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Pág. 169548 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de febrero de 1999 RESOLUCION SUPREMA Nº 024-99-EF Lima, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Embajada del Perú en Francia y ADRA OFASA INTERNACIONAL han efectuado diversas donaciones, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para la atención de los damnificados por el Fenómeno de "El Niño"; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las donaciones efectuadas por la Embajada del Perú en Francia y ADRA OFASA INTERNA- CIONAL, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para la atención de los damnificados por el Fenóme- no de "El Niño", de acuerdo a las Resoluciones Jefaturales que a continuación se detallan: - Resolución Jefatural Nº 077-98-INDECI Donación remitida por la Embajada del Perú en Francia, consistente en ropa usada, medicinas, juguetes, alimentos y lentes con un valor aproximado de S/. 3 350,00 (Tres Mil Trescientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) y un peso aproximado de 500 k., según Carta Declaratoria de fecha 20 de febrero de 1998 y Guía Aérea Nº 074 3217 0596 de KLM ROYAL DUTCH AIRLINES. - Resolución Jefatural Nº 074-98-INDECI Donación efectuada por ADRA OFASA INTERNACIONAL consistente en 3 214 fardos de ropa usada y 50 cajas de libros educativos, con un valor aproximado de S/. 2 211 934,90 (Dos Millones Doscientos Once Mil Novecientos Treinta y Cuatro y 90/100 Nuevos Soles) y un peso aproximado de 198 771 k., según Cartas de Donación de fecha 5 de febrero de 1998 y Conocimien- tos de Embarque Nºs. BAL304485 de MAERSK LINE y 130302363 de la COMPAÑIA CHILENA DE NAVEGACION INTEROCEANICA S.A. Artículo 2º.- Compréndase las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 1778 RESOLUCION SUPREMA Nº 025-99-EF Lima, 5 de febrero de 1999 Visto el Facsímil (DGE-DIC/DGB ENL) Nº F-008 del 17 de febrero de 1998 del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO: Que, la Comunidad de Peruanos Residentes en Miami, ha donado a la Presidencia del Consejo de Ministros, alimentos, ropa, menaje, agua mineral, medicinas, accesorios y artícu- los de tocador, con un peso aproximado de 8 083 k., destina- dos a la población afectada por el Fenómeno El Niño;Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estan gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúen a título gratuito a favor de entidades y dependen- cias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 804º, Decreto Legislativo Nº 821 y Decreto Supremo Nº 099-96-EF, y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efectuada por la Comunidad de Peruanos Residentes en Miami, a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, consis- tente en alimentos, ropa, menaje, agua mineral, medici- nas, accesorios y artículos de tocador, con un peso aproxi- mado de 8 083 k., según Guía Aérea Nº 529 00204002 de Export Air Del Perú S.A. Artículo 2º.- Compréndase a la precitada donación en los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transfiéranse, los alimentos, ropa, menaje y agua mineral al Programa Nacional de Asistencia Alimen- taria - PRONAA del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Las medicinas, accesorios médicos y artículos de tocador transfiéranse al Ministerio de Salud con la finalidad de ser distribuidos entre la población afecta- da por el Fenómeno El Niño. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución Supre- ma a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo esta- blecido conforme a ley. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 1779 Autorizan viaje de profesionales de ADUANAS para participar en reunión del Subcomité de Procedimientos Aduaneros de APEC, que se realiza en Nueva Zelanda RESOLUCION SUPREMA Nº 020-99-EF Lima, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 68-99-ADUANAS, la Superin- tendencia Nacional de Aduanas -ADUANAS- solicita se au- torice el viaje de dos profesionales a la ciudad de Wellington, Nueva Zelanda, del 29 de enero al 7 de febrero de 1999, para participar en la "I Reunión del Subcomité de Procedimientos Aduaneros de APEC", la cual será parte de la "Reunión de Altos Funcionarios de APEC" (SOM1); Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del presupuesto de ADUANAS correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicio de las señoras Cristina Gastulo Yong y Betty Ynafuku Yoza, profesionales especialistas en Aduanas I, de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera de la Superintendencia Na- cional de Aduanas -ADUANAS-, a la ciudad de Wellington, Nueva Zelanda, del 29 de enero al 7 de febrero de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.