TEXTO PAGINA: 32
Pág. 170296 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de febrero de 1999 EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Y CON EL VOTO UNANIME DEL PLENO DEL CONCE- JO, APROBO EL SIGUIENTE: EDICTO Artículo Unico.- Modificar el Artículo 2º del Regla- mento Interno de Concejo, del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho aprobado mediante Edicto Nº 003-97-MDSJL, el que queda redactado en la forma siguiente: "Artículo 2º.- El Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho es el órgano máximo de gobierno local que ejerce las funciones y prerrogativas que estable- ce la ley, conforme a la Constitución Política del Estado, Ley Orgánica de Municipalidades y demás disposiciones concordantes y vigentes en materia municipal. El Concejo de San Juan de Lurigancho está integra- do por el Alcalde y 15 regidores, elegidos de acuerdo a ley." POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 2595 EDICTO Nº 003 San Juan de Lurigancho, 15 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JU AN DE LURIGANCHO POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho, visto en sesión extraordinaria de la fecha; En uso de las facultades conferidas por la Ley Orgáni- ca de Municipalidades y con el voto unánime del Pleno del Concejo, aprobó el siguiente: EDICTO Artículo Unico.- Modifíquese el Artículo 47º del Reglamento Interno de Concejo, del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho aprobado mediante Edicto Nº 003-97/MDSJL, el que queda redactado en la forma siguiente: "Artículo 47º.- Las Comisiones Internas de Trabajo Permanentes estarán integradas por cinco (5) regido- res. Ningún regidor podrá presidir más de una Comi- sión." POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 2601MUNICIPALIDAD DE SAN ROMAN - JULIACA Declaran en emergencia a la Municipa- lidad Provincial de San Román ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-99/MPSRJ Juliaca, 1 de enero de 1999 SE DECLARA EN EMERGENCIA A LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SAN ROMAN EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE SAN ROMAN VISTO, la sesión de Concejo Municipal de fecha 1 de enero de 1999, respecto de declarar en emergencia a la Municipalidad Provincial de San Román. CONSIDERANDO: Que, a la fecha merituando el informe formulado por la comisión de transferencia, en la recepción de la gestión municipal de la anterior administración, se concluye que ha existido durante el período de Gobierno Municipal 1996 a 1998, una deficiente utilización de los bienes y recursos públicos de la municipalidad, descono- ciéndose los más elementales niveles de control; Que, los fondos municipales durante dicho período han sido manejados irresponsablemente al extremo de que al haberse verificado las cuentas corrientes de la municipalidad de transferencia del tesoro público no cuenta con fondos, las cuentas corrientes de ingresos propios y otros tienen solamente sumas ínfimas que ni siquiera superan los mil nuevos soles, más aún que no existen pruebas que justifiquen los gastos efectuados; Que, la realidad en que se encuentra y se recibe la municipalidad es muy crítica y con una situación econó- mica deficitaria, en donde es notorio que la prestación de servicios públicos básicos han sido precariamente ejecu- tados, creando un malestar y animadversión de la pobla- ción hacia la municipalidad, al incumplir y adoptar indiferencia al clamor y demanda de la comunidad, aparte de que existen otras irregularidades en las diferentes áreas como la falta total de la documentación administra- tiva, económica y financiera, que han dado lugar al caos actual que impera, por lo que es necesario adoptar acciones correctivas y, a fin de recuperar la imagen que le correspon- de a la Municipalidad Provincial de San Román; Que, es de nuestro interés que la nueva administra- ción edil desarrolle dentro del orden administrativo y económico, una conducta que garantice una gestión transparente y eficiente; Que, en vista de la situación expresada resulta imperativo declarar a la Municipalidad Provincial de San Román en estado de emergencia a fin de adoptar las medidas conducentes a reorientar la política de gestión dentro de los lineamientos de moralidad y modernidad que beneficien a la comunidad, con el debido cumpli- miento de los objetivos trazados y de las funciones previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto unánime de sus miembros; ACUERDA: Primero.- DECLARAR EN EMERGENCIA a la Municipalidad Provincial de San Román por el término de 100 días, a partir de la fecha. Segundo.- FACULTAR al Alcalde para tomar las medidas administrativas y económicas necesarias a efecto de dar cumplimiento al presente acuerdo, con cargo de dar cuenta en sesión de Concejo Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. A. RICARDO CASTILLO CACERES Alcalde 2446