Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 1999 (28/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 28 de febrero de 1999

Que, el Art. 29º del Codigo Tributario, D. Leg. Nº 816, establece en su ultimo parrafo que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Estando a lo expuesto, con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Rentas, Oficina de Administracion; y lo dispuesto en el Art. 47º Inc. 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo para el pago de la primera cuota del Impuesto Predial-Arbitrios 1999, hasta el 19 de marzo de 1999. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas el cumplimiento del presente decreto y a la Oficina de Imagen Institucional la difusion del mismo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2705

no implique aplicar tributos, sanciones o conceder exoneraciones, no previstas implicitamente en la ley; Que, al tratarse de una regularizacion de pago, no nos encontramos frente a alguno de los supuestos del ambito de la aplicacion de la Ordenanza Nº 126, expedida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, motivo por el cual no se requiere ratificacion por parte de la misma; Que, de acuerdo a lo establecido por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal la funcion normativa, la que ejerce a traves, entre otros dispositivos, de ordenanzas, las cuales tiene rango de ley conforme se reconoce en el numeral 4) del Articulo 200º de la Carta Magna y la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 099-99-OAJ-MSS, y a lo dictaminado por la Comision de Economia; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Facultar al MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA para aceptar el canje de deuda tributaria por bienes y/o servicios, de aquellos contribuyentes cuyas deudas por tributos municipales acumuladas al 31 de diciembre de 1998 MORDAZA superiores a cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias - UIT, vigentes al mes de enero del ano 1999; previa evaluacion y calificacion de la Comision Tecnica de Funcionarios que designara para tal efecto. Articulo Segundo.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 2759

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Facultan al MORDAZA aceptar canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios de contribuyentes
ORDENANZA Nº 004-99-O-MSS MORDAZA de MORDAZA, 16 de febrero de 1999 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en sesion de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, a raiz de la recesion economica que viene atravesando nuestro MORDAZA, se han presentado casos de contribuyentes que tienen adeudos con la municipalidad por concepto de tributos municipales y que, a pesar de la buena intencion de querer regularizar su situacion tributaria, no tienen la capacidad economica para hacerlo, solicitando muchos de ellos el canje de deuda con bienes y/o servicios; razon por la cual resulta necesario establecer un procedimiento adecuado para dar tramite a dichos pedidos, el mismo que debera ser implementado a traves de una Comision Tecnica integrada por funcionarios de esta corporacion y designada para tal efecto por el MORDAZA, quienes se encargarian de evaluar y calificar dichas solicitudes, elevando a la Alcaldia los casos que ameriten canje: Que, es politica de la presente Administracion Municipal, brindar a sus contribuyentes facilidades para que puedan cumplir con la actualizacion y regularizacion de sus obligaciones tributarias municipales; Que, el Articulo 32º del Codigo Tributario aprobado por Decreto Legislativo Nº 816 en su ultimo parrafo establece que, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se podra disponer el pago de tributos en especie; los mismos que seran valuados segun el valor de MORDAZA en la fecha en que se efectuen; Que, el dispositivo senalado en el considerando que antecede, puede ser aplicado por analogia a los tributos que administra la municipalidad, dado que esto solo supliria la ausencia de regularizacion de aspectos sustantivos o formales de la MORDAZA tributaria, siempre que ello

Aprueban Directiva que establece tramite de consulta vecinal de la Propuesta Preliminar de Reajuste de Zonificacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 01-99-DASS MORDAZA de MORDAZA, 24 de febrero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 199, publicada en el Diario Oficial El Peruano, se aprueba la Reglamentacion del Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA 1996 - 2010 - PUDSS, el cual constituye el principal instrumento tecnico normativo urbanistico que rige y orienta el desarrollo MORDAZA en el distrito; Que, el Articulo 31º de la Ordenanza Nº 199, establece que la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA debera expedir Decreto de Alcaldia aprobando la Directiva sobre el tramite administrativo de consulta vecinal de la Propuesta Preliminar de Reajuste de Zonificacion; Que, la Oficina de Asesoria Juridica, con Informe Nº 097-99-OAJ-MSS, de fecha 23 de febrero del ano en curso, presenta a la Direccion Municipal el proyecto de

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