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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 1999 (06/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 168327 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 6 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM del 14 de mayo de 1993, se constituyó la Dirección Ejecutiva de Proyectos, como un órgano del Ministerio de Energía y Minas, con autonomía técnica, administrativa y financiera, para la ejecución de proyectos electromecánicos destinados a la ampliación de la frontera eléctrica, principalmente en áreas rurales y de extrema pobreza; Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, establece que cada entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que será aprobado por la máxima autori- dad administrativa, antes de iniciado el año calendario; Que, la Dirección Ejecutiva de Proyectos ha propuesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para 1999, en el cual consolida la información de las licitaciones y concursos públicos que realizará en el año fiscal, el mismo que resulta necesario aprobar; De conformidad con la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado y su reglamento, apro- bado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, y el Artículo 8º del Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para 1999, de la Dirección Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones aprobado por el artículo prece- dente, sea puesto a disposición del público de conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 0013 SALUD Otorgan plazo para que hospitales públicos y privados concluyan sus pro- cesos de autoevaluación institucional RESOLUCION MINISTERIAL Nº 001-99-SA/DM Lima, 4 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 127-97-SA/ DM, de 21 de febrero de 1997, se dispuso dar inicio al Proceso de Acreditación de establecimientos hospitalarios públicos y privados a nivel nacional, como una de las estrategias más importantes de la garantía de calidad en salud, estableciendo estándares que permitan que el usua- rio pueda acceder informadamente a servicios de salud que le brinden atención con seguridad y oportunidad; Que de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 009-97-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley de Moder- nización de la Seguridad Social en Salud, es obligatorio para las Entidades Prestadores de Salud, Entidades Empleado- ras y otras que brinden servicios a la Seguridad Social en Salud, acreditar sus establecimientos de salud ante el Ministerio de Salud; Que es de interés público la prestación de servicios de salud con estándares de calidad, por lo que la acreditación debe comprender progresivamente a todos los estableci- mientos de salud, conforme se cuenten con los instrumentos de acreditación; Que es necesario que los hospitales públicos y privados no comprendidos en el Decreto Supremo Nº 009-97-SA inicien sus procesos de AUTOEVALUACION institucional, como paso previo y preparatorio que les permita acceder a un proceso de certificación exitoso, y posterior acreditación ante el Ministerio de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 584 -Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud-; y,Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1º.- Otorgar un plazo de 150 días hábiles para que los hospitales públicos y privados, no comprendidos en los alcances del Decreto Supremo Nº 009-97-SA, concluyan sus procesos de AUTOEVALUACION institucional, como paso previo para iniciar su certificación y posterior acreditación, dando cuenta de lo actuado a la Unidad Coordinadora del Proceso de Acreditación de Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud. 2º.- Disponer que los establecimientos de salud citados en el numeral precedente, en un plazo de 90 días hábiles posteriores a la culminación de su autoevaluación, inicien los procesos de certificación y posterior Acreditación ante el Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARINO COSTA BAUER Ministro de Salud 0004 M T C Otorgan a empresas autorización y per- miso para operar estaciones del servi- cio de radiodifusión comercial por te- levisión RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 390-98-MTC/15.03 Lima, 31 de diciembre de 1998 VISTO el expediente organizado por la EMPRESA RA- DIODIFUSORA 1160 S.A., para establecer una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en VHF, en el distrito y provincia de Chancha- mayo, departamento de Junín; CONSIDERANDO: Que el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomu- nicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, en sus Artículos 22º, 48º y 49º prescribe que, la autorización, el permiso y la licencia, es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones, instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicación y operar dicho servicio autorizado, respectivamente; Que el Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones, en sus Artículos 161º y 162º indica la información y documentación que deberá acompañar la persona solici- tante para obtener la autorización respectiva, y que luego de otorgada se inicia un período dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio y se realizarán las pruebas de funcionamiento; Que la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica, de la Dirección General de Telecomunicaciones, según los Informes Nºs. 371-98-MTC/ 15.19.03.2. y 553-98-MTC/15.19.01., consideran proceden- te la solicitud de la EMPRESA RADIODIFUSORA 1160 S.A. al haber cumplido con la información y documentación exigida por el Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 013-93- TCC, 06-94-TCC, 005 y 022-98-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la EMPRESA RADIODIFU- SORA 1160 S.A., autorización y permiso de instalación y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estación Retransmisora del Servicio de Radiodifusión Comercial por Televisión en la Banda de VHF, en el distrito y provincia de Chanchamayo, depar- tamento de Junín, de acuerdo a las siguientes caracterís- ticas técnicas: