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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 1999 (19/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 169002 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de enero de 1999 estacionamiento por todo el día, en las zonas de playas denominadas Punta Roca, La Pocita y zonas adyacentes. Artículo Segundo.- Facúltese al señor Alcalde para que dicte las normas reglamentarias que se requiere para la mejor implementación de los servicios señalados en la Ordenanza Nº 004-97/MDPN. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. M. FRANCISCO BUITRON H. Alcalde 0907 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Conceden rebaja de multas e intereses a contribuyentes en el pago de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario ORDENANZA Nº 003-99/MDSMP San Martín de Porres, 18 de enero de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San Mar- tín de Porres, en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 16 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, la nueva gestión municipal define como objetivo central otorgar beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito; Que, de acuerdo al Art. 36º Inc. 1) concordante con el Art. 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853, es competencia de la municipalidad, crear, modificar, suprimir, exonerar sus contribuciones, arbi- trios y derechos, como administrar sus bienes y rentas, en concordancia con lo establecido por el Art. 60º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal; Estando a lo dispuesto por el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, concordante con la Norma IV del Código Tributario, D. Leg. Nº 816, y por unanimidad, aprueba la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- Aprobar la presente ordenanza, concediendo por esta única vez, por un período compren- dido desde el 18 de enero al 1 de febrero de 1999, una rebaja del 100% de las multas e intereses, debiendo cancelarse solamente el monto insoluto de los arbitrios municipales de Limpieza Pública, Parques, Jardines Pú- blicos y Relleno Sanitario, libre de todo recargo corres- pondiente a los años 1996 al 1998. Artículo Segundo.- Incluir en el Beneficio Tributa- rio, a los contribuyentes que, habiéndose acogido al Frac- cionamiento Tributario de sus cuotas pendientes de pago y/o se encuentren dentro del procedimiento de cobranzas coactivas, serán exonerados del pago de las costas proce- sales, exceptuándose las que se encuentren con medidas cautelares dictadas por el Ejecutor Coactivo. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración Tributaria, Oficina de Administración y Unidad de Relaciones Públicas, la difusión y ejecución de la presente ordenanza.POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 0905 Aprueban beneficios tributarios y admi- nistrativos a favor de los contri- buyentes del distrito ORDENANZA Nº 004-99/MDSMP San Martín de Porres, 18 de enero de 1999 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en sesión extraordinaria de Concejo de fecha 16 de enero de 1999; CONSIDERANDO: Que, la nueva gestión municipal tiene entre sus pro- yectos otorgar beneficios tributarios a los contribuyentes del distrito, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias formales y sustanciales, y las de orden administrativo; Que, mediante el Art. 41º del Código Tributario, De- creto Legislativo Nº 816, los Gobiernos Locales pueden condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administran; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 116º y Art. 10º Incs. 3) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, es competencia de la municipalidad, adminis- trar sus bienes y rentas, así como también modificar las multas administrativas; De conformidad con el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, concordante con la Norma IV del Código Tributario, Decreto Legisla- tivo Nº 816, y por unanimidad aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la presente ordenanza, concediendo por esta única vez, durante el período com- prendido entre el 18 de enero al 1 de febrero de 1999, los BENEFICIOS TRIBUTARIOS siguientes: 1) REBAJA DEL 100% DE LAS MULTAS TRIBUTA- RIAS correspondientes al Impuesto Predial y Tasa de Licencia de Funcionamiento de los Ejercicios: 1993, 1994, 1995, 1996, 1997 y 1998. 2) REBAJA DEL 10% DEL INTERESES MORATO- RIO ACUMULADO Y REAJUSTES aplicados al 31 de diciembre de 1998, correspondiente al Impuesto Predial y Tasa de Licencia de Funcionamiento de los Ejercicios: 1994, 1995, 1996, 1997, 1998. 3) REBAJA DEL 50% DE LAS MULTAS ADMINIS- TRATIVAS, sin excepción hasta 1998. Artículo Segundo.- Incluir en el BENEFICIO TRIBU- TARIO a los contribuyentes que habiéndose acogido al FRAC- CIONAMIENTO TRIBUTARIO de sus cuotas pendientes de pago y/o que se encuentren incursos dentro del procedimiento de cobranza coactiva, serán exonerados del pago de las costas procesales, exceptuándose las que se encuentran con medidas cautelares dictadas por el ejecutor coactivo. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración Tributaria, Oficina de Administración y Unidad de Relaciones Públicas, la difusión y ejecución de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 0906