Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 1999 (07/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 7 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Las entidades publicas prestaran su colaboracion para la consecucion de los objetivos senalados en el articulo precedente. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los seis dias del mes de enero de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA Ministra de la Presidencia 0269

Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Decreto Ley Nº 25554, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Afectar en uso el inmueble de 2 697,22 m2, situado con frente a la Av. Bauzate y MORDAZA, lote 1 de la manzana 3, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de destinarlo a la realizacion de actividades de promocion cultural y principalmente como un centro de capacitacion artesanal. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permuta formulada por el Instituto Nacional de Bienestar Familiar INABIF por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- La presente afectacion en uso queda sujeta a lo dispuesto por el Articulo 72º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Articulo 4º.- La presente resolucion sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 0282

Afectan en uso inmueble a fin de destinarlo como centro de capacitacion artesanal
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-99-PRES MORDAZA, 4 de enero de 1999 Visto el Expediente Nº 8400, mediante el cual el Instituto Nacional de Cultura solicita la afectacion en uso del inmueble ubicado con frente a la Av. Bauzate y MORDAZA, lote 1 de la manzana 3, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de ser destinado a la realizacion de actividades de promocion cultural y principalmente como un centro de capacitacion artesanal; CONSIDERANDO: Que, mediante escritura publica, de fecha 30 de MORDAZA de 1997, la Empresa Nacional de Turismo S.A. en Liquidacion transfirio a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales la propiedad del inmueble de 2 697,22 m2, ubicado con frente a la Av. Bauzate y MORDAZA, lote 1 de la manzana 3, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, debidamente inscrita en el Asiento 2-C de la Ficha Nº 17576 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA y registrada en el Asiento Nº 2350 del Margesi de Bienes Nacionales; Que, mediante comunicacion de fecha 27 de agosto de 1997, el Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura solicita la afectacion en uso del inmueble ubicado con frente a la Av. Bauzate y MORDAZA, lote 1 de la manzana 3, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de destinarlo a la realizacion de actividades de promocion cultural y principalmente como un centro de capacitacion artesanal; Que, mediante Acta Nº 021-97/SBN-DPI, de fecha 29 de agosto de 1997, la Superintendencia de Bienes Nacionales entrega de manera provisional al Instituto Nacional de Cultura el inmueble de 2 697,22 m2, ubicado con frente a la Av. Bauzate y MORDAZA, lote 1 de la manzana 3, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para destinarlo al fin que se indica en el considerando precedente; Que, mediante Informe Nº 476-98/SBN-DAT, de fecha 30 de octubre de 1998,la Direccion de Apoyo Tecnico da cuenta de la inspeccion ocular realizada en el inmueble submateria indicando que se han efectuado obras de remodelacion por parte del Instituto Nacional de Cultura en los diversos ambientes que conforman el inmueble, como pintado de muros, trabajos de carpinteria de MORDAZA y MORDAZA, levantamiento de muros, entre otros; Que, mediante Oficios Nº 721-97/INABIF-P y Nº 360-98/ INABIF-P, el Presidente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar propone la permuta del inmueble de su propiedad sito en el pasaje Los Leones Nº 145, 1ra. MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, por el inmueble de propiedad de la Superintendencia de Bienes Nacionales situado con frente a la Av. Bauzate y MORDAZA, lote 1 de la manzana 3, distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a efectos de implementarlo como MORDAZA de acogida para los ninos de la MORDAZA, solicitud que deviene en improcedente atendiendo a la prioridad del pedido del Instituto Nacional de Cultura; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 13º de la Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, el Instituto Nacional de Cultura tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la nacion. Asimismo, es el organo rector central del Sistema Nacional de Museos y, como tal le compete promover la integracion, fomento, apoyo, desarrollo y difusion de las diversas manifestaciones y creaciones culturales con el proposito de promover la consolidacion, la identidad cultural, local, regional y nacional; administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la nacion; Que, la afectacion en uso se otorga, mediante Resolucion Suprema a favor de las reparticiones del Estado para el funcionamiento de sus dependencias, por lo cual es atendible la solicitud de la entidad recurrente;

Disponen desaportar del capital de ENACE terreno ubicado en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-99-PRES MORDAZA, 4 de enero de 1999 Visto el Expediente Nº 732700, por el cual la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, solicita a la Superintendencia de Bienes Nacionales el desaporte de capital a favor del Estado del terreno de 60 740,67 m2, conformado por cuatro terrenos denominados lotes de otros usos vendibles Nºs. 3, 4 y 5, Sector III, 9na. etapa y parte del area remanente de la fraccion 10, ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 263-83-VI-5600, de fecha 13 de diciembre de 1983, se resolvio transferir en calidad de aporte de capital del Estado a favor de la Empresa Nacional de Edificaciones el terreno de 789,4870 ha. ubicado en la parte alta de la quebrada de MORDAZA Grande, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, por Acuerdo de Directorio Nº 02-98-01, de fecha 22 de enero de 1998, la Empresa Nacional de Edificaciones - ENACE, resuelve devolver al Estado en via de desaporte de capital el terreno de 60 740,67 m2, conformado por cuatro terrenos de 1 890,00 m2, 2 340,00 m2, 8 287,50 m2 y 48 223,17 m2, respectivamente, denominados lotes de otros usos vendibles Nºs. 3, 4 y 5, Sector III, 9na. etapa y parte del area remanente de la fraccion 10, ubicados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 18806 dispone que las empresas publicas podran devolver al Estado los bienes que recibieron como aporte de capital cuando dejen de serles necesarios para su actividad industrial o comercial; Que, el Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 803 dispone que la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI asume la titularidad de los terrenos estatales, fiscales y municipales ocupados por asentamientos humanos en MORDAZA de saneamiento fisico-legal, para lo cual se inscribira automaticamente dicha titularidad en el registro respectivo; Que, el Articulo 3º del D.S. Nº 004-98-MTC, faculta a COFOPRI a transferir e inscribir a su favor la titularidad de los predios de propiedad estatal, municipal y fiscal ocupados por asentamientos humanos con la sola comunicacion a la Oficina Registral respectiva y asimismo dispone que la titularidad de los terrenos ocupados por asentamientos humanos que esten inscritos a nombre de alguna entidad publica, municipal o fiscal, se inscribira a nombre de COFOPRI comunicando dicha situacion a la entidad respectiva para que regularice el desaporte o desafectacion que corresponda; Que, los lotes 3, 4, 5 y la fraccion 10, correspondientes a las areas de terrenos MORDAZA descritos, de 1 890,00 m2, 2 340,00 m2, 8 287,50 m2 y 48 223,17 m2, respectivamente, se encuentran inscritos en el Codigo de Predio Nº P02119552, a favor de COFOPRI; Que, de acuerdo a lo prescrito a la normatividad legal glosada, es necesario efectuar el desaporte de capital en via de regulariza-

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