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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 1999 (19/01/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 168985 NORMAS LEGALES Lima, martes 19 de enero de 1999 nes Aeronáuticas del Perú en su parte 145, relacionado al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronáu- tico; Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Asesoría Legal y la Subdirección de Material Aeronáuti- co, se encuentran acreditadas las capacidades legal, fi- nanciera y técnica de la empresa AEROCONDOR S.A.; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 128º del reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, dado por D.S. Nº 054-88-TC, sus modificatorias, la RAP 145; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR a la empresa AEROCONDOR S.A., por un plazo de cinco (5) años, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operación como Taller de Mantenimiento Aeronáutico; con las siguientes habilitaciones: -Habilitación para Aeronaves, Limitada Clase I y II -Habilitación para motores, limitada Clase I y II -Habilitación para accesorios, limitada Clase I y II Artículo Segundo.- Las habilitaciones, a las que se refiere el Artículo Primero de la presente resolución, se encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Man- tenimiento Aeronáutico" número TMA-015, y, están limi- tadas a lo señalado en las "Especificaciones de Opera- ción"; las que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- La actividad autorizada a la em- presa debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo esti- pulado en su Manual de Procedimientos de Inspección, cuya copia se archiva en la Dirección General de Trans- porte Aéreo. En caso que se tenga que efectuar algún cambio en dicho manual, deberá solicitarse la aprobación correspondiente a la Dirección General de Transporte Aéreo. Artículo Cuarto.- La Dirección General de Transporte Aéreo efectuará inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronáutico de la empresa AEROCONDOR S.A., a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones estableci- das en la presente resolución. Artículo Quinto.- La autorización que se otorga por la presente resolución al Taller de Mantenimiento Aero- náutico de la empresa AEROCONDOR S.A. queda sujeta a la Ley de Aeronáutica Civil y sus modificatorias, a su reglamento, a las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, a las directivas que dicte la Dirección General de Transpor- te Aéreo y a las demás normas aplicables a la materia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANTONIO PAUCAR CARBAJAL Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 0821 Aprueban la constitución del Comité Técnico para afrontar el Problema Infor- mático del Año 2000 del INADUR INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO URBANO - INADUR RESOLUCION INADUR Nº 068-98-MTC-9700 Lima, 29 de octubre de 1998 Visto, el Oficio Nº 552-98-INEI/J del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI;CONSIDERANDO: Que, es imprescindible adoptar medidas preventivas para administrar el denominado Problema Informático del Año 2000 (PIA 2000) en el ámbito del Instituto Nacio- nal de Desarrollo Urbano - INADUR; Que, para la conducción de dichas acciones es necesa- rio conformar un Comité Técnico Institucional integrado por funcionarios funcionalmente competentes para la administración de dicho problema informático; Con la conformidad de la Dirección Ejecutiva y las visaciones de la Oficina General de Administración, Ofi- cina General de Presupuesto, Planificación y de la Aseso- ría Legal Externa del INADUR; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del INADUR en su Sesión Ordinaria Nº 438 del 23 de octubre de 1998; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Artículo 14º del Decreto Legislativo Nº 144; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la constitución del "Co- mité Técnico para afrontar el Problema Informático del Año 2000" del Instituto Nacional de Desarrollo Urbano - INADUR; para que realice, entre otras las acciones si- guientes: a.- Formular el planeamiento integral del proceso de administración del Problema Informático del Año 2000 en el INADUR. b.- Coordinar el desarrollo del diagnóstico de los equi- pos y sistemas informáticos del INADUR. c.- Evaluar el impacto de dicho problema en la gestión del INADUR. d.- Formular las alternativas de solución, así como proponer las normas pertinentes sobre el particular. Artículo Segundo.- Designar a los integrantes del "Comité Técnico para afrontar el Problema Informático del Año 2000": - Director(a) Ejecutivo, quien lo presidirá. - Director(a) General de Presupuesto, Planificación e Informática. - Director(a) General de Administración quien asumi- rá la Secretaría Técnica. Artículo Tercero.- Disponer que todos los órganos del INADUR brinden, bajo responsabilidad, las más am- plias facilidades al Comité Técnico para el mejor cumpli- miento de las acciones establecidas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO BENVENUTO RAFFO Presidente del Consejo Directivo Instituto Nacional de Desarrollo Urbano - INADUR 0782 Modifican resolución que otorgó a em- presa permisos de operación del ser- vicio aéreo no regular de pasajeros, carga y correo y especial remunerado turístico RESOLUCION DIRECTORAL Nº 203-98-MTC/15.16 Lima, 31 de diciembre de 1998 Visto el Expediente Nº 00825005 mediante el cual la compañía ALAS PERUANAS S.A., solicita Modificación del Permiso de Operación del Servicio de Transporte Aéreo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo y del Servicio Aéreo Especial Remunerado Turístico,