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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 1999 (06/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 168315 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el 14 de enero de 1993 el Consejo Transitorio de Administración Regional de la Región Nor Oriental del Marañón -CTAR RENOM- celebró con el consorcio "SOIN- CO S.A.C.I. - Balarezo Contratistas Generales S.A. y Aso- ciado", el Contrato de Ejecución de Obra para la termina- ción del proyecto "Sistema Eléctrico Regional Bagua-Jaén" consistente en la culminación de las obras de las Centrales Hidroeléctricas "La Pelota" ubicada en el distrito de Jaén de la provincia de Jaén del departamento de Cajamarca; y, "El Muyo" ubicada en el distrito Muyo de la provincia de Bagua del departamento de Amazonas; Que, asimismo en el referido contrato se pactó la ejecu- ción de la Línea de Subtransmisión en 60 KV que interco- necta la Central Hidroeléctrica "El Muyo" con las ciudades de Bagua Chica, Bagua Grande y Jaén, la Línea de interco- nexión en 10 KV entre la Central Hidroeléctrica "La Pelota" y la Central Térmica de Jaén y las subestaciones Muyo, Bagua Grande, Bagua Chica, Jaén y La Pelota; Que, mediante Decreto Supremo Nº 188-92-EF se apro- bó el otorgamiento de la garantía de la República a la operación de endeudamiento externo concertada entre el Gobierno de la Región Nor Oriental del Marañón y la firma SOINCO S.A.C.I. de Argentina hasta por el monto de US$ 11 859 844,00 destinado a financiar las obras de la I Etapa del Proyecto "Sistema Eléctrico Regional Bagua-Jaén", cuyo servicio de deuda viene siendo atendida por la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas en calidad de honra de aval; Que, mediante la Ley Nº 26922 del 2 de febrero de 1998 se constituyeron los Consejos Transitorios de Administra- ción Regional (CTAR) en cada uno de los departamentos del país, entre los cuales se crearon el CTAR Amazonas, corres- pondiente al departamento de Amazonas, el CTAR Lamba- yeque, correspondiente al departamento de Lambayeque y el CTAR Cajamarca, correspondiente al departamento deCajamarca, derogando expresamente la Ley Nº 24874 que creó la Región Nor Oriental del Marañón que comprendía, hasta ese momento, el área geográfica de dichos departa- mentos; Que, las referidas obras hidroeléctricas, líneas de sub- transmisión, así como las subestaciones mencionadas en los considerandos precedentes, están ubicadas dentro del ámbito geográfico de los departamentos de Amazonas y Cajamarca, pertenecientes a partir de la vigencia de la Ley Nº 26922 a los CTAR Amazonas y Cajamarca; Que, es necesario concluir con el proceso de liquidación de los contratos del proyecto "Sistema Eléctrico Regional Bagua-Jaén" y que, por consiguiente se autorice al CTAR Lambayeque para ejecutar el proceso de liquidación corres- pondiente, facultándolo a realizar todas las acciones perti- nentes durante y después de la liquidación, en caso que de la misma se deriven derechos y obligaciones contractuales por cumplir; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 19) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Autorízase al Consejo Transitorio de Ad- ministración Regional de Lambayeque para que efectúe la liquidación de los contratos a que se refiere la parte consi- derativa del presente Decreto de Urgencia, facultándolo para que, en nombre y representación de la entidad contra- tante, se apersone al proceso de liquidación y dentro de éste y conforme a ley realice todos los actos jurídicos pertinentes, incluyendo la ejecución de todas las obligaciones, así como el ejercicio de todos los derechos y acciones derivados del contrato. Los gastos que se generen por efectos de la Liquidación a que se refiere el párrafo precedente, serán asumidos por MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 001-99-EF/76.01 PLAZOS PARA LA APROBACION Y PRESENTACION DE LOS PRESUPUESTOS INSTITUCIONALES DE APERTURA Y DOCUMENTACION ANEXA 1. La Dirección Nacional del Presupuesto Público recuerda a los Pliegos Presupuestarios, comprendidos en el Artículo 4º de la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, que tienen como fechas máximas para la aprobación y remisión de los Presupuestos Institucionales de Apertura, las siguientes : •Fecha de Aprobación : 11 de enero de 1999 •Fecha de Remisión : 18 de enero de 1999 2. La Resolución que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego, debe estar acompañada por : •El "Reporte Oficial" remitido en su oportunidad por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, debidamente suscrito por el Jefe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego. •Los Formatos 1 al 8 "Gastos de Personal" contenidos en la Directiva Nº 001-99-EF/76.01, los cuales deben detallar : -El número de servidores y funcionarios (nombrados y contratados) registrados nominalmente en las planillas de pago, al 31 de diciembre de 1999. -El número de pensionistas a cargo de la Entidad, al 31 de diciembre de 1999. -El número de personal contratado con cargo a Proyectos de Inversión, Organismos Internacio- nales y por servicios no personales (Personas Naturales y Jurídicas), al 31 de diciembre de 1999. Cada uno de los Formatos debe registrar el correspondiente detalle de la previsión de gastos de acuerdo al requerimiento de información que contiene cada uno de ellos. 3. Adicionalmente, debe recordarse que la precitada información se remite al Congreso de la República, a la Contraloría General de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Lima, enero de 1999. DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 0092