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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (06/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 169547 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de febrero de 1999 RESOLUCION SUPREMA Nº 019-99-EF Lima, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, JAPAN RELIEF CLOTHING CENTER de Japón, ha donado al Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencial del Consejo de Ministros, prendas de vestir usadas; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modifi- catorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACEPTAR Y APROBAR la donación efectua- da por JAPAN RELIEF CLOTHING CENTER de Japón, a favor del Gobierno del Perú - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencial del Consejo de Ministros, consistente en 651 cajas conteniendo prendas de vestir usadas, con valor CIF de US$ 29 182,96 (Veintinueve Mil Ciento Ochenta y Dos y 96/100 Dólares de Estados Unidos de América) y un peso aproximado de 20 426 k., según Carta de Donación de fecha 13 de abril de 1998 y Conocimiento de Embarque TMMUK- BALC68E0583 de TMM Línea Mexicana. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo precedente dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 1773RESOLUCION SUPREMA Nº 018-99-EF Lima, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Río Tambo - Satipo, departamento de Junín, en Sesión Extraordinaria de Conce- jo de fecha 23 de noviembre de 1998, aceptó la donación efectuada por Proyecto Perú, con sede en Inglaterra, consis- tente en diversos bienes; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF, y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por Proyecto Perú, con sede en Inglaterra, en favor de la Municipalidad Distrital de Río Tambo - Satipo, departamento de Junín, consistente en 130 paquetes conteniendo ropa y zapatos usados, artículos usados para la casa y algunas herramien- tas, con un peso aproximado de 1 300 k., según Carta de Donación de fecha 22 de octubre de 1998 y Conocimiento de Embarque Nº 8MNES1425 de HAMBURG SÜD. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 821. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 1772 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS COMUNICADO Nº 003-99-EF/76.01 A LOS GOBIERNOS LOCALES PRESENTACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL DE APERTURA PARA 1999 DE LOS GOBIERNOS LOCALES La Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, recuerda a los Alcaldes Provinciales del país la obligación que tienen de presentar los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) para 1999, a las instancias que señala el Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 036- 98-EF/76.01: Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, Contraloría General de la República y la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Por lo tanto, los responsables de la consolidación a nivel Provincial de los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) para 1999, de las Municipalidades Distritales a la cual se vinculan geográficamente, deben ultimar las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo antes señalado en el MAS BREVE PLAZO POSIBLE. Finalmente, es preciso señalar que para efectos de la recepción de la citada información, sólo se considerará como válidos los Presupuestos Institucionales de Apertura (PIA) que se presen- ten a través de la respectiva Municipalidad Provincial, quedando en la condición de omisas aquellas Municipalidades Distritales que los remitan directamente a la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Lima, 4 de febrero de 1999 DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO 1715