Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 1999 (23/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 23 de enero de 1999

CONASEV
Disponen inscribir bonos de sociedad titulizadora en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION CONASEV Nº 016-99-EF/94.10 MORDAZA, 19 de enero de 1999 VISTOS: El Expediente Nº 98/00497 organizado por CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., asi como el Memorandum Ejecutivo Nº 002-99-EF/94.50, de fecha 12 de enero de 1999, de la Gerencia de Emisores y Empresas, con la opinion favorable de la Gerencia General. CONSIDERANDO: Que, CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. es una sociedad autorizada mediante Resolucion CONASEV Nº 045-98-EF/94.10 de fecha 10 de febrero de 1998, para actuar como fiduciario en procesos de titulizacion y adquirir activos con la finalidad de constituir patrimonios fideicometidos que respalden la emision de valores mobiliarios; Que, mediante Sesion de Directorio de CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. de fecha 23 de junio de 1998, se acordo aprobar la constitucion del Fideicomiso de Titulizacion, conforme al cual CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. adquiriria diversos bienes muebles e inmuebles, de propiedad de la empresa ALICORP S.A. a fin de llevar a cabo un MORDAZA de titulizacion por el cual se emitan valores mobiliarios, con respaldo en el patrimonio constituido para tal fin; Que, con fecha 21 de setiembre de 1998, CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. efectuo un acto unilateral de constitucion de fideicomiso, con intervencion del Banco de Credito del Peru y del Banco Sudamericano, mediante el cual CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. transfiere una serie de bienes muebles e inmuebles al patrimonio fideicometido, denominado "Patrimonio MORDAZA Edificios San MORDAZA, Patrimonio en Fideicomiso, D. Leg. Nº 861, Titulo XI", que se encuentra bajo su dominio fiduciario, a fin de realizar con su respaldo una emision de valores mobiliarios; Que, de conformidad con los Articulos 308º y 309º de la Ley del MORDAZA de Valores, el acto de constitucion del fideicomiso fue elevado a escritura publica el 29 de setiembre de 1998, modificada y precisada el 16 de noviembre de 1998 e inscrita en la Partida Nº 11016503 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, mediante cartas presentadas el 12 de octubre y el 21 de diciembre de 1998, CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. solicito la inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los Bonos de Titulizacion Edificios San MORDAZA, que seran emitidos mediante oferta publica primaria con respaldo en el "Patrimonio MORDAZA Edificios San MORDAZA, Patrimonio en Fideicomiso, D. Leg. Nº 861, Titulo XI"; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos contenidos en la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, y el Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 001-97-EF/94.10; y, Estando a lo dispuesto por los Articulos 20º, 49º y 333º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, los Articulos 43º, 44º, 45º y 46º del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 001-97-EF/94.10, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional, reunido en sesion de fecha 18 de enero de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Inscribir en el Registro Publico del MORDAZA de Valores los valores mobiliarios de contenido crediticio denominados "Bonos de Titulizacion Edificios San Isidro" emitidos con cargo al "Patrimonio MORDAZA Edificios San MORDAZA, Patrimonio en Fideicomiso, D. Leg. Nº 861, Titulo XI", de CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., los que seran colocados por oferta publica, en concordancia con los plazos, condiciones y modalidades previstas en el acto constitutivo del fideicomiso, el prospecto informativo y con sujecion a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 2º.- El prospecto informativo a ser utilizado obligatoriamente para la difusion de la referida oferta publica contiene las caracteristicas de los valores a emitir y debidamente visado sera devuelto a la recurrente, conservandose MORDAZA del mismo en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de CONASEV. Articulo 3º.- La publicidad que se realice para promover la mencionada oferta publica, debera sujetarse a las condiciones previstas en el acto constitutivo del fideicomiso, el prospecto informativo y a lo establecido en la presente resolucion. Articulo 4º.- La colocacion de los valores a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion debera efectuarse en un plazo no mayor a nueve (9) meses, desde la fecha de inscripcion del valor en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, prorrogable hasta por un periodo MORDAZA de nueve (9) meses a peticion de parte.

Articulo 5º.- CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A. queda obligada a presentar a esta Comision Nacional la informacion a que se refiere el Articulo 53º del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 001-97-EF/94.10 y, en lo pertinente, el Articulo 13º del Reglamento de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 906-91-EF/94.10.0 y sus modificatorias. Asimismo, en la fecha en que se culmine la colocacion de la oferta publica de los valores, la empresa emisora debera poner el hecho en conocimiento de la CONASEV. Articulo 6º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a CREDITITULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., al Banco Sudamericano en su calidad de representante de los fideicomisarios, al Banco de Credito del Peru en su calidad de agente asesor, mejorador, suscriptor, colocador y agente de pago, a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a CAVALI ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FUN Vicepresidente 1086

ADUANAS
Autorizan viaje de servidor de ADUANAS para participar en curso de entrenamiento que se realiza en Japon
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000022
Callao, 21 de enero de 1999 Visto, el documento de fecha 12 de enero de 1998 de la Oficina de Aduanas y Tributos del Ministerio de Finanzas del Gobierno Japones, sobre aceptacion de servidor a evento internacional de capacitacion; CONSIDERANDO: Que, dentro del Programa de Cooperacion Tecnica de Aduanas del Japon se ha considerado el "Curso de Entrenamiento en Represion y Tecnicas de Gestion de Inteligencia" organizado por la Oficina de Aduanas y Tributos del Ministerio de Finanzas del Gobierno Japones, a realizarse en la MORDAZA de Tokio - Japon, del 13 de enero al 3 de marzo de 1999; Que, el objetivo del evento es adquirir conocimiento y experiencia en represion, investigacion en delitos aduaneros y gestion de inteligencia, incluyendo todas las actividades de represion de Aduanas y el uso del equipo de represion; Que, mediante Oficio Nº 18-99-ADUANAS, de fecha 11 de enero de 1999, se designo como participante al Sr. Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BEDREGAL, Analista Profesional en Aduanas, de la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera, aceptandose su participacion mediante el documento del visto; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, del 22 de enero al 4 de marzo de 1999, de acuerdo a los facsimiles remitidos por la entidad organizadora, de fechas 13 y 19 de enero de 1999, y el Memorandum Nº 30-99-ADUANAS-AI de fecha 20 de enero de 1999; cuyos gastos seran cubiertos por la Oficina de Aduanas y Tributos del Ministerio de Finanzas del Gobierno Japones, bajo el Programa de Cooperacion Tecnica de Aduanas del Japon, no irrogando gasto alguno al Estado; Que, asimismo, resulta necesario dejar sin efecto la Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000012, de fecha 18 de enero de 1999, por haber la entidad organizadora modificado la fecha de viaje a dicho evento internacional; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5.2 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas y Entidades bajo el ambito de la Oficina de Instituciones y Organismos del Estado - OIOE, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 292-98-EF/15, de fecha 31 de diciembre de 1998; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 26020 y Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 00021 de fecha 13 de enero de 1997, que aprueban la Ley Organica y Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del Sr. Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BEDREGAL, Analista Profesional en Aduanas, de la Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera, de la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la MORDAZA de Tokio Japon, del 22 de enero al 4 de marzo de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran asumidos integramente por la Oficina de Aduanas y Tributos del Ministerio de Finanzas del Gobierno Japones, bajo el programa de Cooperacion Tecnica de Aduanas del Japon, no significando gasto alguno al Estado.

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