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Pág. 169553 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de febrero de 1999 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 017-99-ITINCI Lima, 5 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, del 5 al 7 de febrero de 1999, se llevarán a cabo las reuniones de expertos y de coordinación andina y del 8 al 9 de febrero de 1999, se desarrollará la Segunda Ronda del Grupo de Negociación de Compras del Sector Público en el marco del Area de Libre Comercio de las Américas, ALCA, las mismas que se realizarán en la ciudad de Miami, Estados Unidos de América; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, diri- gir, supervisar y evaluar la política de integración y negocia- ciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la parti- cipación de una representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supre- mos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135- 90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 4 al 10 de febrero de 1999, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de la doctora Sara Rosadio Colán, Asesora del Viceministerio de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, para que en representación del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, asista y participe en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sra. SARA ROSADIO COLAN Pasajes US$ 641.56 Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 1783 Autorizan a empresa para operar casi- no de juego en el distrito de Miraflores, provincia de Lima RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 005-99-MITINCI/VMT Lima, 2 de febrero de 1999 Visto el Expediente Nº 32809-98-MITINCI y los docu- mentos anexos Nos 000868 y 000965 presentados por la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. solicitando au- torización para explotar un Casino de Juego en las instala-ciones del Restaurante Turístico 5 Tenedores "BRUCE RES- TAURANT", ubicado en el Jr. Bolognesi Nºs. 171-181-191 del distrito de Miraflores, departamento y provincia de Lima, el Acuerdo Nº 207-98-CNCJ y el Informe Nº 006-99-MITINCI/ VMT-AJA; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Ley Nº 25836, se aprobó la Ley que norma la autorización y funcionamiento de los Casinos de Juego, y por Decreto Supremo Nº 001-95-ITINCI de fecha 4.ENE.95 su reglamento; Que, el Artículo 19º del citado reglamento señala que la autorización para explotar un casino de juego, será otorgada mediante Resolución Viceministerial previo Informe Final de la Comisión Nacional de Casinos de Juego; Que, la empresa recurrente ha cumplido con los requisi- tos establecidos en los Artículos 15º y 16º del Reglamento de Casinos de Juego, por lo que la Comisión Nacional de Casinos de Juego, mediante Acuerdo Nº 207-98-CNCJ ha recomendado otorgar a la empresa BRUCE GRUPO DI- VERSION S.A. la autorización para la explotación del casino de juego denominado “BRUCE CASINO”, en las instalaciones del Restaurante Turístico 5 Tenedores "Bru- ce Restaurant" ubicado en la dirección antes menciona- da; Estando a lo expuesto por la Comisión Nacional de Casinos de Juego y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25836 y su reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. a operar una casino de juego en las instalaciones del Restaurante Turístico 5 Tenedores "Bru- ce Restaurant", ubicado en el Jr. Bolognesi Nºs. 171-181- 191 del distrito de Miraflores, departamento y provincia de Lima, por un plazo de DOS (2) AÑOS, los cuales serán computados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. Artículo 2º.- La presente autorización no faculta a la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. a iniciar las actividades de su casino de juego sino desde la suscripción del Contrato de Explotación correspondiente, sin perjuicio de obtener la conformidad por parte de la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Casinos de Juego respecto al cum- plimiento de las obligaciones asumidas para la instalación de un casino. Artículo 3º.- La presente autorización caducará automá- ticamente en caso que la empresa BRUCE GRUPO DIVER- SION S.A. no cumpla con presentar la Carta Fianza y la Póliza de Seguro, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22º del Decreto Supremo Nº 001-95-ITINCI. Artículo 4º.- BRUCE GRUPO DIVERSION S.A. queda autorizada a operar en su casino 21 mesas de juego según la descripción siguiente: Juegos Nº de mesas Black Jack 7 Craps 1 Midi Baccarat 1 Póker 5 cartas/Póker Caribeño 4 Pai Gow Póker 2 Póker Americano 1 Ruleta Americana Simple 2 Ruleta Francesa Simple 2 Punto y Banca 1 -------------- Total 21 mesas Artículo 5º.- El plazo máximo que se otorga para que la referida empresa inicie sus operaciones en virtud de la presente resolución, es de seis (6) meses contados a partir de su publicación. Artículo 6º.- Se designa al señor Gregorio Leong Chávez, Presidente de la Comisión Nacional de Casinos de Juego, para que en representación del Viceministerio de Turismo, suscriba con la empresa BRUCE GRUPO DIVERSION, el Contrato de Explotación correspondien- te, en los términos y condiciones consignados en el Pro- yecto que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE MIGUEL GAMARRA Viceministro de Turismo 1642