Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 1999 (28/01/1999)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de enero de 1999

Articulo 1º.- Modifiquese los Articulos 1º y 2º de la Resolucion Suprema Nº 719-98-PCM, quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senora MORDAZA MORDAZA de Razuri y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesores de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades de Guayaquil y MORDAZA - Ecuador, del 26 de noviembre al 11 de diciembre y del 28 de noviembre al 10 de diciembre de 1998 respectivamente, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion". "Articulo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente resolucion, seran con cargo al Presupuesto del Pliego 008 Comision para la Promocion de Exportaciones, del Sector 01 Presidencia de Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 001 Comision para la Promocion de Exportaciones, Funcion 11 Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promocion Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA de Razuri - Viaticos : US$ - Pasajes : US$ 2,155.00 355.00

coordinador nacional de la aplicacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002 y de las politicas, estrategias y programas de salud reproductiva y planificacion familiar que forman parte del mismo. Articulo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente reglamento, en el ambito de COORDIPLAN, son de aplicacion a los siguientes organismos integrantes: Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, Ministerio de Salud, Ministerio de Educacion, Ministerio de la Presidencia, Instituto Peruano de Seguridad Social, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica y Consejo Nacional del Ambiente. TITULO II FINALIDAD Y ATRIBUCIONES Articulo 3º.- Es finalidad de COORDIPLAN, promover acciones concertadas entre los sectores e instituciones involucrados, a fin de garantizar la adecuada aplicacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002. Articulo 4º.- Son atribuciones especificas de COORDIPLAN, las siguientes: a) Establecer los mecanismos de coordinacion intersectorial, para la aplicacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002; b) Realizar el seguimiento y evaluacion de los programas y proyectos de poblacion, especialmente de educacion sexual, salud reproductiva y planificacion familiar, con la finalidad de evaluar el cumplimiento de la cobertura y resultados esperados, y analizar el impacto demografico y de desarrollo de las acciones realizadas; c) Promover acciones de capacitacion y especializacion de los profesionales y tecnicos de los diferentes sectores e instituciones involucradas en la implementacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002, con la finalidad de asegurar su cumplimiento y continuidad. d) Promover y difundir la generacion de bases de datos para sistemas de consulta con informacion actualizada y especializada de las areas tematicas consideradas en el Plan Nacional de Poblacion 1998-2002, con enfasis en educacion sexual, salud reproductiva y planificacion familiar, a fin de monitorear y evaluar el estado y la calidad de MORDAZA de la poblacion, en especial en las zonas identificadas como de mayor pobreza; e) Promover y priorizar, en coordinacion con los sectores e instituciones, el desarrollo de investigaciones especializadas en temas de poblacion y desarrollo, con la finalidad de difundir y sensibilizar a las autoridades gubernamentales y no gubernamentales, en sus diferentes niveles de responsabilidad, para una adecuada toma de decisiones; f) Coordinar con las entidades de cooperacion tecnica internacional la asistencia financiera y tecnica para la ejecucion de proyectos de cobertura nacional y regional, priorizados por sectores dentro del Plan de Trabajo del COORDIPLAN, para la ejecucion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002, que permita focalizar las areas y poblaciones de mayor vulnerabilidad, movilizacion de recursos para la adecuada ejecucion del mismo; g) Promover la participacion de la sociedad civil en la aplicacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002; h) Aprobar el Plan de Trabajo Anual. TITULO III ORGANIZACION Y FUNCIONES Articulo 5º.- La Comision Nacional de Coordinacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002 esta conformada por: - Un representante del senor Presidente de la Republica, quien la presidira; - El Viceministro de Promocion de la Mujer y Desarrollo Humano; - El Viceministro de Salud; - El Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion; - El Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia; - El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Peruano de Seguridad Social; - El Jefe del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, - El Presidente del Consejo Nacional del Ambiente. Articulo 6º.- La Presidencia de COORDIPLAN estara a cargo del representante del senor Presidente de la Republica, quien tendra las siguientes funciones: a) Dirigir y supervisar el Plan de Trabajo Anual aprobado por la comision; b) Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias e informar sobre los asuntos relacionados a COORDIPLAN; c) Proponer la agenda para las reuniones de COORDIPLAN; d) Firmar convenios interinstitucionales y de cooperacion nacional e internacional, asi como los documentos de representacion, que COORDIPLAN acuerde suscribir dentro del MORDAZA de lo dispuesto en el Articulo 4º del presente reglamento;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Viaticos : US$ - Pasajes : US$ 1,635.00 355.00"

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1321

Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional de Coordinacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 009-99-PCM MORDAZA, 26 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 011-98-PROMUDEH, se aprobo el Plan Nacional de Poblacion, el cual constituye un instrumento de gestion en materia de poblacion; Que, en el Articulo 3º del referido decreto, se establece que la Comision Nacional de Coordinacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002 - COORDIPLAN, tiene por funcion coordinar la aplicacion de este; Que, el Articulo 6º del dispositivo senalado en el primer considerando, establece que el Reglamento de COORDIPLAN, sera aprobado por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; y, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional de Coordinacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002 - COORDIPLAN, que consta de tres (3) titulos, ocho (8) articulos y dos (2) disposiciones complementarias y transitorias, y forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la Resolucion Ministerial, a los titulares de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, Salud, Educacion, Presidencia y Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA COMISION NACIONAL DE COORDINACION DEL PLAN NACIONAL DE POBLACION 1998-2002 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La Comision Nacional de Coordinacion del Plan Nacional de Poblacion 1998-2002, COORDIPLAN, es el ente

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