Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 1999 (19/01/1999)


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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

MORDAZA, martes 19 de enero de 1999

estacionamiento por todo el dia, en las zonas de playas denominadas Punta MORDAZA, La Pocita y zonas adyacentes. Articulo Segundo.- Facultese al senor MORDAZA para que dicte las normas reglamentarias que se requiere para la mejor implementacion de los servicios senalados en la Ordenanza Nº 004-97/MDPN. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. M. MORDAZA MORDAZA H. MORDAZA 0907

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 0905

Aprueban beneficios tributarios y administrativos a favor de los contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 004-99/MDSMP San MORDAZA de Porres, 18 de enero de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, en sesion extraordinaria de Concejo de fecha 16 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, la nueva gestion municipal tiene entre sus proyectos otorgar beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, y las de orden administrativo; Que, mediante el Art. 41º del Codigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 816, los Gobiernos Locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 116º y Art. 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, es competencia de la municipalidad, administrar sus bienes y rentas, asi como tambien modificar las multas administrativas; De conformidad con el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, concordante con la MORDAZA IV del Codigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 816, y por unanimidad aprueba la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Aprobar la presente ordenanza, concediendo por esta unica vez, durante el periodo comprendido entre el 18 de enero al 1 de febrero de 1999, los BENEFICIOS TRIBUTARIOS siguientes: 1) REBAJA DEL 100% DE LAS MULTAS TRIBUTARIAS correspondientes al Impuesto Predial y Tasa de Licencia de Funcionamiento de los Ejercicios: 1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998. 2) REBAJA DEL 10% DEL INTERESES MORATORIO ACUMULADO Y REAJUSTES aplicados al 31 de diciembre de 1998, correspondiente al Impuesto Predial y Tasa de Licencia de Funcionamiento de los Ejercicios: 1994, 1995, 1996, 1997, 1998. 3) REBAJA DEL 50% DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS, sin excepcion hasta 1998. Articulo Segundo.- Incluir en el BENEFICIO TRIBUTARIO a los contribuyentes que habiendose acogido al FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO de sus cuotas pendientes de pago y/o que se encuentren incursos dentro del procedimiento de cobranza coactiva, seran exonerados del pago de las costas procesales, exceptuandose las que se encuentran con medidas cautelares dictadas por el ejecutor coactivo. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Unidad de Relaciones Publicas, la difusion y ejecucion de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA UGAZ MORDAZA Alcaldesa 0906

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Conceden rebaja de multas e intereses a contribuyentes en el pago de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario
ORDENANZA Nº 003-99/MDSMP San MORDAZA de Porres, 18 de enero de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, en sesion extraordinaria de Concejo de fecha 16 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, la nueva gestion municipal define como objetivo central otorgar beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito; Que, de acuerdo al Art. 36º Inc. 1) concordante con el Art. 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, es competencia de la municipalidad, crear, modificar, suprimir, exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos, como administrar sus bienes y rentas, en concordancia con lo establecido por el Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal; Estando a lo dispuesto por el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, concordante con la MORDAZA IV del Codigo Tributario, D. Leg. Nº 816, y por unanimidad, aprueba la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Aprobar la presente ordenanza, concediendo por esta unica vez, por un periodo comprendido desde el 18 de enero al 1 de febrero de 1999, una rebaja del 100% de las multas e intereses, debiendo cancelarse solamente el monto insoluto de los arbitrios municipales de Limpieza Publica, Parques, Jardines Publicos y Relleno Sanitario, libre de todo recargo correspondiente a los anos 1996 al 1998. Articulo Segundo.- Incluir en el Beneficio Tributario, a los contribuyentes que, habiendose acogido al Fraccionamiento Tributario de sus cuotas pendientes de pago y/o se encuentren dentro del procedimiento de cobranzas coactivas, seran exonerados del pago de las costas procesales, exceptuandose las que se encuentren con medidas cautelares dictadas por el Ejecutor Coactivo. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Unidad de Relaciones Publicas, la difusion y ejecucion de la presente ordenanza.

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