Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 1999 (03/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de febrero de 1999

Que por Resolucion Ministerial Nº 003-98-PCM del 8 de enero de 1998, se acepto la Cooperacion Financiera No Reembolsable (donacion) que extiende el gobierno del Japon a la Republica del Peru, consistente en Dos Mil Millones de Yenes Japoneses (¥ 2,000,000,000.00), para ser utilizados en la adquisicion de bienes y servicios con arreglo a las Notas Reversales suscritas el 9 de diciembre de 1997, por las autoridades del Gobierno del Peru y Japon; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 162-98-PCM del 31 de diciembre de 1998, se establecen las asignaciones relativas a los sectores, siendo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, beneficiado hasta por un monto de Ochocientos Setenticinco Millones de Yenes Japoneses (¥ 875,000,000.00); Que en el MORDAZA del acuerdo mencionado, el Gobierno del Japon ha donado al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, alcantarillas elipticas por un valor C&F de DM 362.173,80 MORDAZA Alemanes, que seran utilizadas, para mejorar al transitabilidad en las carreteras nacionales; Que los Articulos 2º y 3º del Decreto Ley Nº 21942 y Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, disponen que las donaciones provenientes del extranjero consignadas al Gobierno Central, asi como las donaciones por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional seran despachadas por la Superintendencia Nacional de Aduanas del Peru, por el solo merito de Resolucion Ministerial, expedida por el Titular del Sector correspondiente; De conformidad con el Decreto Ley Nº 21942; Decreto Supremo Nº 127-91-PCM y Resolucion de Contralor Nº 122-98-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la donacion efectuada por el Gobierno del Japon a favor del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, consistente en alcantarillas elipticas, dispuestas en 10 Contenedores Nºs.: HLCU 2609707; HLCU 2615551; HLCU 2629920; HLCU 2619726; HLCU 2629508; HLCU 2622798; HLCU 2622479; HLCU 2626751 y HLCU 2625349; HLCU 2610312; haciendo un total de 84 bultos, con un peso total de 210,595.00 k. Articulo Segundo.- Los bienes a que se contrae el articulo anterior llegados al Peru por el puerto del Callao, transportados en el barco MORDAZA EXPRESS se encuentran debidamente acreditados segun Conocimiento de Embarque de HAPAG MORDAZA Nº HLCUHAM981273850, del 20.12.98, por un valor C&F DM 362.173,80 MORDAZA Alemanes, que seran destinados para mejorar la transitabilidad en las carreteras nacionales, seran despachados por la Aduana Maritima del Callao. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los terminos de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1478

Que, el Directorio de SERPOST S.A. en Acuerdo Nº 002-99 estimo pertinente que su Presidente participe en el evento MORDAZA mencionado, solicitando al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, expedir el acto administrativo del caso; Que, el viaje del Presidente del Directorio de SERPOST S.A. no irrogara gastos al Estado ya que estos seran cubiertos por la Union Postal Internacional; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Directorio de la Empresa de Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A., a la MORDAZA de MORDAZA, Suiza, durante los dias 2, 3 y 4 de febrero de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogara gastos al Estado. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1472

Otorgan permiso de operacion a empresa para que preste servicio especial de publicidad aerea y aerofotografia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 009-99-MTC/15.16 MORDAZA, 22 de enero de 1999 Visto el Expediente Nº 01000005 mediante el cual la compania SERVICIOS AEREOS CHAMPION S.R.LTDA., solicita Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Remunerado Comercial - Publicidad Aerea y Aerofotografia. CONSIDERANDO: Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0023-99MTC/15.16.02, Memorandum Nº 0004-99-MTC/15.16.06, Memorandum Nº 008-99-MTC/15.16.01, Memorandum Nº 018-99-MTC/15.16.5.03, Memorandum Nº 015-99-MTC/ 15.16.05.2 y la MORDAZA de Inscripcion, emitidos por la Direccion de Asesoria Legal, Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico, Direccion Tecnica, Subdireccion de Operaciones Aereas, Subdireccion de Material Aeronautico y el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, respectivamente, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en las Leyes Nºs. 24882, 26917, el Decreto Legislativo Nº 670, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC - Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC; Que, la administracion en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos; conforme dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, la recurrente en su solicitud pide operar en aeropuertos y/o aerodromos privados, respecto de los cuales debe celebrar convenios o acuerdos privados con los propietarios de los mismos, a fin de poder utilizar sus instalaciones; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, la autoridad aeronautica considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; De conformidad con las Leyes Nºs. 24882, 25035, 26917, los Decretos Legislativos Nºs. 670 y 757, el Decreto Ley Nº 25862, el Decreto Supremo Nº 054-88-TC - Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil y sus modificatorias, los Decretos Supremos Nºs. 019-90-TC y 009-96-MTC;

Autorizan viaje de funcionario de SERPOST a Suiza para participar en Mesa Redonda Mundial sobre Gastos Terminales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 032-99-MTC/15.03 MORDAZA, 29 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Oficina Internacional de la Union Postal Universal - OI/UPU, ha cursado invitacion al Presidente del Directorio de la Empresa de Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A., a fin de que participe en la Mesa Redonda Mundial sobre Gastos Terminales que se llevara a cabo en el Centro Internacional de Conferencias de Ginebra: Que, la conferencia aludida tiene como objetivo lograr un consenso relacionado al proyecto de un MORDAZA sistema de remuneracion de los gastos terminales, involucrando la evolucion del sector postal en ciertas regiones del Universo;

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