Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 1999 (07/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de enero de 1999

cion del terreno submateria de la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Legislativo Nº 803 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desaportar del capital de la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, el terreno de 60 740,67 m2, conformado por cuatro terrenos denominados lotes de otros usos vendibles Nºs. 3, 4 y 5, Sector III, 9na. etapa y parte del area remanente de la fraccion 10, ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, gestionara ante la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE- del Ministerio de Economia y Finanzas la devolucion de los titulos representativos del respectivo desaporte de capital. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0283

Forestal, con un area de 365 661,00 m2, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash. Articulo 2º.- La Empresa Siderurgica del Peru - SIDERPERU gestionara ante la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado -OIOE- del Ministerio de Economia y Finanzas la devolucion de los titulos representativos del respectivo desaporte de capital. Articulo 3º.- Afectar en uso a favor del Obispado de Chimbote el area de terreno de 365 661,00 m2, anteriormente descrito, para destinarlo a fines recreacionales y de forestacion por un periodo de seis anos, a partir de la publicacion de la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- La Oficina Registral Regional de MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos del Ministerio de Justicia, por el merito de la presente Resolucion Suprema, inscribira el desaporte de capital en los Registros de la Propiedad Inmueble de Chimbote y su posterior afectacion en uso a favor del Obispado de Chimbote. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0284

Modifican Directiva sobre normas de procedimiento para el Programa de Evaluacion Semestral de Rendimiento Disponen desaportar del capital de SI- Laboral a trabajadores de los CTAR en DERPERU terreno ubicado en la pro- todo el MORDAZA vincia del MORDAZA RESOLUCION MINISTERIAL
RESOLUCION SUPREMA Nº 003-99-PRES MORDAZA, 4 de enero de 1999 Visto el Expediente Nº 192765, por el cual la Empresa Siderurgica del Peru solicita a la Superintendencia de Bienes Nacionales el desaporte de capital a favor del Estado del terreno denominado Vivero Forestal, con un area de 365 661,00 m2, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de MORDAZA, y su posterior afectacion en uso a favor del Obispado de Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 065-76-VC-4400, de fecha 23 de MORDAZA de 1976, se dispuso transferir a favor de la Empresa Siderurgica del Peru - SIDERPERU en calidad de aporte de capital, el terreno de 402 256,00 m2 denominado Vivero Forestal y Centro Recreacional de Chimbote, ubicado en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA, departamento de Ancash; Que, por Acuerdo de Directorio de SIDERPERU celebrado en la Sesion Nº 351, de fecha 21 de marzo de 1996, se autorizo la transferencia del Vivero Forestal a la Superintendencia de Bienes Nacionales para su posterior cesion en uso al Obispado de Chimbote; Que, mediante Informe Nº 275-98/SBN-DMAR, elaborado por la Direccion de Margesi y Acciones Registrales de la Superintendencia de Bienes Nacionales se tiene que el terreno de 365 661,00 m2 se encuentra inscrito en la Ficha Nº 18757 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chimbote, a favor de la Empresa Siderurgica del Peru - SIDERPERU; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 18806 dispone que las empresas publicas podran devolver al Estado los bienes que recibieron como aporte de capital cuando dejen de serles necesarios para su actividad industrial o comercial. Que, mediante documento de fecha 18 de diciembre de 1996, el Obispado de Chimbote solicito la afectacion en uso del terreno submateria en favor de la Diocesis de Chimbote, para que lo destine a fines recreacionales y forestacion en beneficio de la poblacion de la MORDAZA de Chimbote; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobiliaria fiscal, se aprueban mediante Resolucion Suprema a favor de las reparticiones del Estado y de instituciones particulares que desempenen una labor que signifique una colaboracion con la funcion social del Estado, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Administracion de la Propiedad Fiscal", por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desaportar del capital de la Empresa Siderurgica del Peru - SIDERPERU, el terreno denominado Vivero
Nº 557-98-PRES MORDAZA, 29 de diciembre de 1998 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 26093, dispone un Programa de Evaluacion Semestral de los trabajadores de la Administracion Publica, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes sobre la materia, debiendose considerar que el personal que no califique en el MORDAZA de Evaluacion, sera cesado por causal de excedencia; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES publicada en el Diario Oficial El Peruano en su edicion de fecha 27 de agosto de 1998, se aprobo la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR que consta de siete (7) Rubros y tres (3) Anexos, la cual establece las normas de procedimiento para el Programa de Evaluacion Semestral del Rendimiento Laboral, a ser aplicado a partir del MORDAZA semestre de 1998, a los trabajadores de los Consejos Transitorios de Administracion Regional en todo el pais; Que, es necesario modificar el Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR citada en el considerando precedente, por el texto RENDIMIENTO EN EL CARGO E IDENTIFICACION, quedando como Anexo Nº 03 el CONSOLIDADO DE LA INFORMACION, asi como modificar los Acapites 6.3.2 y 6.3.3 del Rubro VI DE LA DESIGNACION Y RESPONSABILIDAD DE LAS COMISIONES DE EVALUACION y Acapite 7.3, a efecto que la misma alcance los fines respectivos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 26093, Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion, Decreto de Urgencia Nº 030-98 y el Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 353-98-PRES, por el texto RENDIMIENTO EN EL CARGO E IDENTIFICACION que forma parte de la presente resolucion, quedando como Anexo Nº 03 de la citada Directiva el CONSOLIDADO DE LA INFORMACION. Articulo Segundo.- La parte final de la Directiva Nº 002-98PRES/VMDR, denominada como "CONCEPTOS BASICOS A SER UTILIZADOS EN EL MORDAZA DE EVALUACION" mantendra su vigencia, sin constituir anexo de la misma. Articulo Tercero.- Modificar los Acapites 6.3.2 y 6.3.3 del Rubro VI DE LA DESIGNACION Y RESPONSABILIDAD DE LAS COMISIONES DE EVALUACION de la Directiva Nº 00298-PRES/VMDR, por los siguientes textos: 6.3.2 El Director de Asesoria Juridica de la Direccion Sectorial, o quien haga sus veces. 6.3.3 El Director de Personal de la Direccion Sectorial, o quien haga sus veces MORDAZA de Secretario de la Comision. Articulo Cuarto.- Modificar el puntaje establecido en el Acapite 7.3 de la Directiva Nº 002-98-PRES/VMDR por el siguiente: A = 10, B = 9, C = 8, D = 7, E = 6, F = 5, G = 4 y H = 3. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia

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