Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 1999 (19/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, martes 19 de enero de 1999

NORMAS LEGALES

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dragesima MORDAZA Fiscalia Provincial en lo Penal de MORDAZA, como Fiscal Ad Hoc a dedicacion exclusiva, para que se avoque al conocimiento de los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolucion, con retencion de su cargo de MORDAZA de Fiscal Provincial Titular. Articulo Tercero.- Designar a los doctores MORDAZA MORDAZA Montanez Von Bancels e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de MORDAZA, para que a dedicacion exclusiva presten apoyo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Ad Hoc, a que se refiere el articulo precedente, destacandoseles para el efecto al Distrito Judicial de Loreto. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, Fiscal Supremo de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de MORDAZA, Fiscales Superiores Encargados de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA y a los Fiscales designados para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 0904

Electoral Especial de MORDAZA, que proclamo MORDAZA y Regidores del Concejo Provincial de MORDAZA, para el periodo de gobierno municipal 1999 - 2002. Registrese y comuniquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 0892

Proclaman MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Chungui, provincia de La Mar
RESOLUCION Nº 057-99-JNE MORDAZA, 18 de enero de 1999 Vistas, las comunicaciones recibidas el 6 y 14 de enero del ano en curso, remitidas por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal Alterno del Movimiento Independiente Somos Peru, y don MORDAZA MORDAZA Zaga MORDAZA, Personero Legal en la provincia de La Mar - MORDAZA, del Movimiento Independiente Somos Peru, quienes remiten el Oficio Nº 003-99-GGE/ONPE y MORDAZA certificada por la ONPE del Acta Electoral Nº 143480; y, solicitan se declare validas las elecciones en los distritos de MORDAZA y Chungui; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 1308-98-JNE publicada en la edicion de fecha 19 de diciembre de 1998 del Diario Oficial El Peruano, este supremo organo electoral declaro nulas las elecciones realizadas en los distritos de MORDAZA, Chungui, Ayna y Tambo, provincia de La Mar, departamento de Ayacucho; Que, revisado el computo realizado en el distrito de Chungui se ha verificado que no se ha considerado el Acta Electoral Nº 143480; este supremo organo electoral ejerciendo su funcion fiscalizadora ha procedido a realizar un MORDAZA computo en el distrito de Chungui, incluyendo la omitida; obteniendo el siguiente resultado: Partido Politico Accion Popular obtiene 175 votos; Movimiento Independiente Vamos Vecino obtiene 239 votos; Agrupacion Independiente Somos Peru obtiene 361 votos; votos en MORDAZA 110; votos nulos 80. Han concurrido a sufragar 965 ciudadanos los que representan el 54.09% de los 1,784 electores que deberian emitir su MORDAZA en el distrito de Chungui, tal como figura del padron de electores utilizados en los comicios municipales del 11 de octubre de 1998; Que, la lista ganadora en el distrito de Chungui es el Movimiento Independiente Somos Peru, quien obtiene la mayoria relativa de los votos validamente emitidos, razon por la cual le corresponde la alcaldia y 4 regidores; y, corresponde 1 regidor al Movimiento Independiente Vamos Vecino; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 25º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; ademas se verifica que el distrito de MORDAZA esta incurso en causal de nulidad; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Excluir de la Resolucion Nº 130898-JNE al distrito de Chungui, provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; y, declarar validas las elecciones para elegir autoridades ediles del Concejo Distrital de Chungui realizadas en el dia 11 de octubre de 1998. Articulo Segundo.- Proclamar MORDAZA del Concejo Distrital de Chungui, provincia La Mar del departamento de MORDAZA, a don MORDAZA MORDAZA Chalco; y, regidores del citado municipio a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, don MORDAZA Feriol Illesca MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, integrantes del Movimiento Independiente Vamos Peru; tambien regidor a don MORDAZA MORDAZA Echaccaya, integrante

JNE
Confirman resolucion que proclamo MORDAZA y regidores del Concejo Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 056-99-JNE MORDAZA, 18 de enero de 1999 Visto, el recurso de nulidad presentado con fecha 16 de octubre de 1998, por MORDAZA MORDAZA Templo MORDAZA, candidata al cargo de MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, por la agrupacion independiente "Movimiento Independiente Vamos Vecino", contra las elecciones municipales realizadas en la provincia de MORDAZA, manifestando que en la jurisdiccion referida se ha hecho circular un comunicado que, con un falso contenido, informaba a los electores su renuncia a la candidatura; CONSIDERANDO: Que, sobre el presente recurso de nulidad, este MORDAZA Nacional acordo en sesion privada de fecha 20 de octubre de 1998, comunicar a la recurrente que cumpla previamente con los recaudos de ley; requisito de admisibilidad que, pese al tiempo transcurrido, no ha sido presentado por la interesada, quien fue debidamente notificada, por lo que la presente impugnacion no puede ser admitida; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Confirmar la Resolucion Nº 43-98JEEP-HCO de fecha 21 de octubre de 1998, del MORDAZA

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