Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 1999 (06/02/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 169564

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de febrero de 1999

Designan representante del Ministerio ante la Comision Tecnica encargada de formular propuesta de ordenamiento territorial de la MORDAZA Reservada Santiago-Comaina, provincia de Condorcanqui
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 046-99-PROMUDEH MORDAZA, 4 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 005-99-AG, de fecha 21 de enero de 1999, se constituyo una Comision Tecnica encargada de la formulacion de la propuesta de ordenamiento territorial de la MORDAZA Reservada Santiago-Comaina, ubicada en los distritos de Cenepa, Rio MORDAZA y MORDAZA, de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas; Que la referida comision esta integrada, entre otros por un representante del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, por lo que resulta necesario designar al funcionario que asumira dicha representacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, y el Decreto Supremo Nº 005-99-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la Eco. MORDAZA CONTERNO MARTINELLI, Secretaria Tecnica de Asuntos Indigenas del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, como representante del PROMUDEH ante la Comision Tecnica constituida por Decreto Supremo Nº 00599-AG. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 1744

suscritos solo tenian caracter de renovacion por haber sido celebrados con anterioridad al inicio de su gestion, que se efectuo el seguimiento e implementacion de las recomendaciones de los Informes de Auditoria que le fueron enviados, asi como que no existieron irregularidades en los sistemas administrativos; Que de la revision y analisis del recurso interpuesto, se evidencia que el acto que autoriza a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano a iniciar acciones judiciales contra el recurrente, constituye un acto preparatorio que se emite para hacer posible un acto posterior, y en consecuencia no lesiona un derecho subjetivo, es una medida preparatoria de una decision final, que no puede ser impugnada, siendo condicion necesaria para la calificacion de un recurso impugnativo, la existencia de un acto generador de efectos juridicos inmediatos, MORDAZA estos generales o individuales, lo que aun no ha sido determinado con la resolucion de impugnacion; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en el Informe Nº 000-99-PROMUDEH-OGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94JUS, modificado por Ley Nº 26810; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por don MORDAZA Alcabes Avdala contra la Resolucion Ministerial Nº 353-98-PROMUDEH, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUCULIZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 1745

Dan por concluida designacion de Declaran improcedente impugnacion Presidente y Miembro del Directorio de contra la R.M. Nº 353-98-PROMUDEH la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 049-99-PROMUDEH MORDAZA, 4 de febrero de 1999 Visto el recurso de reconsideracion interpuesto por don MORDAZA Alcabes Avdala, de fecha 12 de enero de 1999, contra la Resolucion Ministerial Nº 353-98-PROMUDEH, de fecha 30 de diciembre de 1998; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 353-98-PROMUDEH, se autorizo a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, a iniciar acciones judiciales, entre otros, contra don MORDAZA Alcabes Avdala, ex Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, al haberse evidenciado a traves de la accion de control contenida en el Informe Nº 001-96-O.EJEC.CA y F-IGS, indicios razonables de la comision de ilicitos penales y de presunta responsabilidad civil en el ejercicio de sus funciones; Que contra la mencionada resolucion y dentro del plazo establecido por ley, el recurrente interpone recurso de reconsideracion argumentando que la misma carece de todo fundamento legal, que el manejo del dinero de la institucion fue cuidadoso, estando en MORDAZA perfeccionamiento los organismos correspondientes, que se solicito en reiteradas oportunidades la expedicion de las resoluciones pertinentes de designacion a fin de observar las formalidades dispuestas en el Decreto Ley Nº 25515, que la bonificacion otorgada a los funcionarios de la Beneficencia estaba debidamente presupuestada, que los contratos por servicios no personales RESOLUCION MINISTERIAL Nº 050-99-PROMUDEH MORDAZA, 4 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, entre otros, el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, disponiendose asimismo la transferencia al referido instituto, de las Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que la Ley de Creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo Nº 26918, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, continuan en sus funciones, mientras no MORDAZA expresamente removidos de sus cargos, resultando necesario dejar sin efecto la designacion del Presidente y Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Piura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26918, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.