Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 1999 (03/02/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 3 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 169443

MINISTERIO PUBLICO
Absuelven a ex funcionaria de los cargos formulados en su contra y sancionan con suspension a ex Gerente de Informatica
RESOLUCION DE LA GERENCIA GENERAL Nº 042-99-MP-FN-GG MORDAZA, 29 de enero de 1999 VISTO: El Informe Nº 03-98-MP-FN-CEPAD y demas documentos relacionados con las presuntas faltas administrativas disciplinarias de los ex servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente de Informatica del Ministerio Publico y MORDAZA Maricia MORDAZA MORDAZA ex Subgerente de Soporte Tecnico de la Gerencia de Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe de Auditoria Interna Nº 24-97-MPFN-DICAI "Examen Especial No Programado a la Gerencia de Informatica" se atribuye a los mencionados ex servidores el haber dado conformidad a los equipos de computos suministrados por la empresa Data General del Peru S.A., al ser ingresados al almacen del Ministerio Publico sin efectuar la verificacion fisica de los mismos comprobando su capacidad por lo cual no es posible ahora establecer cuando ni donde se sustrajeron cuatro discos duros y doce modulos de memoria RAM valorizados en US$ 1,132.00; tambien se atribuye al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA responsabilidad por no haber impartido instrucciones de seguridad a los supervisores y fiscales de los distritos judiciales encargados acerca de la recepcion de los equipos, lo que trajo como consecuencia que se MORDAZA sustraido un disco duro de 850 MB y dos modulos de memoria valorizados en US$ 300.00 cada uno; que pese a estas perdidas durante la verificacion fisica de los equipos MORDAZA ACER todas las cerraduras MORDAZA desensamble estaban abiertas con las llaves de chasis colgadas en la parte posterior de los CPU y los mencionados ex funcionarios no tomaron las debidas precaucaciones de seguridad; Que, en su descargo, la denunciada MORDAZA Maricia MORDAZA ha demostrado que solo estuvo comisionada por el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la supervision de la instalacion de las computadoras de las oficinas del Distrito Judicial del MORDAZA Norte, sin manipular los equipos y que luego de la misma procedio a entregar las llaves de seguridad personalmente al ex Gerente de Informatica; estos hechos son corroborados por el ingeniero MORDAZA MORDAZA durante su intervencion oral, debiendo agregarse que en dicho distrito judicial no se han sufrido perdidas ni sustracciones; Que, el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su correspondiente descargo, ha explicado con detalle el MORDAZA de verificacion de los equipos de computo indicando ademas que el personal de control patrimonial procedio a abrir los equipos inconsultamente y que, cuando se verificaron las perdidas, procedio a formular la correspondiente denuncia penal ante la 23º Fiscalia Provincial Penal de Lima; que en lo referente a las perdidas sufridas en la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal del MORDAZA Este, si dio instrucciones telefonicas al Fiscal acerca de que los equipos quedaban en custodia pero que personal de la Fiscalia los manipulo sin la presencia de un tecnico de Informatica ni del representante del proveedor con lo que se perdio la garantia; agrega que la verificacion no puede hacerse sin la presencia de los representantes del proveedor porque romperse los precintos de seguridad y el proveedor debe estar presente para colocar nuevos precintos; asi mismo, que cualquiera de las llaves abre las cerraduras MORDAZA desensamble, y que todo empleado y funcionario del Ministerio Publico esta obligado a conocer las disposiciones de seguridad de los bienes de la institucion y que una vez instalados los equipos de computo ya son responsabilidad de cada usuario; Que, durante el presente MORDAZA, ambos ex servidores han hecho uso de su derecho de defensa, presentando sus descargos correspondientes, haciendo ademas uso de la palabra el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA conjuntamente con su abogado; Que, con lo expuesto la ex servidora procesada MORDAZA MORDAZA Maricia MORDAZA MORDAZA ha desvirtuado los cargos formulados en su contra debiendo agregarse que de la supervision efectuada en el Distrito Judicial del MORDAZA Norte no existen perdidas que lamentar por lo que procede absolversele de los mismos; Que en lo referente al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este mismo acepta que las instrucciones de seguridad que impartio

fueron verbales o telefonicas, que como Gerente de Informatica le compete tomar las precaucaciones necesarias o verificar que estas MORDAZA tomadas por el personal a cargo, cosa que no ocurrio tanto en la Fiscalia Provincial de Chosica como en el area de Control Patrimonial, trayendo como consecuencia las perdidas MORDAZA mencionadas, hechos que constituyen negligencia por omision inexcusable de parte del ex funcionario; asi mismo, no cerro con llave las cerraduras mecanicas MORDAZA desensamble para asegurar los componentes internos de los CPU y proteger los software de productividad, como una minima de precaucion de seguridad, hechos que constituyen falta administrativa disciplinaria que han causado perjuicio economico a la institucion; Contando con la visacion del Gerente de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en la MORDAZA y Cuarta Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 26623 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009; Articulo 11º incisos b) y k) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico aprobado por Resolucion Nº 035-96-MP-FN-CEMP, modificado por Resolucion Nº 335-98-MP-CEMP, Articulo 10º numeral 10.2.3 del Reglamento Normativo de Procesos Administrativos Disciplinarios y sus modificaciones, Articulos 14º, 155º inciso b), 170º, 174º y 175º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y con las facultades delegadas por el Titular del Pliego en merito al Articulo 1º de la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Ministerio Publico Nº 121-97-SE-TP-CEMP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ABSOLVER a la ex funcionaria MORDAZA MARICIA MORDAZA MORDAZA, ex Subgerente de Soporte Tecnico de la Gerencia de Informatica del Ministerio Publico, de los cargos formulados en su contra por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- SUSPENDER sin goce de remuneraciones por treinta dias al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Gerente de Informatica del Ministerio Publico, sancion que se suspende provisionalmente por cuanto el mencionado ex funcionario ya no presta servicios en el Ministerio Publico. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion a la Gerencia Central de Personal, Organo de Auditoria Interna, Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y a los interesados para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Central de Personal la notificacion de la presente resolucion, debiendo remitir a la Presidencia de las Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios, el cargo correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General 1567

JNE
Declaran infundado recurso de nulidad contra proclamacion de autoridades ediles de la provincia de Huancasancos, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 087-99-JNE MORDAZA, 2 de febrero de 1999 VISTOS: El recurso de nulidad y escrito ampliatorio presentados con fechas 17 y 30 de noviembre de 1998, respectivamente, por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la Lista Independiente "Nueva Conciencia", contra la proclamacion de MORDAZA y Regidores de la provincia de Huancasancos, departamento de MORDAZA, efectuada por el MORDAZA Electoral Especial de dicha provincia, manifestando que en la Mesa de Sufragio Nº 145511 fueron impugnados 36 votos, sin que se precise la forma en que dichas impugnaciones fueron resueltas por el MORDAZA Electoral Especial, adjuntando medios de prueba referentes a las manifestaciones vertidas; y la comunicacion recibi-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.