración resulte indispensable para el cumplimiento de la labor encomendada. Artículo 4”.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 5”.- La presente Resoluciún Suprema será refren- dada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquew Rúbrica del ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República MIRIAM SCHENONE ORDINOLA Ministra de Promocidn de la Mujer y Desarrollo Humano JORGE BACA CAMPODONICO Ministro de Economía y Finanzas 0072 Convocan a entidades que manejan operaciones de endeudamiento inter- no y externo para conciliar con la Di- rección General de Crédito Público los desembolsos que hayan recibido has- ta el 31112198 RESOLUCION DIRECTORAL N” 001~99-EFi75.01 Lima, 4 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante las Leyes N”s. 26892 y 26893 de fecha 10 de diciembre de 1997, se aprobaron las Leyes de Equilibrio Financie- ro del Presupuesto del Sector Público y de Endeudamiento Externo del Sector Público para 1998, respectivamente; Que, el Artículo 12”de laLeyN”26892ylaQuintaDisposición Complementaria de la Ley N” 26893, establecen que las entidades que administren operaciones de Endeudamiento Interno y Ex- terno están obligadas a conciliar con la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas, losdesembolsos que reciban hasta el 31 de diciembre de 1998, estableciéndose corno plazo máximo el 31 de enero de 1999, bajo responsabilidad del Titular de la entidad u órgano correspon- diente; De conformidad con el Decreto Legislativo N” 560, la Ley N 26892 y la Ley N” 26893; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Convocar, según cronograma que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral, a las entidades que manejan operaciones de Endeudamiento Interno y Externo, para conciliar con la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas los desembolsos que hayan recibido hasta el 31 de diciembre de 1998, bajo la responsabilidad del Titular de la entidad u órgano correspon- diente, de acuerdo con lo establecido en las Leyes N”s. 26892 y 26893, respectivamente. Regístrese y comuníquese. JOSE F. LITUMA AGUERO Director General de Crédito Público CRONOGRAMA DE CONCILIACIONES DE LOS INGRESOS POR ENDEUDAMIENTO INTERNO Y EXTERNO CON GARANT L4 DEL GOBIERNO CENTRAL AL 31-12-96 DIAS SECTORES (‘) 22/1/99 22/1/99 25/1/99 2511199 2511199 2611199 2Mí199 2611199 27/1/99 2711199 2811199 28/1/99 29/1/99 2911199GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNOS LOCALES MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS MINISTERIO DE TRABAJO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS MINISTERIO DE TRANSPORTES, COM., VI’/ Y CONST. MINISTERIO DE SALUD MINISTERIO DE EDUCACION MINISTERIO DE PROMOCION DE LA MUJER Y DEL D.H. MINISTERIO DE AGRICULTURA MINISTERIO DE DEFENSA EMPRESAS PUBLICAS NO FINANCIERAS E INSTITUCIONES PUBLICAS (‘) INCLUYE LOS PROYECTOS ESPECIALES QUE CORRESPONDEN A CADA SECTOR Aprueban Calendario de Compromi- sos del mes de enero de 1999 RESOLUCION DIRECTORAL W 961.99EF/76.01 Lima, 4 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N” 043-9%EF/76.01 se aprobó la Asignación Trimestral correspondiente al Primer Tri- mestre de 1999 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. para la ejecución de gastos de los Pliegos Presupues- tarios, la misma que recoge el nivel de recursos disponibles para el Calendario de Compromisos del mes de enero de 1999; Que, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 32” de la Ley N” 26703 de Gestión Presupuestaria del Estado, modificado por el Artículo 1” de la Ley N” 26884, la ejecución de gastos de los Pliegos Presupuestarios, se efectúa mediante los Calendarios de Compromisos. teniendo en cuenta la asignación presupuestaria trimestral, los ajustes del programa económico y la programación mensual de compromisos informada por los Pliegos Presupuesta- rios por las distintas fuentes de financiamiento; Que, la Quinta Disposición Transitoria y Complementaria de la Ley N” 27013 del Presupuesto del Sector Público para 1999, dispone que para el inicio de la Ejecución Presupuestaria 1999, la Dirección Nacional del Presupuesto Público aprueba de Oficio el Calendario de Compromisos del mes de enero de 1999; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 32” y 33” de la Ley N” 26703 Ley de Gestión Presupuestaria y su modiíicato- ria Ley N” 26884, la Quinta Disposición Transitoria y Comple- mentaria de la Ley N’ 27013 y el Artículo 20” de la Directiva N 001.99.EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral N” 044- 9%EFi76.01; SF RESUFLVF:3 J , Artículo la.- Aprobar el Calendario de Compromisos del mes de enero de 1999, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente resolución.