Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 1999 (03/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 3 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES

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cion equitativa al compartirse la carga por este concepto y sobre todo la debida atencion de la denuncias senaladas. Si esto es asi, quincenalmente cada juzgado entraria de turno un dia y luego que los demas juzgados hayan realizado similar labor volverian a efectuarla; Asimismo, la practica policial y fiscal permite colegir que generalmente en esta Corte las horas punta para la recepcion de las denuncias con detenidos, son entre las cuatro de la tarde y las doce de la noche, oscilando estas imputaciones entre dos a seis, como maximo; Por lo expuesto no se justifica que el servicio de turno sea a dedicacion exclusiva sino atendiendo la carga jurisdiccional permanente, empezando este turno a las ocho de la manana y concluyendo a la misma hora del dia siguiente en que se repondra a su labor habitual y sera reemplazado por el Juzgado Penal de numero subsiguiente, mas aun que como se indica en el primer considerando y por la resolucion que se cita, esta actividad se ha venido realizando hasta por diez dias y que MORDAZA a esta inclusive era de quince dias; En el caso de los Juzgados Sentenciadores (Decimo MORDAZA, Decimo MORDAZA y Decimo Quinto), es necesario que mientras esten de turno cuenten con apoyo de personal jurisdiccional adicional, por lo que dos auxiliares del Juzgado Penal de Reos Libres del penultimo turno colaboraran con las labores que requiere este servicio; Asimismo, para esta reforma se tiene en cuenta la Resolucion Administrativa numero ochocientos treintiuno-CME-PJ de fecha veintiuno de diciembre de mil novecientos noventiocho que crea la Mesa de Partes Unica de los Juzgados Penales; Que si bien es MORDAZA se encuentra suspendido el inciso MORDAZA del Articulo noventiseis de la Ley Organica del Poder Judicial que senala que es funcion del Consejo Ejecutivo Distrital fijar los turnos de las MORDAZA y Juzgados asi como las horas del Despacho Judicial por la Sexta Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley numero veintiseis mil seiscientos veintitres, Ley numero veintiseis mil seiscientos noventicinco ampliada por Ley numero veintisiete mil nueve, tambien lo es que por el Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa numero setenticuatro guion noventiseis guion CME-PJ concordante con el Articulo Primero de la Resolucion Administrativa numero ciento noventisiete guion noventiseis-SE-TP-CME-PJ, esta y otras facultades se transfieren a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, por lo que en uso de tales atribuciones y dando cuenta a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, esta Presidencia: RESUELVE: Primero.- DEJAR SIN EFECTO el MORDAZA acapite de la Resolucion Administrativa numero ciento once guion noventiocho-P-CSJ-CNL que establecia turnos rotatorios de diez dias para los Juzgados Penales de Reos Libres. Segundo.- DISPONER a partir del dos de febrero del ano en curso, el servicio de turno judicial rotativo para todos los Juzgados Especializados en lo Penal de esta Corte, esto es del Primero al Decimo MORDAZA Juzgado Penal, que sera de veinticuatro horas, empezando a las ocho de la manana y concluyendo a la misma hora del dia siguiente, iniciandose con el Primero y continuando sucesivamente hasta el Decimo MORDAZA Juzgado Penal, en que nuevamente seguira tal orden. Tercero.- Durante este servicio, el Juzgado Penal calificara la denuncia, iniciara la instructiva y de ser posible la concluira y terminado su turno la derivara a la Mesa de Partes Unica de los Juzgados Penales para que aleatoria y proporcionalmente la remita al organo judicial correspondiente. Cuarto.- Se dispone que el Presidente de la Comision Distrital de Control de la Magistratura y la Oficina de Sistemas y Estadistica se encarguen de controlar el cumplimiento de esta resolucion. Quinto.- Poner en conocimiento la presente resolucion a la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Fiscalia Superior Encargada de la Gestion de Gobierno del MORDAZA Norte de MORDAZA, MORDAZA Penales, Juzgados Especializados en lo Penal, Oficina Distrital de Control de la Magistratura y Oficina Distrital de Administracion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA 1532

Establecen funcionamiento de organos jurisdiccionales en periodo de vacaciones de magistrados y personal auxiliar de la Corte Superior del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 23-99-P-CSJ-CNL Independencia, veintinueve de enero de mil novecientos noventinueve. VISTA: La Resolucion Administrativa numero ochocientos cuarenticinco guion CME-PJ del doce de enero del presente ano; y, CONSIDERANDO: Que, por resolucion de vista la Comision Ejecutiva del Poder Judicial suspende, a partir del primero de febrero hasta el dos de marzo de mil novecientos noventinueve, las actividades del Poder Judicial en el ambito nacional, por motivo de vacaciones de Magistrados y personal auxiliar jurisdiccional; Que, durante el periodo vacacional se suspende el computo de los plazos procesales salvo en las materias senaladas en el Articulo Primero de la Ley numero veintiseis mil setecientos treinticinco, esto es penal, laboral, acciones de garantia y familia, asi como el desplazamiento por itinerancia de los organos jurisdiccionales autorizados; Asimismo, el literal c) del Articulo Tercero de la resolucion acotada senala que los Presidentes de Corte, a excepcion de MORDAZA, estableceran por vacaciones que dependencias judiciales entraran en funcionamiento durante el periodo vacacional que actuaran como Organos Jurisdiccionales de Vacaciones y las medidas correspondientes que deberan regir su actuacion para garantizar la atencion de los procesos judiciales y evitar la paralizacion de los mismos; Que, por otro lado y estando a que en esta Corte vienen laborando Magistrados Suplentes que hasta la fecha no han acumulado un ano de servicio, no teniendo derecho al goce vacacional pues se tratan de Juzgados de reciente creacion por la excesiva cantidad de procesos con que contamos y por ello estan afinando su desarrollo para un mejor servicio y lograr manejar la carga senalada por la Resolucion Administrativa numero ciento ocho-CME-PJ de MORDAZA de mil novecientos noventiseis, por lo que es conveniente que estos sigan despachando en los Juzgados a los que fueron asignados a fin de no perjudicar la atencion de las causas; Por estos fundamentos y en uso de las atribuciones conferidas al suscrito por Resolucion Administrativa numero setenticuatro guion noventiseis guion CME-PJ concordante con la Resolucion Administrativa numero ciento noventisiete guion noventiseis-SE-TP-CME-PJ, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- ESTABLECER el funcionamiento por vacaciones de los organos judiciales de esta Corte que a continuacion se indican asi como su composicion, por el periodo comprendido entre el primero de febrero al dos de marzo: SALA CIVIL: Senores Vocales MORDAZA Montanez MORDAZA y MORDAZA MORDAZA del MORDAZA asi como el doctor MORDAZA MORDAZA Samame MORDAZA, quien ha sido designado por el periodo vacacional a fin de completar la conformacion de la Sala. PRIMERA SALA PENAL (Reos Libres): Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villasante, quien la presidira e integrada por la senorita Vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el senor Vocal MORDAZA Cuya Lavy. MORDAZA SALA PENAL (Reos en Carcel): Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien la presidira e integrada por los senores Vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA Vargas. Segundo.- DESIGNAR dos Juzgados Civiles de Vacaciones: - Primer Juzgado Civil a cargo de la senora doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ademas de su Despacho, se encargara del MORDAZA y MORDAZA Juzgado Civil. - Tercer Juzgado Civil a cargo del senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ademas de su Despacho, se encargara del MORDAZA y MORDAZA Juzgado Civil.

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