Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 1999 (07/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de enero de 1999

Articulo Unico.- Acreditar a los responsables de la subcuenta bancaria asignada por la Direccion General del Tesoro Publico para efectos de la ejecucion del gasto por la fuente de financiamiento de Donaciones y Transferencias correspondientes al Ejercicio Presupuestal 1999, de acuerdo con el siguiente detalle:
1. De la Unidad Ejecutora: Denominacion: Ministerio de la Presidencia Oficina de Administracion Region MORDAZA Departamento MORDAZA Provincia MORDAZA Distrito Surquillo RUC RUC 13137153 Subcuenta bancaria de gasto 130202 Localidad Surquillo Telefono Fax Sede bancaria 222-3666 Anexo 1680 MORDAZA

Progreso del MORDAZA del terreno de 9 542,53 m2, ubicado en la avenida Los Proceres de la Independencia, distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0112

AGRICULTURA
Declaran a superficie de terreno como MORDAZA Reservada "Alto Canete y Cochas Pachacayo"
DECRETO SUPREMO Nº 001-99-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 68º estipula que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el Articulo 13º de la Ley de Areas Naturales Protegidas establece que una MORDAZA Reservada es toda area que reuniendo las condiciones para ser considerada Area Natural Protegida requiere la realizacion de estudios complementarios para determinar, entre otras su condicion legal, finalidad y usos permitidos; Que, la MORDAZA alta del rio Canete y la MORDAZA del rio CochasPachacayo es un ambito cuya integridad geografica muestra una armoniosa relacion entre el hombre y la naturaleza, albergando significativos valores naturales, esteticos y culturales que es necesario preservar, por lo que es procedente establecer una MORDAZA Reservada bajo la supervision del Instituto Nacional de Recursos Naturales; Que, el Articulo 5º de la Ley de Areas Naturales Protegidas declara que el ejercicio de la propiedad y de los demas derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento de las Areas Naturales Protegidas, debe hacerse en MORDAZA con los fines y objetivos para los cuales estas han sido creadas; De conformidad con el Articulo 13º de la Ley Nº 26834; y, En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese como MORDAZA Reservada "Alto Canete y Cochas-Pachacayo", la superficie de ciento setentiseis mil hectareas (176 000 ha.), ubicada de acuerdo a los limites siguientes: MORDAZA Alta del rio Canete Por el Norte, el divortium aquarium de los MORDAZA Mala y Canete; Por el Este, el divortium aquarium de los MORDAZA Canete y Mantaro; Por el Sur, el divortium aquarium de los MORDAZA Canete y Tambillo hasta el MORDAZA Tinco; Por el Oeste, el divortium aquarium de los MORDAZA Carania y Miraflores; MORDAZA del rio Cochas-Pachacayo La linea divisoria de aguas que comprende el ambito geografico de la mencionada cuenca. Articulo 2º.- Constituir una Comision Tecnica encargada de la formulacion del estudio tecnico para la Delimitacion y Categorizacion definitiva de la "Zona Reservada Alto Canete y CochasPachacayo", que estara integrada por: - Un representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales, quien la presidira; - Un representante de cada Administracion Tecnica de los Distritos de Riego comprendidos dentro del ambito geografico de la MORDAZA Reservada. - Un representante de la Sociedad MORDAZA de Interes Social MORDAZA Amaru. - Un representante de las Comunidades Campesinas ubicadas en la MORDAZA Reservada. Articulo 3º.- La referida Comision se instalara dentro de los quince (15) dias siguientes a la promulgacion del presente dispositivo legal, y presentara al Ministerio de Agricultura el correspondiente estudio tecnico, el mismo que debera contener entre otros, la propuesta de limites y categoria, dentro de un plazo MORDAZA de noventa (90) dias a partir de su instalacion. Articulo 4º.- Encargar a la Sociedad MORDAZA de Interes Social MORDAZA MORDAZA, la administracion de la mencionada MORDAZA

Urb., Carr., Av., Jr., MORDAZA o Pje., Nº o km., Mz., Lt. Av. Paseo de la Republica Nº 4297 Surquillo 2. De los titulares: Apellidos y Nombres a. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA b. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA 3. De los suplentes: Apellidos y Nombres c. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA d. MORDAZA Schroder, MORDAZA MORDAZA

Nº L.E. 05351443 08725078

Cargo Director de la Oficina de Administracion Directora de Tesoreria

Nº L.E. 07926495 08743077

Cargo Director General de la Oficina de Planificacion, Programacion y Presupuesto Director General de la Oficina de Asesoria Juridica

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0111

Declaran improcedente solicitud de afectacion en uso de terreno ubicado en el distrito del MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 555-98-PRES MORDAZA, 28 de diciembre de 1998 Visto el Expediente Nº 00228-98, por el cual la Asociacion de Independientes el Progreso del MORDAZA, solicita la afectacion en uso del terreno de 9 542,53 m2, ubicado en la avenida Los Proceres de la Independencia, distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de destinarlo al funcionamiento de un centro comercial; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 29 de diciembre de 1997, la Asociacion de Independientes el Progreso del MORDAZA, solicita la afectacion en uso del terreno de aproximadamente 10 300 m2, ubicado en la avenida Los Proceres de la Independencia, distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de destinarlo al funcionamiento de un Centro Comercial; Que, el area solicitada es de 9 542,53 m2, de la cual aproximadamente 3 672,00 m2 es de propiedad del Estado, debidamente inscrita en la Ficha Nº 108449 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrada en el Asiento Nº 2750 del Margesi de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de MORDAZA y el saldo de area es de propiedad de los senores MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y MORDAZA F. Migone Crovetto, debidamente inscrita a fojas 379 del tomo 313 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima; Que, mediante Informes Nºs. 103-98/SBN-DAT y 235-98/SBNDAT de fecha 13 de marzo de 1998 y 22 de MORDAZA de 1998, respectivamente, la Direccion de Apoyo Tecnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales, da cuenta de las inspecciones oculares realizadas al predio submateria, manifestando que el area exacta solicitada es de 9 542,53 m2, de la cual el area de propiedad del Estado se encuentra ocupada por el Taller de Maestranza del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, en consecuencia es improcedente afectar en uso el terreno solicitado, en razon a que el area aproximada de 3 672,00 m2 de propiedad del Estado, no es de libre disponibilidad y el saldo de area es de propiedad privada; Que, las afectaciones en uso de propiedad del Estado son aprobadas mediante Resolucion Suprema, correspondiendo declarar las improcedencias a traves de la Resolucion Ministerial correspondiente; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93PRES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de afectacion en uso promovida por la Asociacion de Independientes el

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