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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (26/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 170279 NORMAS LEGALES Lima, viernes 26 de febrero de 1999 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha al señor doctor ROBERTO SERVAT PEREIRA DE SOUSA, como Asesor Técnico de la Asesoría Técnica Especializada de la Alta Dirección del Ministerio de Trabajo y Promoción Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JORGE MUFARECH NEMI Ministro de Trabajo y Promoción Social 2700 M T C Disponen asumir competencia sobre diversos asentamientos humanos ubicados en la provincia de Maynas COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y OPERACIONES Nº 003-99-COFOPRI/GPO Lima, 4 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensi- va y rápida un programa de formalización de la propie- dad y su mantenimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 016-99-COFOPRI/GG se amplió el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina Central de COFOPRI a la provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 020-99-COFOPRI/GG se aprobó mediante directiva, la asunción progresiva de competencia para la formaliza- ción de la propiedad de asentamientos humanos en la provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, ante la propuesta de la Gerencia de Planeamien- to y Operaciones, mediante Resolución de Gerencia General Nº 024-99-COFOPRI/GG se creó la Jefatura Especial de Formalización de Asentamientos Humanos y Adjudicación de Predios del ámbito de jurisdicción ampliada de Maynas, departamento de Loreto, la mis- ma que depende jerárquicamente de la Gerencia de Titulación, y se encargará de formalizar la propiedad de los asentamientos humanos en la precitada provincia; Que, el 6 de enero del año en curso ha entrado en vigencia la Ley Nº 27046, Ley Complementaria de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal; Que, en la Segunda Disposición Final de la precitada directiva, se estableció que la Gerencia de Planeamien- to y Operaciones sería la encargada de establecer progresivamente los asentamientos humanos, áreas geográficas y/o distritos sobre los que COFOPRI asumi- rá competencia;Con el visado de la Gerencia de Asesoría Legal, y estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 803, la Ley Nº 27046 y el Decreto Supremo Nº 014-98-MTC; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Asumir, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, conjunta- mente con la Resolución de Gerencia General Nº 020-99- COFOPRI/GG, competencia sobre los asentamientos humanos que a continuación se indican: Francisco Seca- da Vignetta, Jessica Inchaustegui, Las Amazonas, Rosa Panduro Ramírez Heroína de Roca Fuerte, Modelo, Señor de los Milagros, Las Colinas, Sarita Colonia, Nuestra Señora Virgen de Lourdes e Isla Kuwait, ubica- dos en la provincia de Maynas, departamento de Loreto. Regístrese y comuníquese. FERNANDO CANTUARIAS SALAVERRY Gerente de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI 2583 Aprueban normas de asunción progresiva de competencias para la formalización de la propiedad de AA.HH. en la provincia de Maynas COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 020-99-COFOPRI/GG Lima, 21 de enero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, como organismo rector máximo encargado de diseñar y ejecutar de manera integral, comprehensi- va y rápida un Programa de Formalización de la Propie- dad y de su mantenimiento dentro de la formalidad a nivel nacional, centralizando las competencias y toma de decisiones a este respecto; Que, de conformidad con lo previsto en el literal d) del Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 803, COFOPRI asumirá de manera exclusiva y excluyente las competen- cias correspondientes a la formalización de la propiedad hasta el otorgamiento de los títulos de propiedad que deberán ser inscritos en el Registro Predial Urbano; Que, según lo establecido por el Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 803, COFOPRI asumirá dichas competencias a través del citado Programa de Formali- zación de la Propiedad que se pondrá en funcionamiento progresivamente en todo el país, de acuerdo a un crono- grama que establecerá COFOPRI mediante directiva; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-98-PCM se regula la transferencia de propiedad de lotes comercia- les, industriales, artesanales, agroindustriales, u ocupa- dos por mercados públicos ubicados en asentamientos humanos formalizados por COFOPRI; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 059-98-COFOPRI/GG, de fecha 22 de julio de 1998, se autorizó la realización de estudios de diagnóstico en los predios de asentamientos humanos, previamente al ingreso de COFOPRI a las diversas jurisdicciones del territorio nacional; Que, por Resolución de Gerencia General Nº 016-99- COFOPRI/GG de fecha 20 de enero del año en curso, se amplía el ámbito geográfico de jurisdicción de la Oficina