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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (03/02/1999)

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Pág. 169451 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de febrero de 1999 nes (ROF), así como la evaluación y racionalización del personal; esta comisión estará integrada por los siguientes: 1.- Dr. HILDEBRANDO CASTILLO GALLARDO 2.- Sr. CRISTIAN ALCANTARA GAMARRA 3.- Sra. MARIA LUISA RUIZ DE SANTILLAN 4.- Sr. JOSE CORNELIO ESTRADA. Artículo 3º.- Fijar un plazo de sesenta días calendario, para la citada Comisión Especial presente los informes correspon- dientes a fin de poner en consideración del Concejo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ORTECHO ROMERO Alcalde 1406 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban Reglamento para el otorga- miento de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento en el distrito ORDENANZA Nº 014-MDLV La Victoria, 28 de enero de 1999 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 191° y 192° de la Constitución del Perú, las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa; Que, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar planes correspon- dientes para fomentar el desarrollo integral y armónico de sus jurisdicciones, conforme lo dispone el Artículo 3° y el Artículo 10° inciso 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 68° inciso 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones específicas de las municipalidades en materia de abastecimien- to y comercialización de productos, el otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales, y de actividades profesionales, así como el control de su funciona- miento de acuerdo a ellas; Que, con fecha 22 de julio de 1993 la Municipalidad Metro- politana de Lima dictó el Edicto N° 178, que reguló las Licencias Especiales y la venta de Bebidas Alcohólicas en Lima Metropo- litana; Que, la Municipalidad Distrital de La Victoria, por no tener un marco legal propio ha venido aplicando disposiciones reglamentarias aprobadas por la Municipalidad Metropoli- tana de Lima, como es el Decreto de Alcaldía Nº 084-89 para el otorgamiento de las licencias de apertura de estableci- mientos comerciales, industriales, de actividades profesiona- les y de servicios, así como el Decreto Legislativo Nº 776, las mismas que han permitido controlar el funcionamiento de los establecimientos; Que, dentro de los lineamientos seguidos por la Municipa- lidad Distrital de La Victoria, se busca armonizar y erradicar las trabas administrativas, permitiendo el otorgamiento de autorizaciones de funcionamiento en forma adecuada y expe- ditiva, teniendo en cuenta las actividades comerciales, indus- triales y de servicios, acorde con la recuperación del distrito; Que, en tal sentido es necesario que la Municipalidad Distri- tal de La Victoria, tenga una norma propia que regule el otorgamiento de las Autorizaciones Municipales de Funciona- miento del distrito y dentro de este marco se deberá promulgar la presente ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad con el inciso 4) del Artículo 192 º de la Constitución Política del Perú y el inciso 7) del Artículo 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; POR CUANTO: El Concejo Distrital de La Victoria en sesión ordinaria de fecha 27 de enero de 1999, con dispensa del trámite de aproba- ción de acta, aprobó la siguiente:ORDENANZA NORMAS PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES MUNICIPALES DE FUNCIONAMIENTO Artículo Primero .- Apruébase el Reglamento de Autori- zación Municipal de Funcionamiento de establecimientos co- merciales, industriales, profesionales y/o de servicios, que for- ma parte de la presente norma y que consta de cinco títulos, cuarentinueve artículos, cinco disposiciones complementarias y 5 anexos. Artículo Segundo .- Prohíbase dentro del distrito el funcio- namiento de establecimientos con los siguientes giros: prostíbu- los, casas de cita y salones de masajes, debido a que el distrito no cuenta con una zona exclusivamente industrial. Artículo Tercero .- Autorícese al Alcalde para que me- diante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias y complementarias para la aplicación del citado reglamento. Artículo Cuarto .- Deróguese todas las disposiciones regla- mentarias o administrativas que se opongan al presente orde- nanza. Artículo Quinto .- La presente ordenanza entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde REGLAMENTO PARA OTORGAR AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Finalidad El presente reglamento regula el trámite para la obtención, cancelación y renovación de la Autorización Municipal de Fun- cionamiento que otorga la Municipalidad de La Victoria. Artículo 2°.- Definiciones : 1. AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIEN- TO: Es aquélla que se otorga en mérito al presente reglamento, previo cumplimiento del procedimiento administrativo munici- pal para obtener el certificado, cuya naturaleza es distinta al tributo denominado “Licencia Municipal de Funcionamiento” normado por el Decreto Legislativo Nº 776 en su Artículo 68º inciso c) a) AUTORIZACION CON VERIFICACION PREVIA: Aqué- lla otorgada a los establecimientos ubicados dentro del distrito que realicen actividades establecidas en el inciso a) del Art. 16º del presente reglamento. b) AUTORIZACION AUTOMATICA O CON VERIFICA- CION POSTERIOR: Aquélla otorgada a los establecimientos ubicados en el distrito que no se encuentren comprendidos en el inciso anterior. 2. AUTORIZACION PROVISIONAL: Aquélla otorgada al amparo del D. Leg. Nº 705 - Ley de Promoción a la Micro y Pequeña Empresa 3. AUTORIZACION TEMPORAL: Aquélla expedida por la Municipalidad Distrital de La Victoria a los establecimientos que cuenten con A.M.F. para que realice actividades de tempo- rada compatibles con el giro principal, así como determinadas actividades que por sus características requieren este tipo de autorización. 4. CERTIFICADO: Constancia de la AMF otorgada por la Municipalidad de La Victoria a un establecimiento apto técnica y legalmente. 5. ESTABLECIMIENTO: Inmueble independiente en el cual se desarrolla toda o parte de una actividad económica, profesional y /o de servicios. 6. CERTIFICADO DE ZONIFICACION y COMPATIBILI- DAD DE USO CONFORME: Documentos expedidos por Direc- ción de Desarrollo Urbano, declarando que el local y la actividad que se pretenden desarrollar en él son compatibles con la normatividad municipal vigente. 7. SOLICITUD-DECLARACION JURADA: Formulario que otorgará la DAMF para el inicio del trámite de Autorización Municipal de Funcionamiento.