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Pág. 170285 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de febrero de 1999 Que, en el referido artículo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; De acuerdo con el Informe Nº ASIF"C"044-OT/99, y con la opinión favorable del Superintendente Adjunto de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Segu- ros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Bancosur, la prórroga que solicita para concretar la venta de los bienes inmuebles que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga que se otorga, el Banco Bancosur, deberá proceder conforme a lo establecido en el último párrafo del Artículo 215º de la Ley General. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 0114-99 BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 215º DE LA LEY Nº 26702 - LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS) Fecha de Descripción Valor Contable Prórroga Adjudicación al 31.ene.99 de Tenencia 28.feb.98 Inmueble constituido por el S/. 222.167,95 31.ago.1999 lote de terreno Nº 2, manzana Q, de la Habili- tación Vacacional Playa Blanca, ubicado a la altura del kilómetro 96.5 Carretera Panamericana Sur, distrito de Asia, provincia de Cañete - Lima 31.mar.98 Inmueble ubicado en el pueblo S/. 72.920,27 30.set.1999 joven Jesús María, con frente a la calle Ricardo Palma, zona A, lote 4, manzana K, Arequipa 2597 UNIVERSIDADES Instauran proceso administrativo a do- cente de la Universidad Nacional Da- niel Alcides Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION RESOLUCION Nº 0066-99-CU Cerro de Pasco, 24 de febrero de 1999 VISTO: La Resolución Nº 0003-99-CU de fecha enero 14 de 1999, emitida por el Consejo Universitario de la Universi- dad Nacional Daniel Alcides Carrión; y,CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Art. 4º de la Ley Universi- taria Nº 23733, la autonomía inherente a las univer- sidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las leyes de la República e implica el derecho de organi- zar su sistema académico, económico y administrativo; Que, la Resolución Nº 0003-99-CU de fecha enero 14 de 1999, no se ha notificado al docente Víctor Francisco Torres Jiménez, conforme lo señala el Art. 167º del D.S. Nº 005-90-PCM, y ello por razones de carácter presu- puestal; Que, asimismo resulta de necesidad institucional proseguir con las acciones destinadas a dilucidar sobre lo mencionado en el Oficio Nº 552-98-DFCCECCSS, en cuanto se refiere a inasistencias injustificadas a las labores académicas y administrativas del docente Víc- tor Francisco Torres Jiménez; Que, de conformidad al Art. 179º Inc. a) del Estatuto de la UNDAC, son causales de la separación de la docencia, el abandono de sus labores injustificadamente por el tiempo que señala la ley; Que, de conformidad al Art. 167º del D.S. Nº 005-90- PCM, del Reglamento de la Carrera Administrativa, el proceso administrativo disciplinario será instaurado por resolución del titular de la entidad o del funcionario que tenga la autoridad delegada para tal efecto, debien- do notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro del término de (72) horas contados a partir del día siguiente de la expedición de dicha resolución; y, El Sr. Rector, en ejercicio de las atribuciones conferi- das por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto vigente de la UNDAC y estando al Acuerdo del honora- ble Consejo Universitario Ordinario Nº 10-98 de fecha 24 de noviembre de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la fecha de expedición de la Resolución Nº 0003-99-CU de fecha enero 14 de 1999. Artículo Segundo.- Aperturar proceso adminis- trativo contra don Víctor Francisco Torres Jiménez, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; para lo cual, la Comisión de Inspec- ción y Control deberá seguir el curso de ley. Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución de Consejo Universitario en forma personal o a través del Diario Oficial El Peruano si fuese el caso, dentro del término de 72 horas contados a partir del día siguiente de la expedición de la presente resolución para los fines de ley. Artículo Cuarto.- Derivar el expediente a la Comi- sión de Inspección y Control para los fines de ley. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolu- ción a las demás instancias de acuerdo a ley. Regístrese y comuníquese. LUIS B. GUZMAN CABRERA Rector DANIEL E. FLORES VASQUEZ Secretario General 2604 CONASEV Disponen inscribir bonos corporativos de empresa en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCION CONASEV Nº 029-99-EF/94.10 Lima, 23 de febrero de 1999