Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 1999 (19/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 19 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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nes Aeronauticas del Peru en su parte 145, relacionado al establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronautico; Que, de acuerdo a lo informado por la Direccion de Asesoria Legal y la Subdireccion de Material Aeronautico, se encuentran acreditadas las capacidades legal, financiera y tecnica de la empresa AEROCONDOR S.A.; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 128º del reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, dado por D.S. Nº 054-88-TC, sus modificatorias, la RAP 145; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la empresa AEROCONDOR S.A., por un plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, para el funcionamiento y operacion como Taller de Mantenimiento Aeronautico; con las siguientes habilitaciones: - Habilitacion para Aeronaves, Limitada Clase I y II - Habilitacion para motores, limitada Clase I y II - Habilitacion para accesorios, limitada Clase I y II Articulo Segundo.- Las habilitaciones, a las que se refiere el Articulo Primero de la presente resolucion, se encuentran descritas en el "Certificado de Taller de Mantenimiento Aeronautico" numero TMA-015, y, estan limitadas a lo senalado en las "Especificaciones de Operacion"; las que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- La actividad autorizada a la empresa debe efectuarse cumpliendo estrictamente lo estipulado en su Manual de Procedimientos de Inspeccion, cuya MORDAZA se archiva en la Direccion General de Transporte Aereo. En caso que se tenga que efectuar algun cambio en dicho manual, debera solicitarse la aprobacion correspondiente a la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo Cuarto.- La Direccion General de Transporte Aereo efectuara inspecciones al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa AEROCONDOR S.A., a fin de comprobar el cumplimiento de las condiciones establecidas en la presente resolucion. Articulo Quinto.- La autorizacion que se otorga por la presente resolucion al Taller de Mantenimiento Aeronautico de la empresa AEROCONDOR S.A. queda sujeta a la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, a su reglamento, a las Regulaciones Aeronauticas del Peru, a las directivas que dicte la Direccion General de Transporte Aereo y a las demas normas aplicables a la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 0821

Que, es imprescindible adoptar medidas preventivas para administrar el denominado Problema Informatico del Ano 2000 (PIA 2000) en el ambito del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR; Que, para la conduccion de dichas acciones es necesario conformar un Comite Tecnico Institucional integrado por funcionarios funcionalmente competentes para la administracion de dicho problema informatico; Con la conformidad de la Direccion Ejecutiva y las visaciones de la Oficina General de Administracion, Oficina General de Presupuesto, Planificacion y de la Asesoria Legal Externa del INADUR; y, Estando a lo acordado por el Consejo Directivo del INADUR en su Sesion Ordinaria Nº 438 del 23 de octubre de 1998; en uso de las atribuciones conferidas por el inciso d) del Articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 144; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la constitucion del "Comite Tecnico para afrontar el Problema Informatico del Ano 2000" del Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA INADUR; para que realice, entre otras las acciones siguientes: a.- Formular el planeamiento integral del MORDAZA de administracion del Problema Informatico del Ano 2000 en el INADUR. b.- Coordinar el desarrollo del diagnostico de los equipos y sistemas informaticos del INADUR. c.- Evaluar el impacto de dicho problema en la gestion del INADUR. d.- Formular las alternativas de solucion, asi como proponer las normas pertinentes sobre el particular. Articulo Segundo.- Designar a los integrantes del "Comite Tecnico para afrontar el Problema Informatico del Ano 2000": - Director(a) Ejecutivo, quien lo presidira. - Director(a) General de Presupuesto, Planificacion e Informatica. - Director(a) General de Administracion quien asumira la Secretaria Tecnica. Articulo Tercero.- Disponer que todos los organos del INADUR brinden, bajo responsabilidad, las mas amplias facilidades al Comite Tecnico para el mejor cumplimiento de las acciones establecidas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENVENUTO RAFFO Presidente del Consejo Directivo Instituto Nacional de Desarrollo MORDAZA - INADUR 0782

Modifican resolucion que otorgo a empresa permisos de operacion del serAprueban la constitucion del Comite vicio aereo no regular de pasajeros, Tecnico para afrontar el Problema Infor- carga y correo y especial remunerado matico del Ano 2000 del INADUR turistico
INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO MORDAZA - INADUR RESOLUCION INADUR Nº 068-98-MTC-9700 MORDAZA, 29 de octubre de 1998 Visto, el Oficio Nº 552-98-INEI/J del Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; RESOLUCION DIRECTORAL Nº 203-98-MTC/15.16 MORDAZA, 31 de diciembre de 1998 Visto el Expediente Nº 00825005 mediante el cual la compania ALAS PERUANAS S.A., solicita Modificacion del Permiso de Operacion del Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Pasajeros, Carga y Correo y del Servicio Aereo Especial Remunerado Turistico,

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