Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 1999 (28/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 28 de enero de 1999

NORMAS LEGALES
Edificacion MORDAZA MORDAZA Nº 690, Urb. MORDAZA MORDAZA, Trujillo. Sinchi MORDAZA Nºs. 911-915, AA.HH. Rio Seco, El Porvenir, Trujillo. Unidad de 1 camioneta panel Daewoo Transporte MORDAZA, ano 1996, Placa QI-3750. Maquinarias Maquinaria de panaderia (L-343). Artefactos Artefactos electricos (707). Edificacion

Pag. 169281
98.1.31 98.1.31 91 502,85 37 997,75 99.7.30 99.7.30

Articulo 3º.- El costo que demande el cumplimiento de la presente resolucion sera con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1304

98.1.20 98.1.20 98.1.31

19 696,17 13 474,18 13 210,83

99.7.19 99.7.19 99.7.30

1235

SBS
Prorrogan plazos otorgados a empresa bancaria para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0055-99 MORDAZA, 21 de enero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Peru, a efectos de obtener la prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del anexo de la presente resolucion, los mismos que fueran adjudicados en pago de deudas, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, el Banco Internacional del Peru debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "D" mediante Informe Nº ASIF "D"-012-OT/98 y a lo opinado por los Superintendentes Adjuntos de Banca y Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco Internacional del Peru, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros RESOLUCION SBS Nº 0055-99 ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros)
MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION Y/O UBICACION FECHA DE VALOR EN PRORROGA ADJUDICALIBROS DE CION (En Nuevos TENENCIA Soles) 98.1.31 21 913,35 99.7.30 98.1.31 74 505,39 99.7.30

RESOLUCION SBS Nº 0056-99 MORDAZA, 21 de enero de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Peru, a efectos de obtener la prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del anexo de la presente resolucion, los mismos que fueran adjudicados en pago de deudas, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la mencionada Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, el Banco Internacional del Peru debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "D" mediante Informe Nº ASIF "D"-245-OT/98 y a lo opinado por los Superintendentes Adjuntos de Banca y Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado al Banco Internacional del Peru, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros RESOLUCION SBS Nº 0056-99 ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros)
MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION Y/O UBICACION FECHA DE VALOR EN PRORROGA ADJUDICALIBROS DE CION (En Nuevos TENENCIA Soles) 97.12.31 35 112,00 99.6.30

Edificacion Edificacion

MORDAZA MORDAZA s/n, Balconcillo, L. MORDAZA, Chincha. MORDAZA A. MORDAZA Nº 112, El MORDAZA, El Provenir, Trujillo.

Urb. San MORDAZA, lote 5. 5ta. Etapa, distrito V. Larco, MORDAZA, La Libertad. Edificio Las Camelias Nº 703, Mz. B, Lt. 2, Urb. Las Palmeras, MORDAZA, La Libertad. Mercaderias Articulos de bazar, regalos, juguetes, juegos de salon (B-426). Mercaderias 6 planchas de MORDAZA (B-427).

Terreno

97.12.31

170 995,74

99.6.30

97.12.31

644 519,83

99.6.30

97.12.31

10 315,48

99.6.30

1236

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