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En los ~>rocesos penales en trámite por los delitos señala- dos en este artículo; el Juez requerirá de inmediato, opinión fundamentada de COFOPRI. La Autoridad Judicial. una vez rrcibido el informe técnico, podrá sobreseer definiti’vamente el proceso. QUINTA.- Precísase que el control contable de los terrenos que son asignados por el Estado, en favor de la COFOPRI, como titular de los mismos, corresponde a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales. En este sentido COFOPRI únicamente realizaráel control administrativo interno de esos terrenos, el mismo queefectuará a través de su regist.m en el Registro Predial Urbano. SEXTA.- Prorrógase lo dispuesto por el Artículo 34” del Decreto Legislativo irs’ 803 por 2 (dos) años. contados desde que culmine el plazo previsto en dicha norma. SETIMA.- Todas las resoluciones que emita COFOPRI en la ejecución de sus funciones, así como los títulos, contratos u otros documentos que formalice, tienen mérito suficiente para su inscripción en los registros públicos, previa califica- ción registraI.- OCTAVO.- Derógase del Decreto Legislativo N” 495 los inci- sos a) y b), segundo y tercer párrafo del Artículo 8”, Artículos 9”, 10”. 13”. 17”. 18°. 19” y 20° referidos a la inscripción de derechos de posesión en el Registro Predial Urbano; así como los Artículos 26°. 27”. 28°, 29°, 30° y 31” referidos a la Hipoteca Popular o Posesoria y los Artículos 38°. 39°. 40°. 41”. 42” y 43” relativos ala Ejecución judicial de la Hipoteca. N VE k- El plazo a que se refiere la Cuarta Disposición Comptme!taria y Final de la Ley N” 26845 es el contemplado en el Artículo 2O° del Decreto Legislativo N°803 y sus modificatorias. Extiéndese la aplicación de dicha disposición a los programas estatales y municipales de vivienda. DECIMA.- Mientras no se aprueben las normas reglamenta- rias de esta Ley, COFOPRI seguirá aplicando las normas vigen- tes. Derógase la cuarta disposición transitoria y complementaria de IR Ley N” 26676 y los Artículos 7”. 14” y 37° del Decreto Legislativo N° 803. DECIMO PRIMERA.- COFOPRI elaborará el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 803, que será aprobado Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Congreso de la República RICARDO MARCENAR0 FRERS Primer Vicepresidente del Conb~eso de la República AL SEÑOR PRES1l~ENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando SC publique y cumpla Dado en la Cesa de Gobwrno, en Lima, a los treintiún días del mes (11~ diciembre de m11 novecientos noventa y ocho. ALBERTO PUJlMORl FUJIMORI I’reaider~te Constitucional de la República RLt3EIWO PANI~OLl~l AILBLJLU l’residcnte del Consejo de Ministros ANTONIO I’AL’CAR C:ARIIIA.JAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y C!onstrucción PCM Encargan a Comisión la calificación de solicitudes de pensiones de gracia de los ex plebiscitarios de Tacna y Arica RESDLUCION SUPREMA W 757-98-PCM Lima, 31 de diciembre de 1998 CONSlDEI¿ANDO: Que. mediante el Decreto Supremo N” 026-93-PCM, se cons- tituyó la Comisión encargada de calificar los merecimlentos de Pensiones de Gracia en la Presidencia del Consejo de Ministros;Que, en razónala solicitud de numerosos ciudadanos pidwn- io se les otorgue Pensión de Gracia por so participación en la Campaña Plebiscitaria de Tacna y Arica. resulta pertinente sncargar la calificación de los expedientes a la comisi«n antes menciõnadn; Deconformidad con lodispuestoproel Dec~.etoI~gislativ~)N”5~öO. SE RESUELVE: Artículo lo.- Encargara la Comisión constituida mediante el Decreto Supremo N” 026-93-PCM, la ralilicación de las solicitu- des de Pensiones de Gracia de los ex plebiscitarios de Tacna y Arica y proponer su otorgamiento. Articdo2°.- Lacomisión antescitada tendrá un plazodc I X0 días contados a partir de la publicacik de IU presento Resoluriím Suprema para cumplir con las funciones encomendadas y elevarel Informe Final correspondiente. Artículo 3”.- La presente Resolución Suprema ser;i refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 0999 Autorizan viaje de representante del Comité Gestor del Instituto Peruano de Comercio Electr6nico. a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA N” 758-98-PCM Lima, 31 de diciembre de 199X Visto el Oficio N” 513-9&l’ROMPEX/GG del Gerente Gcne- ral de la Comisión para la Promoción de Exportaciones PROMPEX; y, CONSIDERANDO: Que,elMinisteriodeIndustria,Turismo,Integraci6nyNego- ciaciones Comerciales Internacionales ha formalizado la invita- ción ala Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROM- PEX, para que un representante del Comité Gestor del Instituto Peruano de Comercio Electrónico turticiue en ta “Reunión del Comité Conjunto de Expertos del tiobierk y del Sector Privado sobre Comercio Electrónico del Acuerdo de Libre Comercio d+l las Américas - ALCA”, la misma que se realizará on la ciudad dr Miami _ Estados Unidos de América, del 5 al 8 de enero de 1999; De conformidad con lo dispuesto por et 1kcrel.o Supremo N” 053-84-PCM, Decreto Supremo N” 074~X5-PCM, Decreto Supre- mo N” 135-90-PCM y Decreto Supronro N’ 037.91.J’CM: SE RESUELVE: Artículo l”.- Autorizar el viaje del Sr. Hugo Gatlcgus Cnsti- 110, representante del Comité Gestor del 1nstitut.o l’t~ruano de Comercio Electrónico, ala ciudad dr Miann Estados Umdos de América, del 4 al 8 de enero de 1999, para los lines espucston en la parte considerativa de la presente resolucitin. Artículo 29- Los gastos que ocasione el cumplimiento dr la presente resolución, serán con cargo al Presupuesto drl Pliego 008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Swtor 01 l’rcsi- dencia de Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 001 (kmisión para la Promoción de Exportaciones. Funckin ll Industria, Comer- cio y Servicio, Programa 040 Comelrio, Subpm~~“ama 0 110 Promo- ción Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: _ Pasajes : US$ 700.00 -Viáticos : US$ 600.00 Artículo 3”.- El representante antw mencionado, en el término de diez (10) días útiles, contados a partir de su retorno al aís, deberá elaborar y bresentar un informe a ta Presidencia de ROMPEX, en el cualj ..,escrIbIra las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el citado evcnbo. Artículo 4”.- La presente resolución no da delrcho n cxo- neración de impuestos o de derechos aduaneros, de ningun:l clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíqucsc. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de Ia Reptiblica ALBERTO PANDOLFI ARBULU Presidente del Consejo de Ministros 0070