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Pág. 168388 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de enero de 1999 ción del terreno submateria de la Empresa Nacional de Edificacio- nes - ENACE; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Legislativo Nº 803 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desaportar del capital de la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, el terreno de 60 740,67 m2, confor- mado por cuatro terrenos denominados lotes de otros usos vendi- bles Nºs. 3, 4 y 5, Sector III, 9na. etapa y parte del área remanente de la fracción 10, ubicados en el distrito de San Juan de Lurigan- cho, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- La Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, gestionará ante la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE- del Ministerio de Economía y Finanzas la devolución de los títulos representativos del respectivo desaporte de capital. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 0283 Disponen desaportar del capital de SI- DERPERU terreno ubicado en la pro- vincia del Santa RESOLUCION SUPREMA Nº 003-99-PRES Lima, 4 de enero de 1999 Visto el Expediente Nº 192765, por el cual la Empresa Side- rúrgica del Perú solicita a la Superintendencia de Bienes Nacio- nales el desaporte de capital a favor del Estado del terreno denominado Vivero Forestal, con un área de 365 661,00 m2, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del Santa, depar- tamento de Ancash, y su posterior afectación en uso a favor del Obispado de Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-76-VC-4400, de fecha 23 de abril de 1976, se dispuso transferir a favor de la Empresa Siderúrgica del Perú - SIDERPERU en calidad de aporte de capital, el terreno de 402 256,00 m2 denominado Vivero Forestal y Centro Recreacional de Chimbote, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash; Que, por Acuerdo de Directorio de SIDERPERU celebrado en la Sesión Nº 351, de fecha 21 de marzo de 1996, se autorizó la transferencia del Vivero Forestal a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su posterior cesión en uso al Obispado de Chimbote; Que, mediante Informe Nº 275-98/SBN-DMAR, elaborado por la Dirección de Margesí y Acciones Registrales de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales se tiene que el terreno de 365 661,00 m2 se encuentra inscrito en la Ficha Nº 18757 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote, a favor de la Empresa Siderúrgica del Perú - SIDERPERU; Que, el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 18806 dispone que las empresas públicas podrán devolver al Estado los bienes que recibieron como aporte de capital cuando dejen de serles necesa- rios para su actividad industrial o comercial. Que, mediante documento de fecha 18 de diciembre de 1996, el Obispado de Chimbote solicitó la afectación en uso del terreno submateria en favor de la Diócesis de Chimbote, para que lo destine a fines recreacionales y forestación en beneficio de la población de la ciudad de Chimbote; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprueban mediante Resolución Suprema a favor de las repar- ticiones del Estado y de instituciones particulares que desempe- ñen una labor que signifique una colaboración con la función social del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Desaportar del capital de la Empresa Siderúr- gica del Perú - SIDERPERU, el terreno denominado ViveroForestal, con un área de 365 661,00 m2, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash. Artículo 2º.- La Empresa Siderúrgica del Perú - SIDERPERU gestionará ante la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE- del Ministerio de Economía y Finanzas la devolución de los títulos representativos del respectivo desaporte de capital. Artículo 3º.- Afectar en uso a favor del Obispado de Chimbo- te el área de terreno de 365 661,00 m2, anteriormente descrito, para destinarlo a fines recreacionales y de forestación por un período de seis años, a partir de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 4º.- La Oficina Registral Regional de Ancash de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos del Ministe- rio de Justicia, por el mérito de la presente Resolución Suprema, inscribirá el desaporte de capital en los Registros de la Propiedad Inmueble de Chimbote y su posterior afectación en uso a favor del Obispado de Chimbote. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refren- dada por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia 0284 Modifican Directiva sobre normas de procedimiento para el Programa de Evaluación Semestral de Rendimiento Laboral a trabajadores de los CTAR en todo el país RESOLUCION MINISTERIAL Nº 557-98-PRES Lima, 29 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 26093, dispone un Programa de Evalua- ción Semestral de los trabajadores de la Administración Pública, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes sobre la materia, debiéndo- se considerar que el personal que no califique en el proceso de Evaluación, será cesado por causal de excedencia; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 353-98-PRES publi- cada en el Diario Oficial El Peruano en su edición de fecha 27 de agosto de 1998, se aprobó la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR que consta de siete (7) Rubros y tres (3) Anexos, la cual establece las normas de procedimiento para el Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral, a ser aplicado a partir del segundo semestre de 1998, a los trabajadores de los Consejos Transitorios de Administración Regional en todo el país; Que, es necesario modificar el Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR citada en el considerando precedente, por el texto RENDIMIENTO EN EL CARGO E IDENTIFICACION, quedando como Anexo Nº 03 el CONSOLIDADO DE LA INFOR- MACION, así como modificar los Acápites 6.3.2 y 6.3.3 del Rubro VI DE LA DESIGNACION Y RESPONSABILIDAD DE LAS COMISIONES DE EVALUACION y Acápite 7.3, a efecto que la misma alcance los fines respectivos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 26093, Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Decreto de Urgencia Nº 030-98 y el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR aprobada mediante Resolución Ministe- rial Nº 353-98-PRES, por el texto RENDIMIENTO EN EL CAR- GO E IDENTIFICACION que forma parte de la presente resolu- ción, quedando como Anexo Nº 03 de la citada Directiva el CONSOLIDADO DE LA INFORMACION. Artículo Segundo.- La parte final de la Directiva Nº 002-98- PRES/VMDR, denominada como "CONCEPTOS BASICOS A SER UTILIZADOS EN EL PROCESO DE EVALUACION" man- tendrá su vigencia, sin constituir anexo de la misma. Artículo Tercero.- Modificar los Acápites 6.3.2 y 6.3.3 del Rubro VI DE LA DESIGNACION Y RESPONSABILIDAD DE LAS COMISIONES DE EVALUACION de la Directiva Nº 002- 98-PRES/VMDR, por los siguientes textos: 6.3.2 El Director de Asesoría Jurídica de la Dirección Secto- rial, o quien haga sus veces. 6.3.3 El Director de Personal de la Dirección Sectorial, o quien haga sus veces hará de Secretario de la Comisión. Artículo Cuarto.- Modificar el puntaje establecido en el Acápite 7.3 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR por el siguien- te: A = 10, B = 9, C = 8, D = 7, E = 6, F = 5, G = 4 y H = 3. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI Ministro de la Presidencia